Derechos reales: qué son, tipos y ejemplos

Algunos de los derechos más comunes que ostentan las personas son derechos reales, como el derecho de propiedad. Pero, ¿en qué consisten los derechos reales? Te damos toda la información que necesitas en este artículo.

¿Qué es un derecho real?

Un derecho real es un derecho patrimonial por el que el dueño de un bien puede disponer y disfrutar de él sin limitación alguna, al margen de lo que la ley establezca en cada caso. Esto implica obtener las ventajas económicas que suponga ostentar dicho derecho real.

Los derechos reales suponen que ninguna otra persona puede usar ni disfrutar ese bien. Se encuentran regulados en el Código Civil, y tienen las siguientes características:

  • Son derechos de carácter inmediato y directo. El titular de un derecho real no necesita de ningún intermediario para hacerlo valer.
  • Pueden imponerse frente a todos, por lo que son derechos absolutos y excluyentes.

El derecho de propiedad es un derecho real muy evidente, ya que permite al dueño de un inmueble utilizarlo, disponer de él y disfrutar de las rentas que le genere.

Diferencia entre derecho real y derecho personal

Los derechos reales y los derechos personales se diferencian en que mientras los derechos reales dan un poder a su titular sobre una cosa, los derechos personales otorgan la facultad de exigir un comportamiento determinado a otra persona.

Un ejemplo de derecho personal es el derecho de arrendamiento, por el que el arrendatario puede exigir del arrendador el pago del precio acordado por el alquiler de una vivienda.

Tipos y clasificación de los derechos reales

Por un lado los derechos reales se pueden clasificar según la naturaleza del bien al que hacen referencia. Así, encontramos los siguientes tipos:

  • Derechos reales sobre bienes tangibles: otorgan un poder sobre un bien corpóreo que pueden percibir los sentidos de manera inmediata, como un vehículo.
  • Derechos reales de propiedad intelectual: recaen sobre bienes intangibles, como por ejemplo una partitura para crear una canción.  

Otra posible distinción de los derechos reales es la que los agrupa de la siguiente forma:

Derechos reales de garantía

Son derechos reales de garantía los que otorgan poder sobre un bien ajeno, en concepto de garantía de una obligación. Así pues, su titular puede solicitar su venta pública para cobrar la deuda que se garantiza con ese bien.

Los derechos reales de garantía pueden ser a su vez de tres tipos:

  • Hipoteca: el bien que sirve de garantía es un bien inmueble, que sigue a disposición del deudor en tanto este no incumpla con sus obligaciones. Requiere su inscripción en el Registro de la Propiedad.
  • Prenda: se entrega como garantía un bien mueble al acreedor hasta que el deudor paga su deuda completamente.
  • Anticresis: funciona de forma similar a la prenda, pero recae sobre un bien mueble. El acreedor tiene el derecho de percibir los frutos que genere dicho bien, que se computarán en la deuda (en primer lugar para pagar los intereses y a continuación el capital de la deuda).

Derechos de adquisición preferente

Los derechos de adquisición preferente son aquellos por los que una persona puede adquirir un determinado bien de forma preferente respecto a otras personas.

Los tipos de derechos de adquisición preferente son:

  • Opción: una de las partes tiene la facultad de decidir si celebrar o no un contrato de compraventa sobre un determinado bien. Este poder se tendrá que ejercer en un cierto plazo de tiempo y con unas condiciones previamente establecidas.
  • Tanteo: es la facultad de una persona de adquirir el bien de forma preferente, pero siempre por el precio que estaría dispuesto a pagar por ella un tercero.
  • Retracto: otorga el derecho a quedarse una cosa por el mismo precio por el que se ha vendido a un tercero.

Derechos de goce y disfrute

Los derechos de goce y disfrute son aquellos que permiten a una persona utilizar una cosa de la que no tiene la propiedad. Es el caso del usufructo o la servidumbre, por ejemplo.

Derechos reales de protección provisional y de protección definitiva

Los derechos de protección provisional se refieren a la tenencia de un bien y de aquellos derechos y obligaciones que el mismo conlleva, por lo que se concretan en la posesión. La protección definitiva está relacionada con el dominio o propiedad sobre una cosa.

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.