Revisión del gas y caldera: quién la hace, cuándo se pasa y precios

Cuando se tiene una instalación de gas o una caldera de gas, es necesario someter estos elementos a inspección cada cierto tiempo.

A través de estos trámites se comprueba su buen funcionamiento, que es indispensable para acreditar su seguridad. Por ello, en este artículo vamos a dar todos los detalles sobre la revisión del gas y la revisión de la caldera.

Diferencias entre revisión del gas y la revisión de la caldera

La revisión del gas y la revisión de la caldera son dos trámites diferentes. Ambos son obligatorios, pero hablamos de dos inspecciones sobre elementos distintos. Vamos a ver todo lo relacionado con una y otra inspección.

Revisión del gas: ¿Qué es y en qué consiste?

La revisión del gas es una inspección periódica y obligatoria que sirve para acreditar que todos los elementos de la instalación del gas son seguros, y que está en condiciones adecuadas para funcionar correctamente.

¿Qué pasa si no hago la revisión del gas?

No cumplir con esta obligación puede tener dos consecuencias:

  • Las Comunidades Autónomas, a través del órgano competente para ello, pueden cortar el suministro de gas.
  • Se puede recibir una sanción económica que en los casos más graves puede alcanzar los 60.000 euros.

¿Cada cuánto tiempo se pasa la revisión del gas?

Es necesario revisar el gas cada cinco años, según lo establecido en el Real Decreto 984/2015. No obstante, hay casos en los que la inspección se debe realizar también, con independencia de que haya pasado ese tiempo o no:

  • Una vez que se realiza la acometida del gas natural, para acreditar que la instalación se ha completado de forma correcta y segura.
  • Cuando se modifica de algún modo la instalación del gas.

¿Quién se encarga de hacer la revisión del gas?

La persona que realice la inspección periódica del gas tiene que ser un técnico autorizado, con un carné que demuestre su acreditación.

En concreto podrá realizar la revisión del gas: personal de la comercializadora, una empresa o profesional autorizado que elija el cliente, o un técnico de la distribuidora (en este último caso, si ha vencido el plazo de inspección y no se ha recibido notificación alguna sobre la realización de la inspección).

¿Quién paga la revisión obligatoria del gas?

Es el titular del contrato quien tiene que asumir el pago de la inspección del gas. Es decir, la persona a nombre de la cual esté dicho contrato, con independencia de que por ejemplo sea el propietario de una vivienda o un inquilino que vive en ella.

¿Cuánto cuesta pasar la revisión del gas?

  • De forma general el precio de la revisión oscila entre 31 y 43 euros, con el IVA incluido, en el caso de tener gas natural.
  • Los consumidores de GLP tendrán que pagar entre 31 y 78 euros.

Hay que añadir también los gastos de gestión, que son de 15,49 euros en todas las revisiones.

Pero, ¿de qué depende el precio de la inspección? Su cuantía irá en función de distintos aspectos:

  • Si la hace la propia distribuidora o se contrata a una compañía autorizada.
  • En qué Comunidad Autónoma se hace.
  • Si hay que inspeccionar una instalación individual de gas, o la instalación que conecta una red general de gas natural con una vivienda.
  • Si se tiene un servicio de mantenimiento que asuma el pago de la revisión.

¿Cómo se paga la revisión del gas?

El pago de la inspección se hace en la siguiente factura del gas. El cliente no tiene la obligación de abonarla antes, en ningún caso.

¿Qué es el certificado de inspección periódica del gas?

Se trata de un documento a través del cual se acredita que la revisión se ha realizado de forma exitosa. En este certificado aparecen los siguientes datos:

  • Se describen todos los aparatos que están conectados a la instalación.
  • Contiene un croquis con todos los detalles de la instalación.
  • Se confirma que todos los elementos han superado la revisión realizada.

Como es lógico, este certificado se emite solo cuando la inspección concluye correctamente. En aquellos casos en los que el cliente no estaba en casa, el resultado es «ausente». Y si la revisión no es favorable, se indican cuáles son las deficiencias que se han encontrado, para subsanarlas.

Revisión de la caldera: ¿Qué es y en qué consiste?

A través de la revisión de la caldera se acredita que esta funciona correctamente, y además sirve para aumentar su tiempo de vida útil. Gracias a esta comprobación se asegura la durabilidad, eficiencia energética y seguridad del equipo.

¿Quién se encarga de pasar la revisión de la caldera?

Es importante remarcar que somos libres de elegir quién hace la revisión de la caldera. Para hacer la revisión obligatoria de la caldera se puede recurrir a:

  • El propio servicio técnico oficial de la marca de la caldera.
  • Una compañía autorizada.
  • El servicio de mantenimiento de la caldera.

Tanto las compañías comercializadoras como los fabricantes de calderas ofrecen servicios de mantenimiento que llevan incluida su revisión. Pero en caso de no contar con ello, se puede contratar una revisión a través de un profesional independiente.

¿Cada cuánto se pasa la revisión de la caldera?

En principio la revisión de la caldera se realiza cada dos años, pero según el tipo de instalación este plazo puede variar:

  • Calderas de hasta 70 W: cada dos años.
  • Calderas ubicadas en el País Vasco: cada año.
  • Calderas de más de 70 kW: cada año.
  • Calderas comunitarias: cada mes.
  • Cuando el usuario dispone de un calentador de hasta 11 litros: cada cinco años.

Es el propio dueño de la caldera quien tiene que pedir su revisión, y asegurarse de cumplir el plazo obligatorio para realizar este trámite.

¿Cuánto cuesta pasar la revisión de la caldera?

El precio de la revisión de la caldera irá en función de quién la realice (servicio técnico de la marca, empresa autorizada o servicio de mantenimiento de la comercializadora). No obstante, el precio aproximado de la revisión está en torno a los 100 euros.

Este coste lo paga el propietario de la caldera en la siguiente factura del gas, y no se le puede exigir que realice el abono antes.

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.