Hay ocasiones en los que un trabajador necesita cogerse un día libre en el trabajo por causas personales. Y precisamente para estos casos están pensados los días de asuntos propios, que no hay que confundir con los días moscosos de los funcionarios, que tienen el mismo fin pero distinta regulación.
A continuación te explicaremos en qué consisten los días de asuntos propios, y en qué caso se puede disfrutar de ellos.
¿Qué son los días de asuntos propios?
Los días de asuntos propios son aquellos en los que un trabajador puede no acudir a su puesto de trabajo por razones personales, sin que constituya una falta injustificada.
¿Tienen todos los trabajadores derecho a días de asuntos propios?
Los trabajadores no tienen un derecho a días de asuntos propios en general, en contra de lo que muchas personas piensan. Tan solo se puede disfrutar de los días de asuntos propios cuando estos son contemplados en el convenio colectivo aplicable al sector o en el contrato laboral, o bien si se ha pactado así con la empresa.
¿Cómo sé si tengo días de asuntos propios?
En primer lugar habría que consultar el convenio colectivo. Quizás en este no se recojan expresamente como días de asuntos propios, pero hay que mirar detalladamente si se tiene derecho a faltar al trabajo por motivos personales, sin tener que explicar el motivo.
Si el convenio colectivo no dice nada al respecto, el siguiente paso es buscar en el contrato de empleo. Este podría contener alguna cláusula que refleje el derecho a coger días de asuntos propios.
Y si en el contrato tampoco pone nada en relación a este tema, la única posibilidad que queda es informarse acerca de si en la empresa hay algún tipo de instrucción al respecto. Es decir, si el empresario ha indicado en algún momento y de alguna forma a sus trabajadores la posibilidad de coger días de asuntos propios.
¿Hay que justificar por qué se coge un día de asuntos propios?
En principio no hay que justificar las razones por las que se cogen días de asuntos propios. La única excepción a esta regla se daría si el convenio colectivo, el contrato de trabajo o el acuerdo al que se ha llegado con la empresa establece expresamente que el trabajador tiene que explicar por qué va a tomarse esos días de asuntos propios.
¿Me pueden rechazar la solicitud de pedir un día de asuntos propios?
Esto irá en función de lo que establezca el convenio, el contrato o el acuerdo con la empresa. Lo más habitual es que los días de asuntos propios tengan que ser aprobados por la empresa, aun teniendo derecho a ellos, y también suele haber una serie de limitaciones.
Dichos límites pueden referirse por ejemplo a que no se pueda coger un día de asuntos propios en la mitad de un puente, o a cuántos trabajadores pueden solicitar estos días al mismo tiempo.
¿Qué ocurre si cojo días de asuntos propios sin que la empresa lo haya aprobado?
En el caso de que la empresa deniegue un día de asuntos propios a un trabajador y este lo coja igualmente, podrá sufrir un despido disciplinario, ya que se trataría de una falta injustificada.
Ahora bien, si el trabajador considera que la empresa le ha denegado el permiso sin justificación para ello, podrá demandarla.
¿Me quitan salario si me cojo días de asuntos propios?
De manera general, los asuntos de días propios no son considerados tiempo efectivo de trabajo, de modo que la empresa no tiene que pagarlos. Y por lo tanto, sí puede descontar el salario de ese día al del mes.
No obstante, puede darse el caso de que en el convenio colectivo, el contrato laboral o el pacto con la empresa esté recogido que los días de asuntos propios deben ser remunerados. O también puede ocurrir que se establezcan como tiempo efectivo de trabajo. En estos casos, no se podrá descontar el salario correspondiente a los asuntos de días propios al trabajador.
Cómo se solicitan los días de asuntos propios
El trabajador tiene que avisar a la empresa de que desea tomarse un día o unos días de asuntos propios siguiendo lo que establezca el convenio colectivo, el contrato o el acuerdo con la empresa.
En aquellos casos en los que no se diga nada sobre este tema, es importante que el trabajador avise a la empresa por escrito, y que espere a que esta dé respuesta, para asegurarse de que no se le va a tribuir una falta injustificada.
También es importante avisar lo antes posible, ya que cuantos menos días falten, menor margen tendrá la empresa para organizarse, por lo que habrá más posibilidades de que se denieguen los días de asuntos propios.