Tipos de contrato: características, duración y peculiaridades de cada uno

Hoy en día, existen diferentes tipos de contratos de trabajo al igual que hay varios tipos de jornadas laborales. Según el que nos ofrezcan, tendremos unos derechos, una duración y unas características. En el presente artículo vamos a conocer todos estos aspectos sobre cada uno de los contratos.

¿Qué es un contrato laboral?

Un contrato laboral es un documento que demuestra la relación laboral que hay entre una empresa y un trabajador. En el contenido de este documento, se especifican las condiciones laborales que tendrá el trabajador en dicha empresa. Un contrato puede ser de jornada completa o parcial.

Contrato de jornada completa

El contrato de jornada completa es un contrato laboral que establece la jornada máxima de trabajo que puede llevar a cabo un trabajador, en base al convenio colectivo aplicable.

Normalmente, el máximo son 40 horas. Si se realizan horas adicionales, se llamarán horas extras y normalmente se cobran diferente (pero este detalle depende del convenio colectivo de trabajo). Al año, se pueden hacer 80 horas extras, como máximo.

Contrato de jornada parcial

El contrato de jornada parcial es un contrato laboral que establece menos horas que el de jornada completa, pueden ser contratos de 20, 30 horas, etc.

En estos contratos, también pueden realizarse horas adicionales, pero en vez de llamarse horas extras, se llaman horas complementarias. Éstas no pueden superar el 30% de la jornada que tiene establecida el trabajador en su contrato.

Contratos de trabajo indefinido

El contrato de trabajo indefinido se caracteriza por no tener un límite en el período de duración y, por tanto, supone una mayor estabilidad para el trabajador. Pueden realizarse tanto a tiempo parcial como a jornada completa.

Sin embargo, no podemos olvidar que la empresa puede finalizar el contrato cuando quiera, pero siempre pagando una indemnización al trabajador que despide.

Otra posibilidad es que el trabajador decida que quiere finalizar su relación laboral con la empresa voluntariamente lo que pasaría a ser una baja voluntaria o dimisión. En este caso, el trabajador tendrá que comunicarlo a la empresa por escrito y en un período de quince días o un mes, dependiendo de su categoría.

Este tipo de contrato también implica ciertas ventajas para la empresa, como las ayudas económicas si contratan a ciertos grupos de profesionales, con la finalidad de incentivar su acceso al trabajo como por ejemplo: jóvenes, mayores de 50 años, personas en riesgo de exclusión social, programas impulsados por el estado, etc.

Contratos de trabajo temporal

El contrato de trabajo temporal es el más común en periodos festivos, sobre todo en el sector turístico y hostelero (el 39% de los trabajadores en este sector tienen un contrato temporal), sobre todo, destacan los contratos para personas que trabajen en sala, cocina o recepción.  También destacan este tipo de contratos en las Empresas de Trabajo Temporal (ETT).

El contrato de trabajo temporal tienen una fecha de finalización definida en el tiempo. Dicha fecha tiene que aparecer en el contrato. Hay tres tipos de contratos dentro de éste:

  • Contratos por obra o servicios: tienen una fecha de finalización, puesto que es para realizar una actividad concreta, pero son de duración incierta porque se puede prorrogar (aunque no más de tres años). Una vez finaliza este contrato, el trabajador tiene derecho a recibir doce días de retribución por año trabajado.
  • Contratos eventuales: es un tipo de contrato al que se suele acudir cuando una empresa tiene demasiado trabajo, es decir, que se utilizan cuando existe una necesidad de personal puntual debido a unas circunstancias determinadas e imprevistas. En este caso, el contrato no puede durar más de seis meses. En cuanto este contrato finaliza, el trabajador tiene doce días de retribución por año trabajado.
  • Contrato de interinidad o relevo (también conocido como contrato de substitución de un puesto de trabajo): este tipo de contrato durará el mismo tiempo que el periodo de ausencia del trabajador que hay que cubrir por diferentes motivos (maternidad, jubilación parcial, vacaciones, etc.).

También hay que saber, que existen diferentes motivos por los cuáles un contrato temporal pasa a ser indefinido.

Contrato de formación y aprendizaje

Los contratos de formación y aprendizaje son contratos destinados a fomentar la inserción laboral de las personas más jóvenes. Alternan trabajo y formación, dentro de su puesto de trabajo.

Solo pueden tener este tipo de contrato personas que tengan entre 16 y 30 años, y tiene que durar entre 1 y 3 años. El salario lo interpondrá el convenio, pero nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional.

Este contrato tiene un beneficio especial para las empresas que los utilicen: podrán obtener una reducción en su cuota empresarial, bonificaciones para la formación de los trabajadores y, en caso de convertir el contrato temporal en un contrato indefinido, se bonificará con 1.500 o 1.800 euros.

Contrato en prácticas

Los contratos de prácticas sirven para que el contratado ponga en práctica los conocimientos obtenidos, según su nivel de estudios. Además, con este contrato, consigue obtener algo de experiencia laboral. Como mínimo, tiene que ser de seis meses, pero nunca superior a dos años. El salario nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional.

Es posible que antes de este trabajo, nos ofrezcan hacer periodos de prueba en la empresa, pero siempre dependerán de la titulación del trabajador. Por ejemplo, si vamos a hacer las prácticas para un grado medio, el periodo de prueba será de un mes; si son para un grado superior, el periodo de prueba será de dos meses.

Este tipo de contrato plantean una serie de requisitos:

  • El trabajador tiene que tener el título universitario, el de formación profesional o un título que sea reconocido de manera oficial y que le habilite para el ejercicio profesional.
  • No pueden pasar cinco años desde que se obtuvo el título.

Contrato fijo-discontinuo

El contrato fijo-discontinuo es un contrato indefinido que se acuerda para realizar trabajos de forma discontinua. Dicho de otra manera, es imprevisible determinar la fecha de realización de los trabajos, sino que dependerá de la situación de la empresa. El salario lo establece el convenio colectivo.

Rubén Angulo

Redactor y creador de DudasLegislativas, especializado en temas civiles, laborales, ayudas públicas, derecho penal y trámites administrativos. Además, escribo sobre oposiciones, temarios, convocatorias y bolsas públicas.