Poder general para pleitos: qué es, tipos y cuánto dura

El poder general para pleitos faculta a un procurador para actuar en los Juzgados en nombre de su representado. Si quieres conocer los principales aspectos del poder general para pleitos, aquí encontrarás la información que necesitas.

¿Qué es el poder general para pleitos?

Un poder general para pleitos es un documento a través del cual una persona que tiene la titularidad de un bien jurídico, da poderes a un procurador para representarle y actuar en su nombre en los Juzgados. Se puede otorgar en formato físico o electrónico.

El poder general para pleitos se otorga:

  • A través de una escritura pública otorgada ante Notario.
  • Apud acta; esto es, compareciendo ante Juzgado.

¿Qué facultades ofrece este poder?

El poder general para pleitos da al procurador la facultad de llevar a cabo todas las acciones que pueden requerir los procedimientos judiciales (presentar o contestar a una demanda, interponer un recurso, etc.), en nombre de la persona a la que representa.

Por ello, el poder se le debe entregar al procurador al que se le da representación. Cuando se interpone una demanda, en el encabezado de la misma se tiene que nombrar al procurador al que se ha apoderado, y se debe aportar junto a la demanda el poder que se ha dado a dicho procurador.

¿Qué necesito para pedir un poder general para pleitos?

Para conseguir un poder general para pleitos es necesario presentar el documento acreditativo de la identidad con el que se cuente (DNI, NIE o pasaporte), y aportar el nombre del procurador a favor del cual se otorga el poder.

En caso de actuar en nombre de una tercera persona, también habrá que presentar aquellos documentos que acrediten que se está facultado para otorgar un poder en nombre de esa otra persona (por ejemplo, si se quiere poner una demanda en nombre de un hijo menor de edad, habrá que presentar el libro de familia y certificado de nacimiento).

Tipos de poder general para pleitos

Existen los siguientes tipos de poder general para pleitos:

  • Poder notarial: es el más habitual, y lo otorga el Notario, que es quien le da validez. Conseguir un poder notarial tiene un coste de unos 45 euros. En países extranjeros, se puede conseguir en la embajada de España en el país del que se trate.
  • Poder apud acta: en este caso el poder se obtiene de forma gratuita, dirigiéndose al Juzgado para que el funcionario correspondiente emita el poder. También se puede conseguir mediante vía online.

¿Cuánto dura el poder que se otorga para los pleitos?

Depende del tipo de poder:

  • El poder notarial tiene una duración indefinida, por lo que el procurador podrá representar a la persona que otorga el poder mientras esta no lo revoque en Notaría.
  • El poder apud acta tan solo es válido para el pleito para el que se ha solicitado, por lo que no tendrá validez en el futuro.
  • Los poderes electrónicos pueden tener la validez que se ponga en el mismo, aunque lo más habitual es que se les dé una duración de diez años.
María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.