La situación económica de una persona puede llegar a ser tan delicada que no le permita hacer frente a sus obligaciones de pago. Esto suele generar dudas sobre qué ocurrió con sus bienes personales en caso de insolvencia. Este artículo pretende dar luz a estas cuestiones y proporcionar respuestas basadas en el marco legal español.
Antes de avanzar, es fundamental entender qué implica la insolvencia. Es una condición financiera en la que la persona (natural o jurídica) no puede cumplir con sus obligaciones, debido a que sus pasivos financieros son superiores a sus activos. Entonces, ¿qué ocurre con los bienes de un insolvente? ¿Pueden ser embargados? Vamos a explorar estos aspectos.
Proceso de embargo por insolvencia
El proceso de embargo es una acción legal que se lleva a cabo cuando un deudor se declara insolvente y no puede saldar sus deudas. No obstante, este proceso tiene ciertas particularidades que vale la pena conocer.
Inicio del proceso de embargo
El embargo de bienes se inicia tras una demanda del acreedor y la correspondiente sentencia judicial que confirma la insolvencia del deudor. La figura del embargo surge como la última opción para los acreedores de recuperar el dinero adeudado.
Orden de embargo de bienes
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil española, los bienes susceptibles de embargo deben seguir un orden determinado: primero el dinero o depósitos bancarios, luego bienes muebles y por último, bienes inmuebles. Sin embargo, hay ciertos límites que protegen al deudor, como el caso del salario, que solo puede ser embargado en un porcentaje según el Salario Mínimo Interprofesional.
Inembargabilidad de ciertos bienes
Es importante destacar que la Ley protege ciertos bienes de primera necesidad considerándolos inembargables, como el mobiliario y menaje de la casa, los alimentos, ropa, entre otros. Adicionalmente, el trabajador autónomo cuenta con la protección sobre los bienes e instrumentos necesarios para el desempeño de su actividad.
Protección de la vivienda habitual
En algunos casos, la vivienda habitual puede estar exenta de ser embargada, siempre y cuando no exista otro bien con el que hacer frente a la deuda o si la hipoteca de dicho inmueble es la causa de la deuda.
Preguntas frecuentes
Algunas dudas y preguntas frecuentes resueltas:
¿Puede embargarse mi salario si soy insolvente?
Sí, pero existe un mínimo inembargable que se corresponde con el Salario Mínimo Interprofesional. Por encima de esta cantidad, el embargo será progresivo.
¿Qué ocurre con mi vivienda si soy insolvente?
Dependerá del tipo de deuda y la legislación vigente. En principio, la vivienda puede ser embargada, pero en ciertos casos podría considerarse inembargable.
¿Qué bienes son considerados inembargables?
Entre los bienes inembargables se encuentran el mobiliario y menaje de la casa, alimentos, ropa y los bienes necesarios para el ejercicio del trabajo del autónomo.
¿Puede embargarse el dinero de una herencia?
Si la herencia ha sido aceptada, pasa a formar parte del patrimonio del heredero y, por tanto, podría ser embargada siempre y cuando no se trate de un bien inembargable.
Cabe señalar que, ante una situación de insolvencia, es recomendable buscar asesoramiento legal para conocer las mejores opciones y derechos como deudor.