En la sociedad actual, es común cuestionar las normas y tradiciones establecidas, buscando equidad e igualdad en todos los aspectos de la vida, incluyendo el ámbito legal. Entre estas cuestiones nos encontramos con interrogantes que afectan de lleno a nuestra identidad, tal es el caso de la elección del apellido en España. Tradicionalmente, los hijos llevan como primer apellido el del padre y luego el de la madre. Sin embargo, ¿es posible romper con esta norma? ¿Se puede escoger llevar el apellido de la abuela?
El núcleo de este debate se encuentra en el vínculo que poseemos con nuestras raíces y en la representatividad de la mujer en la genealogía familiar. En este artículo, profundizaremos sobre la cuestión: ¿Se puede poner el apellido de la abuela? Conoceremos la legislación española al respecto, así como el procedimiento para solicitar un cambio de apellido.
Legislación española sobre el apellido materno
La normativa española ha experimentado cambios significativos en cuanto a la elección del apellido. De acuerdo al artículo 109 del Código Civil español, los padres pueden acordar el orden de los apellidos de sus hijos al inscribirlos en el Registro Civil, pudiendo optar por colocar primero ya sea el del padre o el de la madre.
Evolución de la norma
Antiguamente, el orden de los apellidos estaba regido por una normativa patriarcal, quedando siempre en primer lugar el apellido del padre. No obstante, este escenario cambió a partir del año 1999, cuando la Ley permitió modificar el orden de los apellidos, siempre y cuando ambos padres estuviesen de acuerdo.
Cambio de apellido hacia el materno
En cuanto a la pregunta central ¿Se puede poner el apellido de la abuela?, la respuesta es sí, pero con ciertas condiciones. Primero, se debe considerar que para que un niño pueda llevar como primer apellido el de su abuela materna, éste debería ser el primer apellido de la madre.
Proceso de cambio de apellido
El proceso de cambio de apellido es un procedimiento legal que requiere de la intervención de un juez y de la justificación de razones de peso que lo ameriten. Los motivos pueden ser variados, desde evitar la extinción de un apellido a cuidar la reputación del niño en caso de que el apellido paterno esté ligado a hechos negativos.
Preguntas frecuentes
Algunas dudas y preguntas frecuentes resueltas:
¿El primer apellido tiene que ser siempre el del padre?
No, el primer apellido no tiene que ser necesariamente el del padre. Desde el año 1999, la ley permite elegir el orden de los apellidos al inscribir a un niño en el Registro Civil.
¿Puedo cambiar mi apellido si ya soy mayor de edad?
Sí, es posible cambiar el apellido siendo mayor de edad, pero se debe seguir un procedimiento legal que incluye la intervención de un juez y la justificación de razones de peso.
¿Se puede llevar solo el apellido de la madre?
La ley establece que todo individuo debe llevar al menos dos apellidos para evitar la homonimia. Por lo tanto, no se puede llevar sólo el apellido de la madre.
¿El cambio de apellidos afectará mi identidad legal?
Sí, el cambio de apellidos modifica tu identidad legal y afecta documentos como tu DNI, pasaporte, títulos, entre otros, los cuales deberán ser actualizados.
¿Los hermanos deben llevar los mismos apellidos?
No existe una ley que obligue a los hermanos a llevar los mismos apellidos. Es posible que cada hijo lleve diferentes apellidos, siempre y cuando estén de acuerdo los padres en el Registro Civil.
Recordemos que mantenerse informado y conocer nuestros derechos es fundamental para tomar decisiones adecuadas y ajustadas a nuestras necesidades individuales. Ante cualquier duda, no dudes en consultar a un profesional en derecho.