Calculadora de días hábiles y naturales: cuenta los días entre dos fechas y cuándo vence un plazo
Calcula gratis cuántos días hábiles, naturales o laborables hay entre dos fechas, o en qué día vence un plazo de tantos días, meses o años desde una notificación. Aplica las reglas de la Ley 39/2015 para la Administración, las de la Ley de Enjuiciamiento Civil para los juzgados y las del Código Civil para los plazos entre particulares, con el calendario oficial de días inhábiles que publica el BOE, nacional y de cada comunidad autónoma.
Calcula tu plazo en días hábiles
Qué calcula esta herramienta
Dos cosas, que son las dos preguntas que trae un plazo:
- Cuándo vence un plazo. Pones la fecha de la notificación, el plazo que te han dado (10 días hábiles, 15 días naturales, un mes, dos años) y ante quién es, y te dice el último día para presentar el escrito, con la cuenta paso a paso y la lista de los días que no han contado.
- Cuántos días hay entre dos fechas. Te da las tres cuentas a la vez: días naturales, días hábiles y días laborables, y cuántos fines de semana y festivos hay en medio.
Los festivos salen del calendario oficial de días inhábiles de la Administración General del Estado, con los de tu comunidad autónoma si la eliges. Los de tu municipio no están en ningún calendario estatal: los añades tú en el campo de festivos locales.
Días hábiles, naturales y laborables: la diferencia
| Tipo de día | Qué cuenta | Qué no cuenta | Dónde se usa |
|---|---|---|---|
| Naturales | Todos los del calendario | Nada | Plazos que una ley fija en naturales, contratos entre particulares, alquileres |
| Hábiles (Administración) | De lunes a viernes | Sábados, domingos y festivos | Recursos, alegaciones, subsanaciones, cualquier trámite con la Administración |
| Hábiles (juzgados) | De lunes a viernes | Sábados, domingos, festivos, todo agosto y del 24 de diciembre al 6 de enero | Demandas, recursos y escritos ante un juzgado |
| Laborables | De lunes a sábado | Domingos y festivos | Convenios, empresas y comercios que abren los sábados |
La palabra que más confusión crea es laborable: no está en la Ley 39/2015 ni en la de Enjuiciamiento Civil, que solo hablan de días hábiles y naturales. Viene del ámbito laboral, donde el sábado es día de trabajo en muchos convenios. Tienes la explicación completa, con la norma de cada caso, en días naturales, días hábiles, inhábiles y laborables.
Cómo se cuenta un plazo, en cuatro reglas
- Empieza el día siguiente. El día de la notificación o de la publicación nunca cuenta (artículo 30.3 de la Ley 39/2015 y 133.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
- Si es por días, se saltan los inhábiles. Salvo que la notificación diga expresamente que son naturales, los días son hábiles (artículo 30.2).
- Si es por meses o años, va de fecha a fecha. Vence el mismo día del mes o del año de vencimiento, y si ese mes no tiene ese día (un 31 en febrero), el último del mes (artículo 30.4).
- Si el último día cae en inhábil, se pasa al siguiente hábil. Nunca se adelanta (artículo 30.5). En los plazos civiles entre particulares esta regla no existe: el artículo 5 del Código Civil no excluye los inhábiles.
Cómo se aplica cada regla a un caso real, con la notificación en mano, lo tienes en cómputo de plazos administrativos, y los plazos de cada recurso en tipos de recursos administrativos.
Qué festivos aplica la calculadora
Cada año, la Secretaría de Estado de Función Pública publica en el BOE el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado, con los festivos nacionales y los de cada comunidad autónoma. La calculadora lleva cargados los de 2025 y 2026 tal como los publica el BOE. Para años sin calendario publicado aplica solo los fines de semana y las fiestas nacionales fijas (1 y 6 de enero, Viernes Santo, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 8 y 25 de diciembre), y lo avisa en el resultado.
Ojo con los festivos locales: basta con que un día sea inhábil en tu municipio o en el del órgano administrativo para que no cuente (artículo 30.6 de la Ley 39/2015). Las dos fiestas locales de cada municipio no están en el calendario del BOE, así que si alguna cae dentro de tu plazo, añádela en el campo de festivos locales.
Tres ejemplos resueltos
- 10 días hábiles ante la Administración, notificado el viernes 18 de septiembre de 2026. Se empieza a contar el sábado 19 (que no cuenta), el lunes 21 es el día 1 y el viernes 2 de octubre es el día 10. Vence el 2 de octubre de 2026.
- 15 días naturales, notificado el mismo 18 de septiembre. El día 15 es el sábado 3 de octubre, inhábil, así que el plazo se prorroga al lunes 5 de octubre de 2026.
- 5 días hábiles ante un juzgado, notificado el martes 28 de julio de 2026. Los días 29, 30 y 31 son el 1, 2 y 3. Agosto entero es inhábil. El martes 1 de septiembre es el 4 y el miércoles 2 de septiembre el 5. Vence el 2 de septiembre de 2026. Ante la Administración, con agosto contando, habría vencido el 4 de agosto.
Preguntas frecuentes
Las dudas que más se repiten al contar un plazo.
¿El sábado es día hábil?
No, ni ante la Administración (desde el 2 de octubre de 2016, con la Ley 39/2015) ni ante los juzgados. Sí puede ser día laborable según tu convenio, y por eso la calculadora lo cuenta aparte.
¿Se cuenta el día en que me notifican?
No. El plazo empieza siempre el día siguiente a la notificación o publicación, tanto en la vía administrativa como en la judicial.
¿Agosto cuenta para los plazos?
Ante la Administración, sí: es un mes hábil como cualquier otro. Ante un juzgado, no: todos los días de agosto son inhábiles, igual que del 24 de diciembre al 6 de enero, salvo para las actuaciones que la ley declara urgentes.
¿Qué pasa si el plazo vence en domingo o festivo?
Se prorroga al primer día hábil siguiente, sin pedirlo. La calculadora lo hace sola y te enseña el día en que habría vencido y el día real.
¿Un plazo de un mes son 30 días?
No. Los plazos por meses van de fecha a fecha: si te notifican el 15 de marzo, un mes vence el 15 de abril, tenga el mes los días que tenga. Si te notifican el 31 de enero, vence el 28 de febrero, porque ese mes no tiene día 31.
¿Vale para plazos laborales, como los 20 días para impugnar un despido?
Los 20 días para demandar por despido son hábiles y se cuentan ante el Juzgado de lo Social, pero en esa jurisdicción agosto sí es hábil para el despido y otras modalidades urgentes. Para ese caso, elige "Administración" en la calculadora, que cuenta lunes a viernes sin festivos y con agosto, y confirma el plazo con un abogado.
Fuentes
- Artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículos 130 y 133 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sobre días hábiles y cómputo de plazos
- Artículos 182 y 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre los días inhábiles
- Artículo 5 del Código Civil, sobre el cómputo civil de los plazos
- Resolución de 18 de noviembre de 2025, calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado para 2026
- Resolución de 16 de diciembre de 2024, calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado para 2025