Hoja de encargo de un abogado: qué es, qué debe incluir y cuándo es obligatoria

En el momento en que se contrata a un abogado, es importante solicitar que redacte y firme la correspondiente hoja de encargo. A continuación te explicaremos en qué consiste este documento, para qué sirve, si es obligatorio y cuál tiene que ser su contenido.

¿Qué es la hoja de encargo de un abogado?

La hoja de encargo del abogado es el documento a través del cual se plasma el contrato entre este profesional y el cliente, recogiendo las condiciones que regirán la relación entre ambas partes, según lo establecido en el Código Deontológico de la Abogacía Española. Es decir, la hoja de encargo refleja el acuerdo por el que el abogado se compromete a prestar sus servicios, y el cliente a pagar el precio establecido por los mismos, y los términos del mismo.

Es habitual que los clientes acudan a un abogado sin saber cuánto les llevará este por sus servicios. Incluso es posible que el propio abogado no sepa a ciencia cierta cuál puede ser el coste total del proceso, ya que por ejemplo, las negociaciones para un divorcio de mutuo acuerdo se pueden romper en un momento dado, obligando a convertirlo en un divorcio contencioso, que tiene un coste económico mayor.

Pero el abogado sí debe informar al cliente de las acciones que va a realizar en principio y cuál es el coste de las mismas, con independencia de que luego surja una serie de complicaciones que obliguen a variar lo que en principio se había establecido.

Por eso es fundamental solicitar al abogado la hoja de encargo, ya que de este modo, el cliente puede tener la mayor seguridad posible acerca de cómo se desenvolverá el proceso y cuál será su coste, al margen de los imprevistos que puedan surgir durante el mismo. Además, que un abogado dé una hoja de encargo habla muy a favor de su profesionalidad.

¿Es obligatoria la hoja de encargo?

Aunque parece que debiera ser así, lo cierto es que hoy en día no es obligatorio que un abogado entregue una hoja de encargo a un cliente. Y ello a pesar de la seguridad que le da este último, e incluso al propio letrado, el hecho de contar con este documento en su poder.

Precisamente por eso, aunque no sea obligatorio redactar y entregar la hoja de encargo, se recomienda que se haga, ya que de esta manera se refuerza la confianza entre el abogado y el cliente. Tanto es así que el propio Código Deontológico de la Abogacía Española establece el contenido que debe tener este documento en caso de suscribirse.

Así pues, es aconsejable que el cliente solicite la hoja de encargo al abogado. Y a su vez, este último debe facilitársela, con el fin de que la relación entre ambas sea transparente. Además, al recogerse por escrito el acuerdo al que llegan las partes, en caso de que en el futuro se produzca algún conflicto, se puede recurrir a este documento para consultar qué fue lo que se estableció al inicio de la relación entre abogado y cliente.

Además, entregar una hoja de encargo es una forma de cumplir lo dispuesto en el artículo 4.1 del Código Deontológico de la Abogacía Española, que dice así:

La relación con el cliente se fundamenta en la recíproca confianza y exige una conducta profesional íntegra, honrada, leal, veraz y diligente.

Por otra parte, al hablar de la hoja de encargo se tiende a pensar en la seguridad que esta da al cliente, pero lo cierto es que también es un instrumento útil para el letrado. No hay que olvidar que en este documento se reflejarán aspectos fundamentales para el abogado, como el precio que deberá abonar el cliente por sus servicios y en qué momento deberá hacerlo.

¿Qué debe incluir una hoja de encargo de un abogado?

El artículo 15 del Código Deontológico de la Abogacía Española establece que si se suscribe una hoja de encargo, se hará constar en la misma los siguientes datos:

  1. El objeto del encargo. Es decir, para qué se contrata al letrado.
  2. Aquellas actuaciones concretas que se incluyan expresamente, y a las que será de aplicación la hoja de encargo por lo tanto. Es conveniente que se haga referencia también a aquellas que no formen parte del presupuesto, como los recursos y los informes periciales entre otros, si procede.
  3. Los honorarios del abogado y el precio por el trabajo profesional, de manera clara y destacada. Si por las características del asunto se estima que no se puede establecer su cuantía de manera exacta, esto debe constar también. En este último caso, se indicarán las bases para su determinación.
  4. Las cantidades que se requerirán en concepto de suplidos u otras circunstancias, y que no forman parte del precio de los servicios.
  5. En qué momento debe el cliente abonar las cantidades, y qué criterios se aplicarán para la prelación e imputación de los pagos.
  6. Cuáles serán las consecuencias en caso de que el encargo finalice de forma anticipada por renuncia, allanamiento y pérdida sobrevenida del objeto, entre otras causas.
  7. Aquellas otras obligaciones que imponga la legislación vigente, en especial lo establecido en la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
  8. La sumisión a arbitraje si surgen discrepancias, en su caso.
  9. Las condiciones generales de la contratación en todo lo que les sea de aplicación.

Como has podido comprobar, es altamente aconsejable que si tienes que contratar los servicios de un abogado, le pidas que te entregue la hoja de encargo. Esto hará no solo que tú tengas la seguridad de que lo que habéis acordado se deba cumplir, sino que a su vez, evitará que el letrado te acuse de incumplir lo que pactasteis en su día si no estáis de acuerdo sobre los términos que dispusisteis para vuestra relación como letrado y cliente.

Modelo y ejemplos de una hoja de encargo

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.