Son muchos los procedimientos judiciales en los que las partes tienen que acudir al juzgado o tribunal provistas de procurador. Si quieres saber a qué se dedica este profesional, a continuación vamos a explicarte todo lo que necesitas saber.
¿Qué es un procurador?
Un procurador de los tribunales es un licenciado en Derecho que representa a un cliente frente a los Tribunales. Está especializado en Derecho procesal, ya que precisamente sus funciones están encaminadas a conseguir un mejor desempeño del procedimiento judicial.
Su intervención es obligatoria en los procedimientos de orden civil, salvo ciertas excepciones, como la adopción de medidas cautelares urgentes o la reclamación de cuantías inferiores a 2.000 euros.
En los procedimientos penales es necesario contar con un procurador apoderado con poder especial en caso de presentar una querella. Si se trata de una denuncia, se tendrá que ir representado por un procurador si se quiere intervenir como perjudicado en la causa.
Las personas contra las cuales se dirija la querella o la denuncia tendrán que disponer de un procurador si se abre juicio oral.
En los procesos de naturaleza laboral no es necesario acudir con un procurador. Y finalmente en el orden contencioso-administrativo, hay que contar con este profesional siempre y cuando el importe que sea objeto del litigio sea superior a 30.000 euros, o cuando este se desarrolle ante un órgano colegiado (es decir, si forman parte del mismo varios jueces o magistrados).
Diferencia entre procurador y abogado
Ambos profesionales se diferencian por su cometido. Mientras que el procurador es el encargado de representar a su cliente, el abogado es el responsable de su defensa y asesoramiento.
En ningún caso el procurador puede realizar las funciones propias del abogado, ni este puede hacer lo propio con las que son competencia del procurador.
Funciones del procurador
Principalmente el procurador se encarga de representar a su cliente ante los Tribunales, pero desarrolla también otras funciones:
- Publica edictos y anuncios oficiales en periódicos y boletines oficiales, entre otros lugares.
- Tramita oficios, exhortos y mandamientos.
- Gestiona y paga las tasas judiciales, representando a sus clientes, y procede igual en relación a los depósitos que se exigen para admitir los recursos.
- Representa los escritos que crean los abogados.
- Redacta y presenta los escritos necesarios para evitar dilaciones en el proceso.
- Calcula el cómputo de plazos y vencimientos, recordando los mismos a los abogados, al igual que las fechas de las distintas citas procesales y cualquier otro hito relacionado con el procedimiento.
- Recibe las notificaciones de los juzgados dirigidas a sus representados, y se las facilita al letrado.
- Colabora con los órganos jurisdiccionales, y realiza las diligencias de notificación, emplazamiento y citación a la parte contraria de parte del cliente, y por delegación judicial.
- Presenta los escritos y realiza los trámites necesarios para el buen desempeño del proceso judicial en la sede de los juzgados.
¿Cómo trabaja el procurador con el ciudadano?
El procurador necesita un poder notarial o un apoderamiento apud acta para poder representar a su cliente:
Poder notarial
Para conseguir un poder notarial es necesario dirigirse a una notaría y solicitar un poder general para pleitos. Como apuntábamos antes, en el caso de las querellas tendrá que ser un poder especial. Dicho poder es a favor del procurador o procuradores, que irán identificados con sus nombres y apellidos.
El profesional designado debe tener la capacidad de actuar en el juzgado o tribunal en el que el cliente quiera actuar, pero esto es algo de lo que se encarga el letrado. De forma contraria a lo que ocurre con los letrados, los procuradores pueden desempeñar sus funciones dentro de un una zona territorial determinada.
Apud acta
La comparecencia apud acta se realiza ante el juzgado o tribunal que va a conocer del procedimiento. Según la Ley de Enjuiciamiento Civil hay que presentar el documento que acredita que el apoderamiento se ha realizado con el primer escrito judicial.
Esto haría necesario ir al Juzgado Decano para otorgar la representación, sin saber cuál es el juzgado o tribunal en el que se desarrollará el procedimiento.
Pero normalmente lo que se hace es solicitar en el escrito judicial que una vez que se sepa cuál será ese juzgado o tribual, se tenga un día para realizar la representación. De este modo se evita que el apoderamiento se pierda o se demore.
El apoderamiento apud acta tiene la ventaja de que es gratuito, a diferencia del poder notarial, si bien es necesario realizarla dentro del plazo que indique el juzgado para que se admita la demanda o la contestación a la demanda.
Si no se admite la demanda a trámite, esta se puede volver a presentar. Pero si se trata de una contestación a la demanda, se declarará a la parte en rebeldía y no se podrán hacer alegaciones. De ahí la importancia de realizar el apud acta dentro del tiempo legalmente establecido.
En caso de que el asunto sea recurrido, el poder notarial ampliará la representación a esa nueva fase del procedimiento. Pero si se trata de un apoderamiento apud acta, es necesario comparecer de nuevo, ya que este solo vale para la instancia en la que se ha solicitado.
¿A qué está obligado un procurador?
Los procuradores de los tribunales están obligados a:
- Defender los intereses de sus clientes de manera profesional.
- Colaborar con los órganos jurisdiccionales en la administración de justicia.
- Residir dentro de su territorio o demarcación judicial.
- Representar a los litigantes con bajos recursos económicos, en los casos legalmente comtemplados.
- Llevar documentalmente los datos sobre aquellos negocios que se les haya encargado.