Los padres tienen la patria potestad y la responsabilidad de decidir sobre el cuidado y bienestar de sus hijos. Por lo tanto, aunque la ley reconoce el derecho de los abuelos a visitar a sus nietos, si los padres consideran que estas visitas son perjudiciales para los niños, pueden prohibirlas. En algunas situaciones especiales esta decisión la tomará el Juez. A continuación vamos a hablar en profundidad de este tema.
¿Tienen derecho los abuelos a ver a sus nietos?
En la legislación española, el régimen de visitas familiares tiene una gran importancia. En este contexto, la ley y la jurisprudencia reconocen la relevancia de la relación de los abuelos con sus nietos. El artículo 160.2 del Código Civil establece que esta relación no podrá impedirse sin justa causa.
Asimismo, son muchas las resoluciones de los tribunales que reconocen que los abuelos tienen derecho de visitar a sus nietos. Cuando este derecho les es negado, los abuelos pueden interponer una demanda para reclamar que se establezca un régimen de visitas a los menores.
¿Quién define el régimen de las visitas de los abuelos a sus nietos?
- En caso de que padre y madre de los niños convivan, los abuelos les solicitarán directamente el ejercicio de su derecho de visitar a sus nietos. Deberán llegar a un acuerdo en la frecuencia y demás condiciones de estas visitas.
- Si los padres están separados legalmente o divorciados, el régimen de visitas de abuelos se puede incluir en el convenio regulador, conjuntamente con los regímenes de otros familiares.
- Cuando no se consigue acuerdo entre los progenitores y los abuelos, ante la reclamación de los abuelos, será el juez quien decida sobre el asunto. Atenderá a las circunstancias de cada caso, en especial a la edad del menor y a la relación existente previamente entre los niños y sus abuelos. Su decisión atenderá al interés superior de los menores.
¿En qué causas se puede negar que los abuelos vean a sus nietos?
En el ámbito del derecho se utiliza la expresión «justas causas» para referirse a las razones que hacen que se niegue a los abuelos el derecho de visitar a sus nietos.
¿Cuáles son justas causas que pueden justificar la prohibición a los abuelos de visitar a sus nietos? No existe una lista establecida en normas legales por las que los padres y el juez puedan negar el régimen de visitas a los abuelos. En los casos más frecuentes se presentan las siguientes causas:
Riesgo para el bienestar del niño
Cuando la visita de los abuelos representa un riesgo para el bienestar físico, emocional o psicológico del niño el juez puede avalar la negativa a las visitas. Se incluyen en estas causas situaciones de violencia doméstica, abuso, negligencia u otros comportamientos perjudiciales.
Conflictos familiares graves y continuos
En caso de que los conflictos entre padres y abuelos del niño puedan afectarle negativamente, pueden considerarse justas causas para negar las visitas. Puede tratarse de disputas legales prolongadas, de falta de comunicación efectiva o de hostilidad permanente.
Falta de relación previa
Si no existía previamente una relación genuina entre abuelos y nietos debido a distancia geográfica o por cualquier otra razón, el juez puede determinar que no es necesario ni conveniente establecer visitas regulares. Se trata de casos de abuelos casi desconocidos que nada aportan al bienestar de sus nietos.
Otros motivos que atenten contra el bienestar superior de los niños
Las situaciones personales de los abuelos pueden ser causas para negar las visitas. Por ejemplo, una de estas razones es la falta de condiciones físicas, psicológicas o emocionales de los abuelos para atender a sus nietos adecuadamente.
Cada familia es un caso en sí mismo que el juez analizará en detalle, para establecer su decisión de prohibir las visitas de los abuelos a sus nietos.
Cómo demostrar que hay justa causa para denegar las visitas a los abuelos
Las justas causas deben ser probadas por la persona que niega el derecho a los abuelos. No corresponde a los abuelos demostrar que están en condiciones de realizar visitas saludables para sus nietos, sino que las pruebas quedan a cargo de la persona que intenta prohibirlas.
Para demostrar que hay justa causa, los padres o tutores de los menores recolectarán todas las pruebas que permitan demostrar que las visitas de los abuelos son perjudiciales para los niños. Entre las pruebas más comunes encontramos las siguientes:
Informes psicosociales y escolares
Estos informes son elaborados por psicólogos, trabajadores sociales y maestros de los niños. Estarán referidos a los efectos negativos que las visitas de los abuelos provocarían en los niños. Si bien son documentos importantes, el Juez no tiene por qué aceptarlos al pie de la letra.
Vídeos, fotografías, audios de encuentros de abuelos y nietos
Los registros de incidentes y de las reacciones de los niños en las visitas de sus abuelos, pueden servir de pruebas para demostrar que las visitas no producen efectos positivos en los menores.
Opiniones de los niños
Los niños pueden ser escuchados desde los 12 años e incluso desde edades anteriores cuando tienen la madurez suficiente. El Juez y el Ministerio Fiscal pueden conocer cómo se sienten cuando se encuentran con sus abuelos y cómo se vinculan con ellos.
Testimonios de terceros
Los testigos y declaraciones que respalden la preocupación por el bienestar del niño en los encuentros con sus abuelos también son útiles para comprobar justas causas. Pueden ser testimonios de vecinos, maestros, profesionales de la salud, personas que visitan la casa.
La situación de denegar el régimen de visitas a los abuelos tiene dos aristas importantes. Por un lado, están los progenitores que dicen velar por el bienestar de los niños. Por el otro, se encuentran los abuelos, que reclaman su derecho a visitarlos. Tanto unos como otros deben buscar asesoramiento legal de un abogado especializado en derecho de familia. Es fundamental contar con una estrategia legal sólida que permita atender las reclamaciones.