Custodia compartida: guía completa con todo lo que necesitas saber

Cada vez hay más casos de divorcios y separaciones en España. En la gran mayoría de ellos, el problema principal que deriva es la custodia de los hijos. En los últimos años, el Derecho de Familia ha sufrido ciertos cambios: la custodia monoparental solía ser la opción «por defecto» que aplicaba el Tribunal Supremo, sin embargo, esto está cambiando en los últimos años. Ahora, la opción «por defecto» es la custodia compartida.

¿Qué es la custodia compartida?

En general, la custodia es la responsabilidad que se le atribuyen a los padres en la crianza, bienestar y educación de los hijos. Cuando se trata de separaciones o divorcios, la custodia de los hijos puede ser:

  • Custodia monoparental o exclusiva: se le atribuye solo a uno de los progenitores (casi siempre suele ser la madre), mientras que el otro progenitor solo tiene derecho de visitas y de estancia.
  • Custodia compartida: se les atribuye a ambos progenitores, de tal manera que tanto el padre como la madre toman decisiones en igualdad de condiciones sobre el cuidado de los hijos. El régimen de custodia compartida permite que los hijos convivan con ambos progenitores en períodos alternos de convivencia. Que la custodia sea compartida no quiere decir que corresponda a ambas partes el mismo tiempo de ejercicio de la guarda y custodia. A veces, por circunstancias especiales, es posible que el menor pase más tiempo con un progenitor que con otro.

La custodia compartida es la que se aplica de manera general y prioritaria, pero esto no quita que en determinadas circunstancias sea necesario aplicar la custodia monoparental.

Diferencias con la patria potestad

Hay varias diferencias entre custodia y patria potestad, pero la principal es que la patria potestad, se trata de un derecho y deber que tienen los progenitores relacionado con la representación y el cuidado de los hijos, es decir, la alimentación, la ropa, la habitación, la educación, la salud, etc. Por lo general, se atribuye a los padres de un menor no emancipado, pero puede prorrogarse más allá de la mayoría de edad. Y la custodia compartida es la forma de cuidar diariamente al menor.

La patria potestad implica una serie de deberes y obligaciones para los padres como, por ejemplo, la obligación de estar con ellos, cuidarlos, protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral, representarlos legalmente y administrar sus bienes.

Es posible privar a los padres de la patria potestad si incumplen alguna de sus obligaciones, si su conducta pone en peligro su formación o incapacidades, o cuando se les trate con dureza excesiva (castigos físicos, actos crueles o abuso de la autoridad). Sin embargo, se podrá restituir la patria potestad, si acreditan que ya no concurren las circunstancias que motivaron su privación.

Ventajas de la custodia compartida

  • Garantiza que los hijos puedan disfrutar de la presencia de ambos progenitores.
  • Evita ciertos sentimientos negativos en los menores como el miedo al abandono, el sentimiento de lealtad, de culpa, de negación, de suplantación, etc.
  • Fomenta una actitud más abierta de los hijos hacia la separación de los progenitores Esto permite una mayor aceptación del nuevo contexto y evita, además, situaciones de manipulación (consciente o inconsciente) por parte de los padres frente a los hijos.
  • Garantiza que los padres puedan seguir ejerciendo sus derechos y obligaciones inherentes y que participen en la responsabilidad parental de manera igualitaria por lo que a las condiciones se refiere para poder conseguir el desarrollo y crecimiento de sus hijos de la manera más óptima.
  • No se cuestiona la idoneidad de ninguno de los progenitores.
  • Garantiza la equiparación entre ambos progenitores en cuanto a tiempo libre para su vida personal y profesional.
  • Es necesaria la cooperación entre los padres.

Tipos de custodia compartida

Existen diferentes tipos de custodia compartida según el domicilio en el que viven los hijos o según el tiempo que los hijos vayan a permanecer con los progenitores.

Custodia compartida según el domicilio donde van a vivir los hijos

1. Custodia compartida con domicilio fijo de los hijos: este domicilio fijo suele ser la vivienda familiar común. Los hijos se quedan allí siempre y los progenitores pueden usar este domicilio en períodos alternos. Un inconveniente que presenta esta modalidad de custodia compartida es que obliga a tener tres viviendas, cosa que puede resultar bastante caro.

2. Custodia compartida con domicilio rotatorio de los hijos: en esta modalidad, los progenitores tendrán cada uno una vivienda y los hijos serán los que se trasladen de un domicilio al otro, según los períodos en que cada hijo le toque a cada progenitor. Esta es la modalidad más común.

3. Custodia compartida coexistente: es un caso poco común, dado que ambos progenitores viven bajo el mismo techo.

4. Custodia partida o distributiva: es un tipo de custodia muy poco común que se da cuando hay más de un hijo y los padres realizan un «reparto» de los hijos entre los progenitores. No suele ser la opción preferible de un juez, ya que se optará por no separar a los hermanos.

5. Custodia a un tercero: se da cuando ninguno de los progenitores puede acceder a la custodia de los hijos, por ejemplo, en caso de muerte o incapacidad.

Custodia compartida según el tiempo de permanencia

1. Custodia por el mismo tiempo de permanencia: según cada caso y sus circunstancias, se establecerá un periodo de tiempo que el menor pasará con cada progenitor. Normalmente, se suele establecer el mismo periodo de tiempo para cada uno de los progenitores, pero esto, como siempre, dependerá de cada caso y sus circunstancias y condiciones.

2. Custodia por diferente periodo de permanencia: en este caso, uno de los progenitores tendrá más o menos tiempo para quedarse con los hijos. Hay diversas razones por las que suele darse este caso. Una de las más comunes es por motivos de trabajo.

¿Qué es el convenio regulador en la custodia compartida?

El convenio regulador son las medidas que fijan cómo se desarrollará la vida de la pareja cuando deje de serlo. Esto incluye a los niños y el ejercicio de su guardia y custodia. La regulación del convenio regulador la podemos encontrar en el Código Civil, en el artículo 90 exactamente.

Dicho de otra manera, contiene los acuerdos de ambas partes por lo que a los aspectos patrimoniales y personales del matrimonio se refiere. Su objetivo es regular la ruptura y establecer unas condiciones tanto para acabar con el matrimonio como para todos los vínculos que les unen a ambas partes, como el ejercicio de la guarda y custodia o el establecimiento de una pensión a favor de alguna de las partes.

Este documento solo se hace cuando existe un acuerdo entre las partes. En caso contrario, la decisión final la tomará un juez y perdemos el control sobre la decisión final.

¿Cómo funciona la custodia compartida en los divorcios?

Si la pareja en cuestión ha llegado a un acuerdo sobre la custodia de los hijos (bien sea mediante un convenio regulador o un acuerdo que hayan hecho durante el transcurso del procedimiento) y ambas partes están de acuerdo, la custodia compartida será según lo acordado, si el juez considera que es lo adecuado.

Sin embargo, si se trata de un divorcio contencioso, es decir, que no hay acuerdo entre las partes sobre las medidas que hay que adoptar para lograr divorciarse (incluyendo la custodia compartida de los menores), un juez será el encargado de adoptar todas esas medidas, incluyendo también la custodia de los hijos comunes. Las partes podrán recurrir la decisión del juez.

En ambos casos, el juez tomará una decisión determinada teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  1. El informe del Ministerio Fiscal.
  2. La opinión de los hijos que tengan suficiente juicio.
  3. Las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas.
  4. Las relaciones de los padres entre sí y con sus hijos.
  5. El informe de especialistas debidamente cualificados, si se ha solicitado de oficio o por partes.

Para tratar los acuerdos de la pareja sí o sí te tocará elegir uno de los mejores abogados de custodias compartidas de tu zona especializados en temas familiares, es lo más sencillo y rápido para evitar problemas.

¿Qué tiene en cuenta el juez para otorgar la custodia compartida?

  • Que los padres hayan participado en las rutinas de los menores desde su nacimiento, es decir, llevarles y recogerles del colegio, formar parte de grupos de WhatsApp o similares del colegio, acudir al médico con los niños, acudir a las tutorías o reuniones con los profesores, etc.
  • Que existe facilidad para conciliar la vida personal y laboral. Se valorará sobre todo el horario laboral de los últimos dos años, la disponibilidad horaria, las reducciones de jornada, la posibilidad de optar por el teletrabajo, etc.
  • La proximidad geográfica de las residencias y el colegio.
  • Que los sistemas o pautas educativas de los padres sean similares para no desequilibrar al menor.
  • Tener apoyos familiares, es decir, se valora positivamente poder contar con los abuelos de los menores. Para esto se tiene que acreditar la edad de los abuelos, el lugar de residencia y su condición personal, laboral y de salud.
  • La relación entre los progenitores.
  • El resultado del informe del equipo psicosocial de los juzgados (los padres y los menores serán entrevistados para ver cómo interactúan entre sí).
  • La edad de los menores y el número de hijos (para no separar a los hermanos, como norma general).
  • Se tendrá muy en cuenta el deseo de los menores, siempre y cuando sean mayores de doce años.

Cabe recordar que es posible que un juez no nos conceda la custodia compartida en un momento determinado, pero sí lo haga más adelante y viceversa, según las condiciones de cada momento.

Preguntas frecuentes

Algunas dudas que suelen aparecer en este tema:

¿Es idónea la custodia compartida en todos los casos?

Uno de los bufetes de abogados más famosos nos ayudó a contestar esta pregunta que tanto nos hacían los lectores:

Qué duda cabe que dado que cada familia cuenta con unas circunstancias familiares distintas no podemos afirmar que la custodia compartida sea idónea en todos los supuestos. Pero de igual modo que tampoco podríamos afirmar que la custodia monoparental o exclusiva sea idónea en todos los casos.

Si bien es cierto, que debemos evitar los tabúes o miedos que socialmente ha podido generar la custodia compartida años atrás, es importante analizar si en tu situación familiar, y sobre todo si para tus hijos será idóneo el ejercicio de una custodia compartida.

Nuestro consejo es que más allá de valorar si es buena o mala la custodia compartida, te preguntes si será bueno para sus hijos y acorde a su voluntad e intereses permanecer el mismo tiempo con ambos progenitores, y fomentar en un plano de igualdad la relación con ambos progenitores. Si la respuesta es sí, no te agobies en la forma de llevar a la práctica este ejercicio de custodia compartida, ya que hay múltiples opciones que seguro alguna de ellas se adapta a las circunstancias particulares de tu grupo familiar. Sigue el consejo de tu abogado de familia, podrá aconsejarte entre las distintas opciones que existen desde un plano de tranquilidad y estabilidad.

Si por el contrario, dadas tus circunstancias familiares, la custodia compartida no es viable, no te preocupes, existen también muchas opciones de reparto de visitas, en una custodia monoparental, que aseguran también el vínculo afectivo con ambos progenitores.

IENE Abogados especializados en custodias compartidas

¿Dónde viven los niños en la custodia compartida?

En la legislación española no existe ninguna disposición que determine la forma de ejercitar este régimen de custodia compartida. En cualquier caso, deberá primar el bienestar de los hijos y el interés superior del menor a una vivienda que se adecue a sus necesidades.

¿Es compatible la custodia compartida con la pensión alimenticia?

Sí, es compatible con la pensión alimenticia, pero siempre dependerá de cada caso en particular. Es posible que se conceda si existe un desequilibrio entre los ingresos de ambos cónyuges o directamente, cuando uno de ellos no disponga de ningún ingreso.

¿Cómo se reparten los gastos?

Por norma general, los gastos de dividen al 50%, siempre y cuando los progenitores cuenten con una capacidad económica similar y los tiempos de estancia con cada uno de ellos sean similares.

La manutención le corresponderá a cada progenitor durante el tiempo de estancia con el menor, pero los gastos comunes se pagarán a medias (colegio, material escolar, extraescolares, etc.). En caso de que haya grandes diferencias en los ingresos de los progenitores, el reparto se puede hacer proporcional a la capacidad económica de cada progenitor.

Y si la expareja se lleva mal, ¿puede haber custodia compartida?

Sí, el enfrentamiento personal que pueda haber entre ambas partes no puede ser la causa para denegar el sistema de custodia compartida, mientras esto no perjudique el interés del menor ni perturben su desarrollo emocional.

¿Qué pasa si uno de los cónyuges no quiere la custodia compartida?

Un juez se encargará de valorar si los motivos que se alegan son suficientes para no hacerse cargo de sus hijos y si es posible, según la situación del otro progenitor. Como todo lo que tiene que ver con el Derecho de Familia, cada caso es un mundo y siempre dependerá de las circunstancias de cada momento.

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.