¿Sabes cuál es la diferencia entre testamento y testamento vital? Este último sirve para que una persona enferma deje su última voluntad, pero no de bienes, sino sobre su cuerpo una vez muerto o a los tratamientos que quieres someterse. A continuación te explicamos en profundidad cómo funciona y cómo puedes hacerlo en cada provincia.
¿Qué es el testamento vital?
El Testamento vital también conocido como Documento de instrucciones previas o Testamento de voluntades anticipadas se trata de un documento que permite a su autor influir en las futuras decisiones asistenciales y tratamientos médicos que los profesionales de la salud tendrán que tomar y respetar.
Sirve en caso de que la persona no pueda expresarse por sí misma, por enfermedad irreversible o terminal o una vez haya fallecido (por ejemplo para decidir el destino de su cuerpo y órganos).
La persona en cuestión dejará por escrito su voluntad sobre:
- Los tratamientos médicos a los que desea someterse o no para cuando se encuentre en un estado en el que no puede expresarse por sí misma.
- El destino de su cuerpo o de sus órganos una vez que la persona fallece (si quiere ser enterrada o incinerada, si quiere donar sus órganos, etc.).
- El representante autorizado para ayudar a interpretar las instrucciones contenidas en el documento y para tomar las decisiones correspondientes.
¿Dónde se regula?
La primera vez que se empezó a regular fue en la Ley 14 de 2002, reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica.
En 2007 se publicó el Real Decreto 124 por el que se regula el Registro Nacional de Instrucciones Previa y un fichero automatizado de datos de carácter personal, regulado posteriormente por la Orden 2823 de 2007.
En la actualidad, cada Comunidad Autónoma ha elaborado las normas legales, bien sea en forma de Ley o de Decreto, y ofrece información y formularios modelo para guiar al usuario.
¿Quién puede hacer un testamento vital?
- Todas las personas mayores de edad.
- Los mayores de 16, pero menores de 18 solamente podrán hacerlo en caso de estar emancipados, es decir, si ya no están sujetos a la patria potestad de sus padres.
- Todas aquellas personas que puedan expresarse de forma libre, sin coacciones y siempre que se encuentren en pleno uso de sus facultades mentales.
- En el caso de las personas incapacitadas judicialmente, podrán otorgar un testamento vital siempre y cuando la sentencia no lo prohíba expresamente y si se encuentran con capacidad en el momento de hacerlo.
Si no se cumplen estos requisitos, el documento no tendrá validez alguna y el personal sanitario no podrá utilizarlo, si fuera necesario.
¿Cómo hacer un testamento vital?
Cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación legal, pero solo existen tres posibles maneras de hacerlo:
- Ante un notario. No todas las Comunidades Autónomas lo permiten. A pesar de ser la forma más rápida, es la más cara.
- Ante tres testigos que tienen que firmar el escrito. No en todas las comunidades es válido. Dos de los tres testigos no pueden ser ni padres, ni hijos, ni tampoco tíos o sobrinos. Tampoco pueden tener una relación económica con la persona que hace el testamento vital.
- Ante el personal del registro autonómico. De esta manera, el personal sanitario sabrá casi de manera inmediata las voluntades.
El testamento de voluntades anticipadas tendrá validez desde el momento en que se redacta.
¿Qué debe incluir y qué no debe incluir?
Un testamento vital puede contener las siguientes instrucciones:
- Las instrucciones y límites sobre los cuidados médicos que se desea recibir o no, en caso de sufrir una enfermedad irreversible.
- Instrucciones en caso de fallecer sobre la donación de órganos.
- Designación de un represente para que interprete o de instrucciones, si fuese necesario.
- Si se desea ser enterrado o incinerado.
Un testamento vital NO puede obligar al personal sanitario a:
- Saltarse la ley. Esto significa que el paciente no puede pedirles que le apliquen la eutanasia activa. Lo que sí que se puede hacer es indicar que, llegado el momento sí es legal, que se aplique.
- Realizar actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, es decir, el conjunto de prácticas médicas aceptadas como adecuadas para tratar una enfermedad en un momento concreto.
- No respetar las preferencias manifestadas, siempre y cuando sean acordes a su criterio profesional.
¿Cómo presentar un testamento de voluntades anticipadas?
No es necesario, pero se pueden inscribir en un registro público para asegurarnos de que la persona que las tiene las podrá aplicar de forma rápida y sin ningún problema.
Se tiene que presentar en el Registro de Instrucciones Previas. Hay uno en cada Comunidad Autónoma, dependiente de la Conserjería de Sanidad. El funcionario que lo registre dará fe del mismo.
A nivel nacional, también está el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), donde se depositan todos los documentos remitidos por los registros autonómicos.
¿Se puede anular un testamento vital?
La respuesta es sí. Todo lo que se declare en un testamento vital se puede modificar en cualquier momento. Para hacerlo, hay que otorgar un nuevo documento, hacer el mismo procedimiento que se hizo con el anterior y el primero perderá su validez.
También se puede anular por completo. Para ello, tendremos que hacernos con el documento original y todas las copias que se hayan podido entregar a las personas de confianza y destruirlas. Si hubo testigos que firmaron, también hay que hacérselo saber.