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Testamento vital: qué es y qué necesitas saber antes de hacerlo

PorMaría Gil

Publicado el Actualizado el

Civil, vivienda, familia y herencias

¿Sabes cuál es la diferencia entre el testamento y el testamento vital? El segundo no reparte bienes: sirve para que una persona deje por escrito qué tratamientos médicos quiere o no recibir si llega a un punto en que no puede decidir por sí misma, y qué destino quiere para su cuerpo tras el fallecimiento. Te explicamos cómo funciona, qué puede incluir, cuánto cuesta y cómo se hace en cada comunidad autónoma.

¿Qué es el testamento vital?

El testamento vital, también llamado documento de instrucciones previas o declaración de voluntades anticipadas según la comunidad autónoma, es el documento que permite a su autor dejar constancia de sus decisiones sobre los tratamientos y cuidados médicos futuros, para que el personal sanitario las respete cuando la persona ya no pueda expresarse por sí misma.

Sirve para los casos en los que la persona no puede expresarse por sí misma, por una enfermedad irreversible o terminal, o para dejar decidido qué ocurre con su cuerpo una vez ha fallecido (por ejemplo, la donación de órganos).

En el documento se deja por escrito la voluntad sobre:

  • Los tratamientos médicos a los que se desea someterse o no, para cuando ya no se pueda decidir en el momento.
  • El destino del cuerpo o de los órganos tras el fallecimiento (si se quiere ser enterrado o incinerado, si se quiere donar los órganos, etc.).
  • El representante autorizado para interpretar las instrucciones del documento y tomar las decisiones que correspondan.

¿Dónde se regula el testamento vital?

El testamento vital se regula por primera vez en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

En 2007 se publicó el Real Decreto 124/2007, que crea el Registro Nacional de Instrucciones Previas y su fichero de datos de carácter personal, desarrollado después por la Orden 2823/2007. Sobre esa base, cada comunidad autónoma ha aprobado su propia norma, con sus formularios y su procedimiento de registro. Puedes ver, por ejemplo, cómo funciona en la Comunidad Valenciana.

Testamento vital y testamento: en qué se diferencian

Aunque comparten nombre, son dos documentos completamente distintos, y es habitual confundirlos.

Testamento vitalTestamento
Qué decideTratamientos médicos y destino del cuerpoReparto de los bienes tras la muerte
Cuándo entra en vigorEn vida, si la persona pierde la capacidad de decidirTras el fallecimiento
Forma habitualAnte notario, ante tres testigos o en el registro autonómicoAnte notario, en la inmensa mayoría de los casos
Se puede modificarSí, en cualquier momento y sin coste de tramitación en el registroSí, otorgando uno nuevo

¿Quién puede hacer un testamento vital?

  • Todas las personas mayores de edad.
  • Los mayores de 16 años y menores de 18, solo si están emancipados (ya no dependen de la patria potestad de sus padres).
  • Cualquier persona que pueda expresarse libremente, sin coacciones, y que esté en pleno uso de sus facultades mentales.
  • Las personas incapacitadas judicialmente, siempre que la sentencia no lo prohíba expresamente y tengan capacidad suficiente en el momento de otorgarlo.

Si no se cumplen estos requisitos, el documento no tiene validez y el personal sanitario no puede aplicarlo.

Cómo hacer un testamento vital y cuánto cuesta

Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación, pero existen tres formas posibles de otorgarlo:

  • Ante notario. No todas las comunidades autónomas lo permiten. Es la vía más rápida, pero también la única de pago: suele rondar los 60 a 90 euros, según el notario y la extensión del documento.
  • Ante tres testigos que firman el escrito. Dos de los tres testigos no pueden ser cónyuge, pareja, familiares hasta el segundo grado ni tener una relación económica con quien otorga el documento. No es válida en todas las comunidades.
  • Ante el personal del registro autonómico de instrucciones previas, gratis en todos los casos. Es además la vía más directa para que el documento llegue al personal sanitario, porque queda inscrito desde el primer momento.

El testamento de voluntades anticipadas tiene validez desde el momento en que se redacta, se haya inscrito o no en un registro.

¿Y qué te piden exactamente en tu comunidad autónoma? Los requisitos de forma y los formularios varían de una comunidad a otra. Puedes consultar los anexos y modelos oficiales de cada una en la web de Derecho a Morir Dignamente.

¿Qué debe incluir y qué no puede incluir?

Un testamento vital puede contener:

  • Las instrucciones y límites sobre los cuidados médicos que se desea recibir o no, en caso de sufrir una enfermedad irreversible.
  • Instrucciones sobre la donación de órganos tras el fallecimiento.
  • La designación de un representante que interprete el documento y dé instrucciones si hace falta.
  • Si se desea ser enterrado o incinerado.

Un testamento vital no puede obligar al personal sanitario a:

  • Saltarse la ley. No se puede pedir, por ejemplo, que se aplique la eutanasia si no se cumplen los requisitos que exige su propia ley reguladora. Sí se puede dejar indicado que, si en el futuro es legal aplicarla en ese caso, se haga.
  • Realizar actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, es decir, al conjunto de prácticas médicas aceptadas para tratar una enfermedad en un momento dado.
  • Ignorar las preferencias manifestadas, siempre que sean acordes al criterio profesional del equipo médico.

Cómo presentar un testamento de voluntades anticipadas

No es obligatorio, pero conviene inscribirlo en el registro público autonómico para asegurarse de que quien lo tenga que aplicar lo encuentre de forma rápida y sin problemas.

Se presenta en el Registro de Instrucciones Previas. Hay uno en cada comunidad autónoma, dependiente de la Consejería de Sanidad. El funcionario que lo registre da fe del documento.

A nivel nacional existe además el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), donde se depositan todos los documentos remitidos por los registros autonómicos, de forma que cualquier hospital de España puede consultarlo, no solo el de la comunidad donde se inscribió.

¿Se puede anular un testamento vital?

Sí. Todo lo declarado en un testamento vital se puede modificar en cualquier momento: basta con otorgar un nuevo documento siguiendo el mismo procedimiento que el anterior, que queda sin validez automáticamente.

También se puede anular por completo. Para ello hay que recuperar el documento original y todas las copias entregadas a personas de confianza, y destruirlas. Si hubo testigos que lo firmaron, conviene comunicárselo también a ellos.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre el testamento vital.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento vital?

Es gratis si se otorga ante el personal del registro autonómico de instrucciones previas. Solo tiene coste si se hace ante notario, entre 60 y 90 euros aproximadamente.

¿El testamento vital y el testamento son el mismo documento?

No. El testamento vital decide sobre tratamientos médicos y entra en vigor en vida, si la persona pierde la capacidad de decidir. El testamento reparte los bienes y solo produce efecto tras el fallecimiento.

¿Hace falta un abogado para hacer un testamento vital?

No es obligatorio. Se puede otorgar ante notario, ante tres testigos o directamente ante el personal del registro autonómico de instrucciones previas, sin necesidad de abogado.

¿Desde cuándo tiene validez el testamento vital?

Desde el momento en que se redacta y firma, aunque todavía no se haya inscrito en ningún registro. Inscribirlo solo facilita que el personal sanitario lo encuentre rápido cuando haga falta.

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