Si alguna vez tuviéramos que hacer frente a una situación de despido improcedente, ¿sabrías cómo afrontarla? Pues la verdad es que hay diferentes tipos de despido y deberíamos conocerlos todos bien para saber cómo manejar una situación en la que la empresa o el empresario nos comunican a través de un escrito que solicitan nuestro despido.
A continuación vamos a hablar en profundidad del despido improcedente, los diferentes tipos que hay, cómo saber que estamos ante un despido improcedente y más preguntas frecuentes.
¿Qué es un despido improcedente?
Sabemos que existen diferentes tipos de despido:
- El despido improcedente se da cuando una empresa despide a un trabajador sin presentar motivos o causas justificadas. Por ejemplo, si nos despiden antes de que el contrato venza, se trataría de un despido improcedente.
- El despido nulo, se da cuando el trabajador o la trabajadora ha sufrido una discriminación de cualquier tipo, que la Constitución y las leyes prohíben, o bien, si se violan sus derechos fundamentales y libertades públicas.
- El despido objetivo, puede ser procedente (causas justificadas) o improcedente (sin causas justificadas y pasaría a ser despido nulo).
- El despido procedente, la empresa presenta causas justificadas del porqué ha decidido despedir a su empleado o empleada.
- El despido disciplinario, el empresario puede imputar al trabajador de una conducta grave o de incumplir sus obligaciones laborales y, por tanto, supone una falta sancionable.
En un despido improcedente, el trabajador que ha recibido la comunicación de despido y considera que no hay ni causas ni motivos que lo justifiquen tendrá que escribir «no conforme» al lado de su firma en dicho documento. Esto es muy importante para poder reclamar a partir de ese momento.
El siguiente paso es presentar una papeleta de conciliación en la magistratura laboral. De esta manera, lo que se pretende es llegar a un acuerdo entre el trabajador y la empresa, y evitar tener que recurrir a la vía judicial. En este proceso, el trabajador tiene que demostrar que los motivos que la empresa ha utilizado para despedirle no se ajustan a la realidad. La empresa, por su parte, está obligada a explicar, tanto en la carta de despido como en el acto de conciliación, los motivos o causas por los que ha decidido despedir al trabajador.
¿Cuándo podemos saber si un despido es improcedente?
Existen diferentes razones por las que podemos considerar que un despido es improcedente.
Caso 1. Cuando no se cumplen los requisitos legales del despido
Cada tipo de despido tiene una serie de características de protocolo, sin embargo, en todos se debería cumplir los siguientes aspectos: el empresario tiene que presentar la carta de despido por escrito y en mano. En la carta de despido (y posteriormente en el acto de conciliación), la empresa tiene que exponer los motivos y razones por los que ha decidido despedir a su trabajador y finalmente, la fecha del despido.
Caso 2. Cuando la empresa da causas y motivos que no justifican el despido
Se puede dar el caso en que la empresa plantee unas causas y unos motivos que no pueden justificar lo suficiente el despido. En este momento, el trabajador tiene el derecho de recurrir por despido improcedente, ya que es su palabra contra la de la empresa.
Caso 3. Cuando el empresario despide a su trabajador por razones discriminatorias
Esta causa pasa más de lo habitual en nuestro país. Si se da este caso, el despido se considerará nulo y el empleado tendrá que readmitirlo. Si la empresa no le devuelve a su puesto de trabajo, estará obligada a pagarle una indemnización. Estos motivos discriminatorios pueden ser:
- Por motivos raciales, edad o sexo.
- Por vulneración de los derechos fundamentales o libertades públicas.
- Por vulneración de las condiciones de los representes de los trabajadores.
- Por vulneración de cualquier derecho relacionado con la maternidad y conciliación de la vida familiar con la laboral.
- Incluso en situaciones de acoso laboral entre compañeros.
Consecuencias de un despido improcedente y qué conlleva
En el momento en el que se declara que el despido es improcedente, el empresario tiene cinco días para readmitir al trabajador, y si no lo hace, tiene que indemnizarlo.
Si la empresa opta por readmitir al trabajador
La empresa debe comunicarlo en un plazo de diez días desde que se notificó la sentencia. Tienen que pasar, mínimo, tres días desde que se recibió el escrito para reincorporar al trabajador. Además, tendrá que mantenerle las mismas condiciones laborales que tenía antes del despido, la antigüedad y los derechos que ya tenía.
Asimismo, tendrá que pagar los salarios de tramitación, que es el salario de los días que corresponden a la fecha en que fue despedido hasta que le readmitieron. En caso de haber acudido a la vía judicial, el salario de tramitación empezaría el día en que el juez dictó la sentencia de despido improcedente.
También tendrá que instar el alta del trabajador en la Seguridad Social con efectos desde la fecha del despido y el trabajador deberá cotizar por ese período, que se considerará de ocupación.
Se han dado casos en los que la empresa le ha readmitido, pero no han mantenido las mismas condiciones que antes. En este caso, el trabajador tiene derecho a recurrir de nuevo a la vía judicial y no se le readmitirá, pero tendrá derecho a una indemnización.
Si la empresa decide indemnizar al empleado
La empresa tendrá que pagarle el equivalente a 33 días de salario por año trabajado, a partir de la Reforma Laboral del 12 de febrero de 2012. Antes de dicha reforma, la indemnización en estos casos era de 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades. Es importante conocer este cambio porque si el contrato del trabajador empezó antes de la reforma y termina después, tendrá un periodo donde se aplican los 45 días por año trabajado y otro en el que se aplican los 33 días.
¿Y si la empresa no responde al despido improcedente?
¿Qué pasaría si la empresa no responde en estos cinco días? Es decir, no dice si quiere readmitirlo o indemnizarlo. Se da por hecho que ha optado por la readmisión del trabajador. Si despiden a un representante legal de los trabajadores o a un delegado sindical, éste tiene derecho de escoger una opción o la otra.
¿Cómo podemos actuar ante un despido improcedente?
El primer paso que tiene que llevar a cabo el trabajador es valorar las causas, motivos y razones por las que lo han despedido, y valorar si están justificadas, si son razonables y objetivas (recuerda si son causas objetivas estaríamos frente a un despido objetivo).
De esta manera, sabrá si se trata de un despido improcedente o no. Si el trabajador considera que las razones no son justificables y considera que la empresa actúa de manera improcedente tendrá dos opciones: aceptarlo o no aceptarlo.
Si lo acepta, el trabajador tendrá quince días para presentar la solicitud por desempleo, pero sino está de acuerdo con el despido, tendrá que firmar la carta de despido con un «no conforme», como ya hemos dicho anteriormente, y así se podrán inicial las acciones legales. Llegados a este punto, es importante conocer que el trabajador dispone de 20 días hábiles para rebatir el despido y doce meses para exigir lo que la empresa le debe, lo ideal es acudir a un abogado.
El trabajador tendrá que presentar su alegación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Allí, citarán al trabajador y a la empresa para intentar llegar a un acuerdo. Si no llegan a ningún acuerdo, el trabajador dispone de 20 días para presentar una demanda ante el juzgado. Iniciado el proceso judicial, será el juez el encargado de dictaminar si se trata de un despido improcedente o no.
Cálculo indemnización por despido improcedente
El objetivo de una indemnización es paliar los perjuicios generados sobre el trabajador a raíz de un despido. Calcular la indemnización es sencillo:
Simplemente, es una regla de tres. Si por doce meses trabajados se tiene derecho a 33/45 días (depende de si la antigüedad es anterior a la reforma laboral, como hemos explicado anteriormente) por X meses trabajados, se tiene derecho a X días. El resultado de los días se tiene que multiplicar por el salario por día, y esa será la indemnización que nos toca.
Ahora bien, la indemnización no debe superar el límite de 24/44 mensualidades (depende también si cogimos o no la nueva Reforma Laboral). Si las supera, solo tendremos que tener en cuenta este límite.
¿Hay derecho a paro tras un despido improcedente?
La respuesta es SI, siempre y cuando se cumplan los requisitos impuestos para cobrar el paro por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).