¿Cuándo es obligado presentar un justificante médico para el trabajo?

Cuando un trabajador cae enfermo, ¿debe presentar un justificante médico? Esta es la pregunta que se hacen muchas personas que no han pasado aún por esta situación, o que se enfrentan a ella por primera vez.

Por ello, en este artículo vamos a explicar en qué casos se debe presentar un justificante médico en el trabajo, y daremos toda la información que conviene tener en relación a este documento.

¿Para qué sirve un justificante médico por faltar al trabajo?

Lo primero que tenemos que aclarar en relación a este tema es que aunque coloquialmente hablamos de justificante médico, el término correcto sería certificado médico.

Dicho lo cual, el justificante o certificado médico es un documento que emite el médico, en el que se refleja la fecha y la hora en que el trabajador estuvo en consulta, y en el cual se recomienda que dicho paciente guarde reposo por un espacio de un día o más.

¿Es lo mismo un justificante médico que un parte de baja médica?

Es importante no confundir el justificante médico con el parte de baja médica. La diferencia es que durante los tres primeros días de reposo por enfermedad, el trabajador no tiene derecho a cobrar una prestación, salvo que el convenio colectivo aplicable a su sector así lo reconozca.

Por esta razón, durante esos tres primeros días, a menudo los sanitarios optan por dar solo el justificante y no proceder a dar la baja. Así pues, el parte de baja sería el documento oficial que emiten los servicios sanitarios una vez que transcurren esos tres días, si el trabajador continúa convaleciente y tiene que seguir reposando.

Ahora bien, esto no significa que el médico no pueda dar la baja médica al trabajador desde el primer día. Puede hacerlo perfectamente, siempre y cuando observe que el paciente presenta un problema de salud que sin lugar a dudas, le impide trabajar por un determinado número de días. Si esto ocurre, el trabajador estará de baja desde el primer día, aunque no comenzará a cobrar la prestación correspondiente hasta después de transcurrir los tres primeros días de baja.

¿Es obligado presentar el justificante médico en el trabajo?

Es conveniente presentarlo para no tener problemas con la empresa. Hay que tener presente que el artículo 54.2.b del Estatuto de los Trabajadores considera como incumplimiento del contrato las faltas repetidas e injustificadas al trabajo, por lo que estas pueden ser causa de despido disciplinario.

Así pues, al presentar el certificado médico podemos acreditar, en caso de despido, que en realidad las faltas al trabajo han sido justificadas.

¿Tengo derecho a días para faltar al trabajo por asuntos médicos?

No existe un derecho a faltar un número concreto de días al trabajo por razones médicas, ya que obviamente, la ley no puede prever cuántos días tendrá que ausentarse cada trabajador de su puesto por motivos de salud.

Sin embargo, nadie puede ser despedido por faltar al trabajo si estas faltas están justificadas por razones relacionadas con la salud, de igual forma que nadie puede ser despedido estando de baja. Como hemos visto antes, es importante acreditar la situación con el justificante médico correspondiente, para demostrar que las faltas son justificadas en caso de producirse un despido.

¿Me descuentan de la nómina si falto al trabajo sin justificar?

Los tres primeros días de ausencia sí podrían llegar a ser descontados de la nómina. Esto se debe a que según la normativa actual, durante esos días, el trabajador no tiene derecho a cobrar.

No obstante, existen numerosos convenios colectivos que recogen la obligatoriedad de las empresas de pagar a los trabajadores un complemento durante esos días, que puede ser un porcentaje más o menos alto del salario que por dichos días les correspondan.

¿Cotizan los días que no acudo al trabajo por justificante médico?

Durante esos tres primeros días de ausencia, justificados simplemente por un certificado médico, el trabajador continúa cotizando pero en menor medida que si estuviera trabajando. La base de cotización que se toma será el mínimo correspondiente a su categoría profesional.

Una vez transcurridos esos tres primeros días, y mediando ya un parte de baja médica en todo caso, la situación cambia. A partir de aquí, el trabajador continúa cotizando por la base diaria resultante de dividir la base mensual anterior al inicio de la baja entre el número de días cotizados. También se puede calcular el promedio del último trimestre, en caso de estar trabajando a tiempo parcial.

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.