Una pensionista de 77 años tendrá que devolver 32.857,20 euros a la Administración después de que la Justicia confirmara que perdió el derecho a su pensión no contributiva por pasar demasiado tiempo fuera de España. Entre 2018 y 2021 acumuló 680 días en Marruecos, muy por encima del límite legal, y ni siquiera las restricciones de movimiento durante la pandemia le libraron del reintegro. La sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el 1 de abril de 2026, confirma además que su hija, con la que convivía, ingresaba mucho más de lo permitido.
Una pensión de 604 euros al mes desde 2013
La mujer cobraba desde diciembre de 2013 una pensión no contributiva de invalidez, la ayuda que reconoce la Seguridad Social a quien tiene una discapacidad y no llega a un mínimo de ingresos, sin necesidad de haber cotizado lo suficiente para una pensión ordinaria. En su caso, la cuantía ascendía a 604,20 euros mensuales, con un complemento de entre 36 y 38 euros, más otra pensión que cobraba en Marruecos, algo menos de 97 euros mensuales.
Nadie puso el foco en sus viajes durante años. Eso cambió cuando la Administración revisó su expediente: encontró dos motivos distintos para cancelar la ayuda, y aplicó esa cancelación con carácter retroactivo desde junio de 2018, no solo desde el momento en que lo descubrió.
El límite de 90 días fuera de España
El primer motivo aparece regulado en el Real Decreto 357/1991 (artículo 10, apartado segundo), la norma que desarrolla las pensiones no contributivas: se puede salir de España sin perder el derecho, pero solo si la suma de días fuera no llega a 90 por año natural, y solo se libra de ese cómputo quien acredita una enfermedad. Rebasado ese tope, la ley da por hecho que el beneficiario ha cambiado su residencia real, aunque no tuviera intención de instalarse en otro país.
La sentencia detalla año por año cuánto se ausentó la mujer: casi cinco meses en 2018 (135 días), algo más en 2019 (136), casi nueve meses en el año de la pandemia (260) y cinco meses en 2021 (149). Sumados, son 680 días repartidos en cuatro ejercicios, y en ninguno de ellos se quedó por debajo del límite.
No es un caso aislado: este tipo de comprobación forma parte del trabajo ordinario de la Administración, en la misma línea que el certificado periódico que se pide a quien cobra una pensión y reside fuera de España para acreditar que sigue con vida.
Por qué no le sirvió la excusa de la pandemia
Para defenderse de la parte más abultada de esos días, la mujer explicó que pasó buena parte de 2020 varada en Marruecos por las restricciones sanitarias de la Covid-19 y que no pudo volver antes. Los magistrados no lo aceptaron: España siguió dejando entrar a sus propios residentes durante todo el confinamiento, y a quien demostrara una causa de fuerza mayor o de necesidad. Haber pasado esos meses fuera, concluyeron, fue una decisión suya y no algo impuesto por el cierre de fronteras.
El segundo motivo: los ingresos de su hija
El expediente sacó a la luz un segundo problema, este con más peso económico todavía. Durante 2021 la hija con la que convivía empezó a cobrar una pensión de incapacidad propia, y eso disparó los ingresos conjuntos del hogar hasta 73.291,08 euros en un año: más del doble del tope que la ley fijaba para su unidad familiar, 33.835,20 euros.
Ahí entra en juego el artículo siguiente del mismo reglamento: la cuenta de ingresos no se hace solo con lo que gana el titular de la pensión, sino con lo que suma todo el que vive bajo el mismo techo. Por eso una pensionista puede perder su prestación sin haber ocultado ni un euro propio, simplemente porque alguien de su casa empieza a ganar más.
32.857 euros que hay que devolver
Con esos dos motivos ya sobre la mesa, la Administración catalana no se limitó a cortar el pago: fijó el final del derecho en junio de 2018 y exigió que se devolviera cada euro ingresado desde esa fecha, aunque hubieran pasado varios años cobrando con normalidad.
La deuda
De los 32.857,20 euros reclamados, 8.458 euros corresponden solo al año 2021, y otros 764,40 euros a un último pago cobrado en enero de 2022, ya con el expediente de extinción en marcha. El resto se reparte entre los ejercicios anteriores, desde junio de 2018.
La pensionista recurrió la decisión y llevó el caso hasta el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que confirmó tanto la extinción como la obligación de devolver el dinero.
Qué pasa si vas a pasar una larga temporada fuera
El caso no significa que un pensionista no pueda salir de España. La ley permite hasta 90 días de ausencia por año natural sin que la pensión se vea afectada, y ese margen se amplía si la ausencia se debe a una enfermedad justificada y acreditada. El problema aparece cuando el viaje se alarga más allá de ese límite sin una causa que la normativa reconozca.
Quien cobra una pensión no contributiva y convive con otras personas debería además revisar de vez en cuando si los ingresos conjuntos de toda la unidad familiar siguen por debajo del límite, porque el aumento de la renta de un solo miembro, como en este caso la pensión de la hija, puede bastar para perder el derecho. Los requisitos completos para acceder a la pensión no contributiva y los años de residencia previa que exige la ley están explicados aparte, igual que el trámite para pedir la tarjeta de discapacidad que acredita el grado necesario. Y si la duda es sobre cómo comprueba la Administración la convivencia real en el domicilio, la respuesta pasa por el empadronamiento, el primer dato que se cruza en cualquier revisión de expediente.
En 2026, el importe íntegro de las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación es de 8.803,20 euros al año, repartidos en catorce pagas, después de la revalorización aprobada por el Real Decreto-ley 3/2026. Es la cuantía de referencia hoy, aunque cada beneficiario cobra menos si tiene otros ingresos o convive con alguien que también los tiene.
Preguntas frecuentes
Las dudas más comunes sobre los límites de la pensión no contributiva.
¿Cuántos días puedo pasar fuera de España sin perder la pensión no contributiva?
Hasta 90 días por año natural. Si los superas sin que la ausencia se deba a una enfermedad justificada, la ley entiende que has trasladado tu residencia fuera de España y puedes perder el derecho a la pensión, según fija el reglamento de las pensiones no contributivas.
¿Puedo perder la pensión aunque mis propios ingresos no hayan cambiado?
Sí. El límite de ingresos se calcula sobre el total de la unidad de convivencia, no solo sobre los del beneficiario. Si otra persona con la que vives empieza a cobrar más, como ocurrió con la pensión de incapacidad de la hija en este caso, puedes perder el derecho aunque tu situación económica siga igual.
¿Hay que devolver el dinero si me quitan la pensión con efecto retroactivo?
Sí. Si la Administración concluye que dejaste de cumplir los requisitos en una fecha concreta, puede reclamar todo lo cobrado desde entonces, no solo dejar de pagar a partir de ese momento.
¿Cuánto vale hoy la pensión no contributiva?
En 2026 su importe íntegro es de 8.803,20 euros al año, unos 628,80 euros al mes repartidos en catorce pagas, tras la revalorización aprobada por el Real Decreto-ley 3/2026.






