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Mandan a una mujer de Jaén a casa con un diagnóstico equivocado y muere: la sanidad andaluza paga 250.000 euros

PorRubén Angulo

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Administración, trámites y reclamaciones

Principios de junio de 2023, urgencias del hospital San Juan de la Cruz, en Úbeda. Una mujer de 48 años entra por un mareo y una caída. Lleva casi un mes yendo a ese mismo hospital con un dolor fuerte en el abdomen, y hasta ese día nadie le ha hecho una analítica completa. Esta vez sí le sacan sangre, y el resultado avisa de una infección grave. Aun así, esa misma mañana sale por la puerta con un diagnóstico de golpe en las costillas. Horas después vuelve en ambulancia, con una peritonitis. Días más tarde muere. El Servicio Andaluz de Salud ha reconocido el fallo y pagará 250.000 euros a su familia.

El pago cierra la reclamación sin necesidad de juicio. La familia, asesorada por la Asociación El Defensor del Paciente, alcanzó un acuerdo con la aseguradora del servicio público sanitario andaluz, que asume la indemnización tras admitir que la atención prestada no fue la que la paciente necesitaba.

Un mes entero de visitas a Urgencias sin respuesta

Todo empieza en mayo de 2023, cuando un dolor fuerte en el abdomen, la diarrea y las náuseas la llevan varias veces, a lo largo de casi un mes, hasta las urgencias del hospital jienense San Juan de la Cruz, en Úbeda.

En ninguna de esas visitas le hicieron una analítica completa ni la derivaron a un especialista. Cada vez recibió el mismo tipo de respuesta: algo para calmar el malestar, sin buscar de dónde venía.

El golpe que en realidad era una infección grave

A principios de junio, un mareo y una caída la llevan de nuevo a ese mismo hospital. Esta vez sí le hacen análisis de sangre, y el resultado marca un valor de proteína C reactiva de 394, una cifra que en la práctica clínica apunta a una infección grave en marcha.

Pese a ese dato, la mandan a casa esa misma mañana con un diagnóstico de golpe costal. Horas después, sin poder aguantar el dolor, vuelve al hospital en ambulancia. Allí le encuentran una peritonitis generalizada por la perforación de un endometrioma.

Esa misma noche la operan de urgencia, y vuelven a intervenirla dos días más tarde, pero para entonces el cuerpo ya está en fallo multiorgánico. Muere unos días después, sin haber salido del hospital.

Pagar sin pasar por el juzgado

La familia, con la asistencia jurídica de la Asociación El Defensor del Paciente, presentó una reclamación patrimonial contra la administración sanitaria en lugar de acudir directamente a los tribunales. La aseguradora del Servicio Andaluz de Salud asumió el pago de esa cantidad al admitir que el servicio público no funcionó como debía.

El abogado que llevó el caso, Damián Vázquez, lo resume así: la cifra importa menos que el reconocimiento de fondo, el de que hubo "un anormal funcionamiento del servicio público sanitario" y una relación directa entre la atención recibida y la muerte de la paciente.

Para la familia, el acuerdo tiene una ventaja añadida: cobra la indemnización sin esperar los años que suele tardar un pleito en resolverse, y sin tener que revivir el caso ante un juzgado.

Si te pasa a ti: un año para reclamar, y sin juez si la Administración reconoce el fallo

Cuando el error ocurre en un hospital público no se demanda al médico: se presenta una reclamación patrimonial contra la Administración de la que depende, aquí la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud. No hace falta demostrar la culpa de un profesional concreto. Basta con acreditar que el servicio funcionó mal, que hubo un daño y que una cosa llevó a la otra, y en este caso esa relación estaba en la propia analítica: un valor que avisaba de una infección grave y que nadie tuvo en cuenta antes del alta. Es el mismo camino que sirve para pedir una indemnización por daños y perjuicios a cualquier Administración, y en un fallecimiento encaja además como indemnización por daños morales para la familia.

Lo que hay que saber

El plazo es de un año (artículo 67 de la Ley 39/2015), pero no cuenta desde el primer síntoma: cuenta desde el alta definitiva o desde que las secuelas quedan fijadas, y en un fallecimiento desde la muerte o desde el informe que fija la causa. Es la misma lógica que en otras prescripciones y caducidades: el reloj arranca cuando el daño queda cerrado. Si la Administración dice que no, o deja pasar seis meses sin contestar, se va directamente al contencioso-administrativo, sin pasar por los recursos administrativos previos. Y lo que sostiene la reclamación es la historia clínica completa: pedir una copia antes de empezar.

En Úbeda no hizo falta llegar al juzgado. La aseguradora del Servicio Andaluz de Salud leyó el expediente y reconoció el fallo. Cuatro visitas a urgencias, una analítica que nadie miró a tiempo y 250.000 euros que no devuelven a nadie.

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