Diferencias entre Legatario y Heredero

Cuando una persona recibe un bien de un fallecido, puede hacerlo por dos títulos: por el de heredero y el de legatario. Te explicamos cuáles son las diferencias entre ambos, a continuación.

¿Qué es un legatario?

Un legatario es una persona que ha recibido un bien determinado en un testamento, es decir, no una parte del patrimonio del testador sino una cosa específica (por ejemplo, un coche o un local). El legatario no responde de las deudas de la herencia.

¿Qué es un heredero?

El heredero es quien sucede a la persona fallecida en la titularidad tanto de sus bienes como de sus deudas, adquiriendo todos los derechos y obligaciones que no se extinguen por el fallecimiento del causante.

Por lo tanto, el heredero es responsable a título universal de los bienes y de las deudas del fallecido, respondiendo de estas últimas incluso con su propio patrimonio, a menos que haya aceptado la herencia a beneficio de inventario. Cabe destacar que puede ser heredero por testamento o por ley (en este caso se habla de heredero legal o heredero forzoso).

Diferencias entre heredero y legatario

Las diferencias que existen entre la figura del heredero y la del legatario son las siguientes:

1. Forma de designar a los herederos y a los legatarios

Los legatarios solo se pueden designar en testamento, por lo que el legado solo tiene lugar si se establece expresamente por el testador. En cambio, los herederos pueden serlo por deseo del fallecido, pero también por imperativo legal.

2. Responsabilidad frente a las cargas de la herencia

Los legatarios no responden de las deudas de la herencia, si bien el legado se puede reducir e incluso puede desaparecer si perjudica a la legítima. Por lo contrario, los herederos sí responden de dichas deudas incluso con su propio patrimonio, salvo que hayan aceptado la herencia a beneficio de inventario.

3. Aceptación

Para que los legatarios reciban su legado no es necesario que lo acepten expresamente, si bien pueden renunciar a él. Los herederos sin embargo sí tienen que aceptar la herencia, pudiendo igualmente rechazarla.

4. Sucesión

El legatario sucede al fallecido a título particular, porque solo recibe los bienes legados. Por su parte, el heredero lo es a título universal, heredando todos los bienes del fallecido.

5. Entrega de los bienes

El heredero no necesita autorización para recibir su herencia, siendo necesario solo que acepte la herencia, mientras que el legatario recibe el legado de los herederos o del albacea en caso de haberlo.

6. Derecho a recibir los frutos

El legatario tendrá derecho a los frutos e intereses de su legado desde el momento del fallecimiento del causante. En cambio, el heredero tiene derecho a los frutos e intereses de la herencia desde que la acepta.

7. Renuncia

Quien recibe una herencia no puede renunciar a parte de la misma y aceptar otra parte, por lo que tienen que aceptarla o rechazarla en su totalidad. El legatario no puede aceptar una parte del legado y renunciar a la otra, si esta última es onerosa.

El legatario que recibe dos legados, si uno es oneroso, no puede rechazar este último y aceptar el otro. Si ambos son gratuitos u onerosos, puede aceptarlos todos o renunciar al que desee.

Por otra parte, quien es al mismo tiempo heredero y legatario puede renunciar a la herencia y aceptar el legado, o viceversa.

8. Efectos de la renuncia

Si el heredero rechaza la herencia, su parte de la misma pasará a los herederos legítimos que la hayan aceptado. Cuando el legatario rechaza su legado, este pasa a formar parte del conjunto de la masa hereditaria.

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.