El concurso de acreedores tiene como finalidad que la persona declarada en insolvencia pueda responder a sus deudas hasta donde sea posible, así como determinar si el concurso ha sido fortuito o culpable (con las consecuencias que esto último conlleva). En este artículo te explicamos cuáles son las fases del concurso de acreedores.
Fases en un concurso de acreedores
Al hablar del concurso de acreedores, si lo hacemos en sentido amplio, podemos distinguir hasta 5 fases distintas que vamos a desarrollar a continuación:
1. Actos previos
Los actos previos se refieren a aquellos que tienen lugar antes de que se admite a trámite el concurso en sede judicial (reunir toda la documentación necesaria, preparar la solicitud de declaración del concurso de acreedores, etc.).
No es una fase propia del concurso de acreedores, ya que no se produce durante el transcurso del mismo. Sin embargo, es una etapa por la que hay que pasar necesariamente antes de la solicitud que inicia el procedimiento.
2. Fase común
Esta fase comienza cuando se solicita declaración del concurso de acreedores ante el juzgado competente. En caso de que se admita a trámite la solicitud (mediante auto judicial), los siguientes pasos serán los siguientes:
- La declaración de concurso se publicará en el BOE.
- Se concederá a los acreedores un plazo para que soliciten el cobro de las deudas pendientes de pago, de forma justificada.
- Se nombrará a un administrador concursal, quien tendrá que analizar toda la información que pueda ser importante para la tramitación del concurso.
- El administrador concursal emitirá un informe que contendrá:
- Un inventario de la masa activa.
- El listado de los acreedores.
- Una valoración en términos económicos.
- La determinación de los créditos que existan contra el deudor (la masa activa), que serán clasificados con privilegio general, especial, ordinario o subordinado. Dependiendo de esta calificación, cada acreedor tendrá derecho a cobrar antes o después.
3. Fase de convenio
Durante esta fase, el deudor puede llegar a un acuerdo con los acreedores. En este momento, cada parte tiene que presentar su propuesta de convenio, tratando así de evitar que se liquide el patrimonio del deudor. Dicho convenio contendrá:
- Propuestas de quitas de hasta el 50% de la deuda.
- Propuestas de espera, consistentes en proponer un mayor plazo de tiempo para el pago de la deuda, con un límite de 5 años.
- Los dos tipos de propuestas.
Durante esta fase tiene lugar la junta de creedores, que consiste en el llamamiento que se hace a los acreedores para que se manifiesten acerca de la propuesta de convenio presentada, pudiendo apoyarla, rechazarla o bien presentar propuestas nuevas.
Los acreedores tienen que votar en la Junta de Acreedores aquella propuesta que más les beneficie. En caso de que alguna de ellas alcance la mayoría suficiente para que el Juez la apruebe, el concursado podrá seguir desarrollando su actividad, atendiendo a los pagos dentro del plazo aprobado.
4. Fase de liquidación
La fase de liquidación se acuerda de oficio en el juzgado cuando las partes no han conseguido llegar a un acuerdo o bien, habiéndolo, este no ha sido admitido a trámite.
También se puede iniciar la fase de liquidación en cualquier momento si el deudor o el administrador así lo solicitan, siempre que no sea posible que la empresa continúe con su actividad. En estos casos, también se puede abrir esta fase de oficio.
Llegado este momento, el administrador tiene que ser sustituido en todas sus facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos de la masa activa por el administrador concursal nombrado en la fase común. Este creará un plan de liquidación con el fin de vender los bienes del deudor y, de esta manera, tratar de saldar las deudas en la medida de lo posible.
5. Fase de calificación
La fase de calificación es la última parte del concurso de acreedores, en la cual, el Ministerio Fiscal emite un informe calificando el concurso como fortuito o culpable. Tras lo cual, el Juez tiene que dictar sentencia.
Se determinará que el concurso ha sido culpable cuando medie dolo o culpa grave en la generación o agravación del estado de insolvencia por parte del deudor o de sus representantes legales (si los tiene) y, si se trata de una persona jurídica, de sus administradores o liquidadores (de hecho o de derecho), directores generales y de quienes hubieran tenido alguna de estas condiciones en los dos años anteriores.
En tal caso, la sentencia que declare el concurso culpable contendrá los siguientes pronunciamientos:
- La determinación de las personas afectadas por la calificación y de las declaradas cómplices, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, serán los administradores o liquidadores (de hecho o de derecho), los directores generales y aquellas personas que hayan tenido alguna de estas condiciones durante los dos años anteriores. Además, si algún afectado lo es como administrador o liquidador de hecho, la sentencia tiene que motivar de forma específica por qué se le atribuye tal condición.
- La pérdida de derechos que las personas afectadas por la calificación o los cómplices tuviesen como acreedores concursales o de la masa.
- La condena a los afectados por la calificación o los cómplices a devolución de aquellos bienes o derechos que se hayan obtenido de forma indebida del patrimonio del deudor, o recibido de la masa activa.
- La inhabilitación de las personas naturales afectadas por la calificación para administrar bienes ajenos durante un plazo de 2 a 15 años, así como para representar durante el mismo tiempo a cualquier persona. De forma excepcional, en caso de convenio y si lo solicita el administrador concursal en el informe de calificación, se puede autorizar al inhabilitado a seguir frente a la empresa o como administrador de la sociedad concursada durante el mismo tiempo de cumplimiento del convenio o por un plazo menor.
- La condena a los afectados o los cómplices al pago de las indemnizaciones, de forma solidaria o no, de los daños y perjuicios causados.
Si la sentencia declara que el concurso ha sido culpable, la propia resolución debe explicar la causa o causas en las que se fundamenta dicha declaración.
Siempre que no quede acreditado que se trata de un concurso culpable, se declarará fortuito. En este caso no habrá consecuencias para el concursado, que podrá seguir ejerciendo su actividad empresarial.
Esquemas de las fases del concurso de acreedores
Para que puedas ver de forma más clara cómo se desarrolla este procedimiento, a continuación podrás encontrar una serie de esquemas de las fases del concurso de acreedores: