Cambiar de casa siempre supone un cierto ajetreo, sobre todo cuando hay que hacer un traslado importante de mobiliario de un domicilio a otro. Por esta razón, el Estatuto de los Trabajadores reconoce, entre los derechos de los trabajadores, el derecho a solicitar un permiso por mudanza. Descubre cuántos días puedes pedir a tu empresa para disfrutarlo.
¿Qué es el permiso por mudanza?
El permiso de mudanza es un permiso retribuido de 1 día que corresponde a los trabajadores para cambiar de domicilio habitual. Se trata de un derecho laboral recogido por el Estatuto de los Trabajadores, en concreto en su artículo 37.3.c).
Requisitos para solicitar el permiso por mudanza
Los requisitos para solicitar el permiso por mudanza que se desprenden del Estatuto de los Trabajadores son los siguientes:
- Se puede solicitar un día por mudanza. No obstante, el trabajador podrá pedir más días de permiso por mudanza en caso de que el convenio colectivo aplicable amplíe el número de días que corresponden a este derecho, dependiendo de si la mudanza es dentro de la misma localidad o a otra distinta.
- Es necesario que el trabajador avise previamente a la empresa de que necesita acogerse al permiso por mudanza.
- También se establece que el trabajador tiene que justificar la necesidad de disfrutar de este permiso.
- Debe tratarse de un traslado a un nuevo domicilio habitual. Así por ejemplo, no se puede solicitar un permiso por mudanza para llevar muebles a una segunda residencia.
¿Es obligatorio presentar un justificante del traslado por mudanza?
El Estatuto de los Trabajadores habla en efecto de que el trabajador que se acoja al permiso por mudanza debe justificarlo.
La ley no especifica la forma en que hay que hacerlo, pero el convenio colectivo correspondiente puede arrojar más información a este respecto, concretando que el trabajador tenga que presentar un justificante (un documento) que acredite la mudanza. Aquí tienes más información de cómo justificar la mudanza en el trabajo.
Pues bien, también puede haber dudas respecto a cuál sería el documento más indicado para justificar el traslado. Y lo cierto es que dicho documento sería el certificado de empadronamiento, ya que este acredita oficialmente el cambio de domicilio.
Hay que tener presente que una factura por parte de la empresa encargada de la mudanza no demuestra que esta se haya realizado al nuevo domicilio habitual. Por ello, siempre es mejor presentar el certificado de empadronamiento, si este ya se ha producido.
En caso contrario, también se puede aportar el contrato de arrendamiento o las escrituras de compraventa de la vivienda. No obstante, insistimos en que siempre será mejor contar con un certificado de empadronamiento, ya que es el único documento que acredita suficientemente que el cambio de domicilio es a la nueva vivienda habitual.
Preguntas frecuentes
A continuación vamos a resolver algunas de las cuestiones que pueden existir en relación al permiso por mudanza que la ley reconoce a los trabajadores:
¿Se puede pedir el permiso por mudanza si no hay traslado de muebles?
Cuando hablamos de mudanza, solemos asociar esta idea al traslado de muebles del domicilio anterior al domicilio nuevo. Por ello, puede surgir la duda de si también se puede pedir un permiso de mudanza cuando el trabajador se cambia de casa, pero no hay traslado de muebles.
Pongamos el ejemplo de una persona que vive en un piso de alquiler amueblado, y se cambia a otra vivienda que también cuenta con su propio mobiliario. ¿Procede el derecho a pedir el permiso por mudanza en estos casos?
La Ley no dice nada a este respecto, pero el Tribunal Supremo sí se ha pronunciado en relación a este tema. Y en concreto, lo ha hecho considerando que al trabajador sí le corresponde pedir el permiso por mudanza aunque no haya traslado de muebles, ya que ha entendido que puede necesitar tiempo para hacer otras gestiones que guarden relación con el cambio de domicilio.
¿El permiso por mudanza es retribuido y se paga?
Sí, el permiso por mudanza es retribuido, por lo que la empresa tiene que pagar al trabajador ese día (o días, si corresponde más de uno por convenio) en los que disfrute de este derecho.
Esta cuestión sí la determina el Estatuto de los Trabajadores, ya que en su artículo 37, donde se recoge el permiso de mudanza entre otros, especifica que el trabajador tiene derecho a remuneración en estos casos.
¿Debo avisar con antelación de la mudanza?
Sí, es necesario avisar con antelación a la empresa de la intención de disfrutar del permiso por mudanza, ya que es un requisito establecido por el Estatuto de los Trabajadores, como ya hemos señalado.
Lo que no hace la ley es concretar el tiempo de antelación con el que tiene que avisar al trabajador, limitándose a hablar de “previo aviso”. No obstante, se recomienda dar aviso a la empresa con un plazo mínimo de 15 días, siempre que esto sea posible.
En caso de que, por las circunstancias del caso, no se pueda comunicar a la empresa que se necesita hacer mudanza 15 días antes, es fundamental hacerlo tan pronto como sea posible, para que aquella pueda organizarse y que le perjudique lo mínimo posible que el trabajador vaya a acogerse a este derecho.