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PorRubén Angulo

Publicado el Actualizado el

Modelos y plantillas

Modelos de Contrato de Arras en PDF y Word

El contrato de arras (señal) consiste en un acuerdo privado y previo a la compraventa de un inmueble, por el que el comprador entrega al vendedor una cierta suma de dinero a cambio de la reserva de la propiedad, pudiendo también contener las condiciones de la futura operación. La cantidad pagada se restará del precio de la vivienda. Los siguientes modelos son de arras penitenciales, las más habituales en la compraventa de vivienda, y están listos para descargar en Word y PDF, imprimir y rellenar.

Modelo 1 (Word)Word · 36 KB · gratis y sin registro

¿Qué tipos de arras existen?

La jurisprudencia distingue tres tipos de arras, según qué ocurra si una de las partes se echa atrás. Solo las arras penitenciales están reguladas expresamente en el artículo 1454 del Código Civil: las otras dos son de construcción jurisprudencial.

Si el comprador se echa atrásSi el vendedor se echa atrás
Arras penitencialesPierde las arras entregadasDevuelve el doble de lo recibido
Arras confirmatoriasEl vendedor puede exigir el cumplimiento del contrato o una indemnizaciónEl comprador puede exigir el cumplimiento del contrato o una indemnización
Arras penalesPierde las arras, como penalización por incumplirDevuelve las arras más la indemnización pactada

Los tres modelos de esta página son de arras penitenciales, las que permiten a cualquiera de las dos partes desistir del contrato asumiendo esa penalización. Si quieres el desarrollo completo de los tres tipos, con el detalle de cada incumplimiento, lo tienes en contrato de arras: qué es y tipos.

¿Cuánto dinero se paga de arras?

No hay un porcentaje fijado por ley. En la práctica, lo habitual es entre el 5% y el 15% del precio de la vivienda, siendo el 10% lo más frecuente. Es un acuerdo libre entre comprador y vendedor, así que puede pactarse una cantidad menor si la firma de la escritura va a producirse en poco tiempo, o si el precio de la vivienda es muy elevado.

¿Qué datos debe tener un modelo de contrato de arras o señal?

En el contrato de arras se tienen que recoger los siguientes datos:

  • Identificación del vendedor y del comprador.
  • Descripción del objeto de la compraventa, que será un bien inmueble.
  • Precio de la propiedad y forma de pago de la misma.
  • La cláusula de arras penitenciales, con el compromiso del comprador de adquirir la vivienda y del vendedor de entregarla, y la penalización si alguno desiste (arriba, en la tabla de tipos de arras).
  • Quién asumirá los gastos relacionados con la compraventa, como los costes de la notaría, la inscripción registral, etc.
  • Plazo previsto para otorgar la escritura pública de compraventa.

Estas arras son distintas de una compraventa ya cerrada: si lo que necesitas es el documento definitivo para un bien mueble, no una vivienda, tienes el contrato de compraventa.

¿Quiénes firman el contrato de arras?

Por norma general, el contrato de arras se firma tanto por el propietario/vendedor como el comprador del inmueble. Pero pueden darse otros dos casos:

  1. Que dicha vivienda sea comprada por un matrimonio en régimen de gananciales. Entonces será suficiente con que uno de los dos miembros de la misma firme el contrato, haciéndolo en representación del matrimonio.
  2. Cuando se trata de compradores que forman un matrimonio en régimen de separación de bienes o que todavía no ha contraído matrimonio, ambas personas tienen que firmar el contrato.

¿Cómo se efectúan los pagos en el contrato de arras de una compraventa?

Generalmente se establecen dos pagos:

  • El primer pago se realiza en el momento en el que se firma el contrato.
  • El segundo pago se hace cuando se firma ante notario, a través de un cheque conformado o en su caso un cheque bancario. Este pago habitualmente se efectúa en el plazo máximo de dos meses, un plazo que es el doble del que se requiere para la obtención de un crédito hipotecario (un mes), así como los gastos de la venta (registro, notaría, etc.).

Preguntas frecuentes sobre el contrato de arras

Las dudas más habituales antes de rellenar el modelo.

¿Es obligatorio firmar el contrato ante notario?

No. El contrato de arras es un acuerdo privado entre comprador y vendedor, válido con la firma de las dos partes. El notario interviene después, en la escritura pública de compraventa, no en el contrato de arras en sí.

¿Puedo usar este modelo si la vivienda tiene una hipoteca pendiente?

Sí, pero conviene añadir una cláusula que indique que la venta queda condicionada a la cancelación de la hipoteca antes o en el mismo acto de la escritura, con cargo al precio de venta.

¿El contrato de arras tiene validez si no se paga nada de dinero?

No. La entrega de dinero es el elemento que define las arras. Sin ella, lo que existe es otro tipo de acuerdo, como un contrato de reserva o unas condiciones previas sin efecto vinculante equivalente.

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