Modelo de finiquito
Cuando termina un contrato de trabajo, la empresa tiene que entregar un documento con todo lo que te debe. Aquí tienes el modelo de finiquito en PDF y Word, con la tabla de conceptos y la casilla para firmar no conforme.
Qué es el finiquito y cuándo se entrega
El finiquito es la liquidación de las cantidades que la empresa todavía debe al trabajador el día que termina el contrato. Se entrega siempre que se extingue la relación laboral, sea cual sea la causa: un despido, el final de un contrato temporal, una baja voluntaria o una jubilación.
El Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a acompañar la comunicación de la extinción con una propuesta de ese documento de liquidación. El trabajador tiene derecho a pedir que un representante legal de los trabajadores esté presente en el momento de la firma, y en el propio recibo debe constar si se ha hecho uso de esa posibilidad o no.
Una cosa es el finiquito y otra la indemnización. El finiquito lo cobra todo el mundo, porque son cantidades ya devengadas. La indemnización solo corresponde en algunos casos, como el despido objetivo o el despido improcedente, y cuando procede suele incluirse como una línea más dentro del mismo documento.
Los conceptos que tiene que incluir
El recibo del modelo trae una tabla con los conceptos habituales. Lo normal es que aparezcan estos cuatro, aunque no todos suman en todos los casos:
- Salario de los días trabajados del último mes, si el contrato no acaba a final de mes.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias que se hayan devengado y no se hayan cobrado, salvo que estén prorrateadas en la nómina mensual.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas, que se pagan en metálico porque ya no hay tiempo de disfrutarlas.
- Indemnización, cuando la causa de extinción da derecho a ella (20 días por año en un despido objetivo, 33 en uno improcedente, 12 al terminar un contrato temporal).
Otros conceptos que pueden aparecer son las horas extraordinarias pendientes, los pluses no abonados o el descuento por falta de preaviso si el trabajador se marcha sin avisar con la antelación que fija el convenio.
El importe exacto de cada línea depende del salario, la antigüedad y los días transcurridos. Para sacar la cifra tienes la calculadora de finiquito, que hace el cálculo con tus datos.
Un ejemplo con cifras
El modelo se entiende mejor con un caso concreto. Los números son redondos a propósito, para que se vea de dónde sale cada línea.
Ejemplo
Marta cobra 1.800 euros brutos al mes con dos pagas extra de 1.800 euros cada una, en junio y diciembre. Su contrato temporal termina el 20 de septiembre, tras un año exacto en la empresa, y le quedan 8 días de vacaciones sin disfrutar.
Salario de septiembre: 20 días de 30, es decir, 1.200 euros. Paga extra de diciembre devengada desde julio: 3 meses de 6, es decir, 900 euros. Vacaciones no disfrutadas: 8 días a 60 euros diarios, 480 euros. Indemnización por fin de contrato temporal: 12 días por año, calculados sobre el salario diario con las pagas extra prorrateadas (unos 69 euros), 828 euros. El finiquito suma 3.408 euros brutos, a los que la empresa aplica las retenciones que correspondan.
Cómo rellenar el modelo
El documento tiene cuatro partes, y conviene completarlas en este orden.
- Las partes: nombre y CIF de la empresa, quién la representa, y nombre, DNI, categoría y antigüedad del trabajador.
- La causa y la fecha de la extinción: fin de contrato, despido, baja voluntaria, jubilación. Es un dato que luego usa el SEPE para reconocer o denegar el paro, así que tiene que ser exacto.
- La tabla de conceptos, con el importe de cada línea y el total. Si un concepto no aplica, se deja en blanco o se pone cero, pero no se borra la fila.
- Las firmas, por duplicado. Cada parte se queda con un ejemplar.
Antes de firmar: compara la tabla con tu última nómina y con los días de vacaciones que te quedaban. Si algo no cuadra, no firmes sin más: usa la casilla de no conforme que explicamos a continuación.
Si no estás de acuerdo: firmar no conforme
Firmar el finiquito no obliga a estar de acuerdo con él. Lo que la firma acredita, en principio, es que has recibido el documento y la cantidad que figura en él. El problema es que el finiquito suele llevar una frase de renuncia, la que dice que el trabajador queda "saldado y finiquitado" y no tiene nada más que reclamar. Firmar esa frase sin más puede cerrarte la puerta a reclamar después.
La forma de protegerse es escribir "no conforme" junto a la firma, y si es posible el motivo: faltan las vacaciones, el cálculo de la indemnización está mal, no se incluye la paga extra. El modelo trae una casilla para eso. Con esa anotación cobras lo que te entregan y conservas el derecho a reclamar la diferencia.
El plazo para reclamar cantidades que la empresa te debe es de un año desde que se extingue el contrato. Pasado ese año, la acción prescribe.
Finiquito por agotamiento de la incapacidad temporal
Cuando una baja médica agota su duración máxima y el INSS reconoce al trabajador una incapacidad permanente total o absoluta, el contrato se extingue por esa causa. La empresa tiene que entregar el finiquito igual que en cualquier otra extinción, aunque el trabajador lleve muchos meses sin ir a trabajar.
Lo que entra en ese finiquito es lo mismo de siempre, con dos particularidades. Las pagas extra siguen devengándose durante la baja, así que la parte proporcional pendiente se cobra aunque el trabajador no haya trabajado ni un día del semestre. Y las vacaciones no disfrutadas por estar de baja no se pierden: si el contrato se extingue sin haberlas podido disfrutar, se pagan en el finiquito. No hay indemnización, porque la extinción no es un despido, salvo que la empresa decida extinguir antes de que el INSS resuelva, lo que abre otra discusión.
Cómo se calcula lo que se cobra durante la baja y qué pasa cuando se agota el plazo lo tienes en la baja por enfermedad común.
Empleada de hogar: un finiquito con reglas propias
El servicio del hogar familiar es una relación laboral especial, y su finiquito tiene reglas propias desde la reforma de 2022. Ya no existe el desistimiento libre del empleador: el contrato solo se puede extinguir por las causas del Estatuto de los Trabajadores o por las que fija el reglamento del sector, como la disminución de ingresos de la familia, el cambio sustancial de necesidades o la pérdida de confianza.
Cuando la extinción se apoya en una de esas causas propias, la indemnización es de 12 días de salario por año de servicio, con un tope de seis mensualidades, y el preaviso es de 20 días si la relación ha durado más de un año (7 días en los demás casos). Si el empleador no lo comunica por escrito o no pone la indemnización a disposición de la trabajadora, la ley presume que ha optado por el régimen del despido ordinario, con sus consecuencias.
El modelo de esta página sirve también para el hogar: basta con poner al empleador como persona física en lugar de una empresa con CIF, y añadir la indemnización de 12 días por año en la fila que corresponde. Desde 2022 estas trabajadoras cotizan por desempleo, así que la causa que figure en el finiquito importa para el paro.
Baja voluntaria, excedencia y fin de contrato temporal
El finiquito también se cobra cuando es el trabajador quien se va. En una baja voluntaria no hay indemnización, pero sí el salario pendiente, las pagas extra y las vacaciones. Si no se respeta el preaviso del convenio (normalmente 15 días), la empresa puede descontar del finiquito los días que falten. Cómo se comunica y qué consecuencias tiene lo explicamos en la baja voluntaria y la dimisión.
En una excedencia voluntaria el contrato no se extingue, se suspende, así que en rigor no hay finiquito: la empresa liquida el salario y las vacaciones pendientes, pero la relación sigue viva. Y al terminar un contrato temporal corresponde una indemnización de 12 días por año trabajado, salvo en los contratos formativos y en los de interinidad.
Cuatro versiones del recibo y otros modelos que puedes consultar
En la caja de descarga hay cuatro recibos propios, todos en Word y PDF, y cuatro modelos de otras webs por si prefieres comparar.
- Recibo general: el de arriba, con la tabla de cuatro conceptos y la casilla de no conforme. Sirve para una baja voluntaria, el fin de un contrato temporal o una jubilación.
- Por despido, con indemnización: añade la fila de la indemnización de los artículos 53 o 56 del Estatuto y una frase que deja claro que firmar el recibo no supone aceptar el despido ni renunciar a impugnarlo en 20 días hábiles.
- De empleada de hogar: con el empleador como persona física, la causa del artículo 11.2 del Real Decreto 1620/2011, el preaviso de 20 o 7 días y la indemnización de 12 días por año.
- Por incapacidad permanente tras agotar la IT: con la resolución del INSS como causa, las pagas extra devengadas durante la baja y las vacaciones no disfrutadas, y la mención al artículo 48.2 del Estatuto por si la resolución prevé revisión.
De los modelos externos, el de APF Gestoría es un ejemplo ya relleno con cifras, útil para ver cómo queda un finiquito real. El de Iberley es el formulario clásico de recibo de saldo y finiquito. Factorial y Loentiendo ofrecen plantillas parecidas a la nuestra, con su propia explicación. Son modelos de terceros y conviene leerlos con el mismo cuidado que el nuestro.
Preguntas frecuentes
Las dudas que más se repiten sobre el finiquito.
¿Es obligatorio firmar el finiquito?
No. Puedes negarte a firmarlo, aunque eso no impide a la empresa pagarte lo que figura en él. Lo más útil suele ser firmarlo con la anotación "no conforme" para cobrar y conservar el derecho a reclamar.
¿Cuánto tarda la empresa en pagar el finiquito?
La ley no fija un plazo concreto, pero el finiquito debe abonarse al extinguirse el contrato, y lo habitual es que se pague con la última nómina o en los días siguientes. Si la empresa no paga, se puede reclamar en el plazo de un año.
¿Puedo reclamar después de haber firmado el finiquito?
Sí, si firmaste no conforme o si el documento tiene errores de cálculo evidentes. Si firmaste sin ninguna salvedad y el finiquito incluye la cláusula de saldo y finiquito, la reclamación es más difícil, aunque no imposible cuando faltan conceptos que la ley reconoce.
¿Se cobra finiquito en una baja voluntaria?
Sí. El finiquito no depende de la causa de la extinción. En una baja voluntaria no hay indemnización, pero sí se cobran los días trabajados del mes, la parte proporcional de las pagas extra y las vacaciones no disfrutadas.
¿El finiquito lleva retención de IRPF?
Sí. Los conceptos salariales del finiquito tributan como el resto del salario y llevan retención. La indemnización por despido está exenta hasta el límite legal, salvo que se pacte fuera de los casos que la ley reconoce.