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La DGT cambia las normas de circulación el 1 de octubre: estos son los 16 cambios que te pueden costar 200 euros de multa

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Actualizado el Tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial

Si vas en moto sin guantes, sacas el patinete sin casco o adelantas a un ciclista pisando el acelerador, a partir del 1 de octubre te juegas 200 euros de multa por cada cosa. El Real Decreto 518/2026 reescribe 16 puntos del Reglamento General de Circulación, del más elemental (los guantes) al más raro de ver (el carril de emergencia con nieve), y entra en vigor ese día entero, sin excepciones para quien no se haya enterado. Esto es lo que cambia según cómo te muevas por la carretera.

Si vas en moto o en ciclomotor

Es el colectivo al que más cambios le tocan, porque su siniestralidad está muy por encima de la media y la norma lo dice sin rodeos.

  1. Guantes de protección en vías interurbanas. Obligatorios para conductor y pasajero de motocicletas y ciclomotores. En ciudad no. Hasta que Interior apruebe la orden con las especificaciones técnicas, valen los guantes de las mismas características que se usan hoy.
  2. Calzado cerrado en todo tipo de vías. Que cubra todo el pie. Se acabó ir en moto con sandalias o chanclas, también en trayectos urbanos.
  3. Casco homologado en ciclomotor. Hasta ahora bastaba con uno certificado. Hay un año de margen, hasta el 1 de octubre de 2027, para cambiarlo.
  4. Arcén en los atascos, pero solo donde esté habilitado. Las motos podrán circular por el arcén derecho en autopistas y autovías cuando el tráfico esté detenido por congestión, únicamente en los tramos acordados entre el titular de la vía y la DGT. No es un permiso general: si el tramo no está habilitado, no se puede.
  5. Chaleco reflectante para quien trabaja con el vehículo. Repartidores y demás profesionales que circulen en moto, ciclomotor, bicicleta o patinete deberán llevar chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías.

Los vehículos de este grupo que tengan estructura de autoprotección y cinturones (algunos ciclomotores de tres o cuatro ruedas) quedan exentos del casco, los guantes y el calzado, a cambio de usar el cinturón.

Si conduces un coche

Aquí los cambios van sobre cómo tratas a los que son más vulnerables que tú y sobre qué hacer en autopista cuando algo va mal.

  1. Adelantar a un ciclista: 20 km/h menos y 1,5 metros. Fuera de poblado, antes de empezar la maniobra y durante toda ella, hay que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. La separación lateral mínima sigue siendo de 1,5 metros, y si la calzada tiene más de un carril por sentido, el cambio de carril tiene que ser completo. La misma regla de velocidad vale al adelantar a peatones, ciclomotores y patinetes.
  2. Cinco metros detrás de un ciclista. En el mismo carril, la separación mínima con la bici que va delante pasa a ser de cinco metros.
  3. Nieve en autopista: carril derecho y prohibido adelantar. Cuando la nieve dificulte la circulación, hay que ir por el carril de la derecha (en tramos de tres o más carriles, también por el contiguo) y dejar los de la izquierda libres para emergencias y quitanieves. Tampoco se puede adelantar a la quitanieves.
  4. Carril de emergencia en las retenciones. Cuando el tráfico va a paso de peatón o se detiene en autopista o autovía, los coches deben orillarse para dejar un pasillo: en vías de dos carriles, en el centro. En vías de tres o más, entre el carril de la izquierda y el contiguo.

Si el adelantamiento se te complica en una vía con un solo carril por sentido, la maniobra correcta es ocupar parte o la totalidad del carril contrario guardando ese metro y medio, nunca apurar sin cambiar de posición.

Si vas en bicicleta

La norma reconoce a la bici como vehículo con todas las consecuencias: circula por la calzada, por el centro del carril, y con casco en más situaciones que hasta ahora.

  1. Casco obligatorio para los menores de 16 años en todas las vías, y para los adultos en vías interurbanas. Quien trabaje circulando en bici (reparto, mensajería) lo lleva también en ciudad y en travesías. Se suprimen las exenciones anteriores. Cuándo tocaba llevarlo hasta ahora lo tienes en el uso del casco de bicicleta.
  2. Por el centro del carril. Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril siempre que su seguridad y la de los demás lo permitan, y podrán rebasar a los coches por la derecha o por la izquierda para llegar a la zona de espera adelantada de un semáforo.
  3. En contrasentido por calles de 30. En vías urbanas de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, el ayuntamiento podrá permitir, con señal, que las bicis circulen en los dos sentidos.
  4. Luz o reflectante visible a 150 metros entre el ocaso y la salida del sol, o con mala visibilidad, en vía interurbana. Los niños de hasta 12 años podrán ir por la acera solo si la ordenanza lo permite y van con un adulto a pie. Cómo llevarlos con seguridad lo explicamos en llevar niños en bicicleta.

Si usas patinete eléctrico

Los vehículos de movilidad personal estrenan un marco estatal propio, con margen para que cada ayuntamiento lo complete por ordenanza.

  1. Edad mínima: 15 años. Por debajo, prohibido conducirlos.
  2. Casco obligatorio, homologado o certificado, bien abrochado.
  3. Prohibido circular por la acera, sin excepciones. Fuera de ciudad solo se permiten en vías ciclistas y en vías cerradas a los vehículos a motor, salvo que una señal lo prohíba. De noche o con mala visibilidad, elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros, y desde el 1 de octubre de 2027 también luz encendida de día.

Lo que ya estaba en vigor sobre velocidad, seguro y dónde se puede circular no cambia, y sigue recogido en la normativa de los patinetes eléctricos.

Otros cambios que conviene conocer

Fuera de las cuatro listas anteriores, la reforma toca tres cosas más con efecto práctico.

  • Autocaravanas. El reglamento regula por primera vez el estacionamiento de autocaravanas y vehículos acondicionados como vivienda. Los permisos necesarios para conducirlas los tienes en el carné para caravanas y autocaravanas.
  • Motos aparcadas en la acera. Los ayuntamientos podrán regular por ordenanza la parada y el estacionamiento de vehículos de dos ruedas sobre aceras y zonas peatonales, siempre que no entorpezcan a los peatones ni a las personas con movilidad reducida.
  • Autobuses a 80 km/h fuera de poblado cuando lleven pasajeros de pie o no tengan cinturones, en cualquier tipo de vía. Se corrige un error de 2018 que limitaba esa velocidad solo a las carreteras convencionales.

Qué multa hay por incumplirlas

El real decreto no crea sanciones nuevas: las fija la Ley de Tráfico. Las infracciones leves se sancionan con hasta 100 euros, las graves con 200 euros y las muy graves con 500 euros. Y las dos que más gente va a tocar son graves:

  • Ir sin guantes en carretera, sin calzado cerrado o sin casco en el patinete. El artículo 76.h de la ley castiga como grave no usar "el casco y demás elementos de protección obligatorios", y desde el 1 de octubre los guantes y el calzado lo son. 200 euros.
  • Adelantar a un ciclista sin frenar 20 km/h o sin el metro y medio, e ir por el carril que no toca con nieve o no dejar el carril de emergencia. El artículo 76.c trata como grave incumplir las normas de adelantamiento y de uso de carriles. 200 euros.

Pago con descuento: las multas de tráfico admiten una reducción del 50% si se pagan dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación. A cambio se renuncia a recurrir. Si prefieres discutirla, el camino es el pliego de descargo.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre las normas que entran en vigor el 1 de octubre.

¿Desde cuándo son obligatorios los guantes en moto?

Desde el 1 de octubre de 2026, y solo en vías interurbanas. En ciudad no son obligatorios. El calzado cerrado, que cubra todo el pie, sí es obligatorio en todo tipo de vías desde esa misma fecha, tanto para el conductor como para el pasajero.

¿A qué edad se puede conducir un patinete eléctrico?

A partir de los 15 años. El Reglamento General de Circulación fija esa edad mínima desde el 1 de octubre de 2026 y además obliga a llevar casco, prohíbe circular por la acera y exige un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros de noche.

¿Cómo hay que adelantar a un ciclista desde el 1 de octubre?

Fuera de poblado, reduciendo la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía antes y durante la maniobra. Además hay que dejar 1,5 metros de separación lateral, y si la calzada tiene más de un carril por sentido, cambiar de carril por completo.

¿Qué pasa si conduzco por el carril izquierdo con nieve en la autopista?

Desde el 1 de octubre es una infracción. Con nieve que dificulte la circulación en autopistas y autovías hay que ir por el carril de la derecha, sin adelantar, y solo en tramos de tres o más carriles se puede usar también el contiguo. Los carriles de la izquierda quedan libres para emergencias y quitanieves.

¿El casco de bici es obligatorio en ciudad?

Para los menores de 16 años, sí, en todo tipo de vías. Para los adultos sigue siendo obligatorio solo en vías interurbanas, salvo que trabajen circulando en bicicleta: los repartidores y demás profesionales deben llevarlo también en vías urbanas y travesías.

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