Saltar al contenido

¿Hasta qué hora se puede hacer ruido? Decibelios permitidos y multas por vecinos, obras y música

PorMaría Gil

Publicado el Actualizado el

Derecho Civil

Poner una lavadora un domingo por la mañana, hacer una reforma en casa o simplemente subir el volumen de la música puede acabar en una denuncia si te pasas de la hora o de los decibelios que marca tu ayuntamiento. La Ley 37/2003, del Ruido, deja en manos de cada municipio fijar el horario exacto, pero la mayoría de las ciudades españolas comparte un patrón muy parecido.

En este artículo te contamos hasta qué hora se puede hacer ruido entre semana y en fin de semana, cuántos decibelios están permitidos según la ciudad, cuánto puede costarte una multa y qué hacer si un vecino no respeta ninguno de estos límites.

¿Hasta qué hora se puede hacer ruido?

Las competencias sobre contaminación acústica son municipales. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido fija el marco general, pero es cada ayuntamiento el que aprueba su propia ordenanza con el horario y los decibelios exactos. Por eso no hay una respuesta única para toda España, aunque casi todos los municipios coinciden en un rango muy parecido.

De lunes a viernes, lo habitual es poder hacer ruido desde las 8 de la mañana hasta las 21 o las 22 horas de la noche. Los sábados, domingos y festivos, en cambio, muchos ayuntamientos retrasan el inicio hasta las 9:00 o las 9:30, precisamente para no interrumpir el descanso de quien duerme hasta más tarde ese día.

El horario también cambia en fechas señaladas. En Nochebuena y Nochevieja es habitual que el ayuntamiento publique un bando ampliando el límite un par de horas, aunque no existe ninguna norma estatal que lo fije igual para todo el país: conviene revisar cada año el bando o la ordenanza de tu localidad antes de esas noches.

Las ordenanzas municipales fijan igualmente el número de decibelios permitidos dentro de la vivienda, que varía según la estancia y el horario, como vemos más abajo.

Horario de obras: cuándo se puede hacer ruido por una reforma

El horario para hacer obras en una vivienda suele ser más estricto que el del ruido general. Lo habitual es poder trabajar de lunes a viernes, usando maquinaria de 8 de la mañana a 20 horas de la tarde, con un tope de 35 decibelios durante el día y 30 en horario nocturno. Muchos ayuntamientos, además, prohíben las obras los domingos y festivos y reducen el horario del sábado.

Si te interesa el detalle día a día, incluido qué pasa el sábado, lo desarrollamos en horario para hacer obras en casa.

Decibelios permitidos: la tabla según la ciudad y el horario

Además del horario, la ordenanza municipal fija cuántos decibelios (dB) puedes generar dentro de tu propia vivienda, ya sea por música, por una fiesta o por cualquier otro aparato, y ese límite baja de forma notable por la noche. Como referencia general, en el dormitorio no se suelen superar los 30 o 35 decibelios durante el día, y el límite ronda los 25 o 30 decibelios por la noche. En el resto de la casa (salón, cocina) el margen suele ser algo mayor.

Estos valores parten del Real Decreto 1367/2007, que desarrolla la Ley del Ruido y fija los objetivos de calidad acústica en el interior de las viviendas cuando el ayuntamiento no ha aprobado unos límites propios más estrictos.

Esta es la tabla de decibelios permitidos en varias ciudades españolas, comparando el dormitorio con el resto de la vivienda:

Interior dormitoriosResto de estancias
Día y tardeNocheDía y tardeNoche
Andalucía40304535
Barcelona30253530
Bilbao35253525
Madrid30253530
Valencia40304535
Zaragoza40274530

Estos valores pueden cambiar si el ayuntamiento actualiza su ordenanza, así que conviene comprobar la vigente en tu localidad antes de una denuncia o de instalar un sonómetro.

Multa por hacer ruido en casa

No respetar el horario o los decibelios permitidos puede acarrear una sanción económica, y la cuantía depende de la gravedad de la infracción. La Ley 37/2003 clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, y es el ayuntamiento quien tramita la sanción según su propia ordenanza.

Una infracción leve, por ejemplo hacer ruido puntual fuera de horario sin superar mucho el límite, puede suponer una multa de hasta 600 euros. Si el exceso es mayor o se repite, la infracción pasa a grave, con multas de entre 601 y 12.000 euros.

Y en los casos más extremos, como hacer obras en horario nocturno de forma reiterada o provocar un perjuicio real para la salud de los vecinos, la infracción se considera muy grave, con sanciones de entre 12.001 y 300.000 euros.

¿Qué hacer si hay un vecino ruidoso que molesta?

Si el ruido no viene de la calle sino de un vecino que molesta de forma habitual, conviene agotar la vía de la comunidad antes de pensar en denunciar. Preguntamos a un especialista en comunidades de vecinos, que nos indicó que nunca debemos tomarnos la justicia por nuestra mano y recomienda seguir estos pasos:

1. Ante un vecino que causa ruidos por encima de los niveles permitidos en cada horario, son varias las acciones que se pueden realizar. Por supuesto, lo primero debe ser siempre hablar con esa persona para pedirle que deje de hacer ruido incumpliendo lo establecido.

2. Pero si esto no da resultado, lo siguiente que se puede hacer es hablar con el presidente de la comunidad para que a su vez hable con ese vecino y le invite a dejar de hacer ruidos molestos. El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que el presidente de la comunidad puede requerir a un vecino que cese de forma inmediata en las actividades prohibidas que esté realizando, sea por su propia iniciativa o porque se lo pida alguno de los propietarios.

3. Si esto tampoco funcionara, habría que acudir a la Comisaría de Policía o al Cuartel de la Guardia Civil para poner los hechos en su conocimiento. Así además se puede probar que se están superando los niveles máximos permitidos de ruido, si esto tampoco sirviera.

4. De ser así, lo siguiente sería interponer una demanda, para lo cual es necesario que el presidente de la comunidad convoque una junta extraordinaria con el objeto de autorizar que se presente esa demanda contra el vecino que está superando los niveles permitidos de ruido.

5. En caso de que la sentencia sea estimatoria, el vecino no solo tendría que cesar de forma inmediata en su actividad, sino que podría tener que pagar una indemnización por daños, y se le podría privar de utilizar la vivienda por un tiempo de hasta tres años. Si se trata de una vivienda de alquiler, el contrato quedaría rescindido.

6. En aquellos casos en los que no se haya puesto una denuncia ante la Policía o la Guardia Civil, será necesario pedirle a un perito que mida los decibelios que ha alcanzado el vecino ruidoso, para poder presentar una prueba en el juzgado.

Preguntas frecuentes sobre el horario y el ruido

Las dudas que más nos preguntan sobre los horarios y los decibelios permitidos.

¿Se puede hacer ruido los sábados, domingos y festivos?

Sí, pero el horario suele empezar más tarde que entre semana. Muchos ayuntamientos retrasan el inicio hasta las 9:00 o las 9:30 los fines de semana y festivos, y mantienen el mismo límite de decibelios que el resto de días.

¿Hay un horario especial en Nochebuena y Nochevieja?

En muchos municipios sí, mediante un bando que amplía el horario esas noches en concreto. No existe una norma estatal que lo fije igual para toda España, así que conviene consultar el bando o la ordenanza de tu ayuntamiento cada año.

¿Puedo llamar a la policía si un vecino hace ruido de noche?

Sí. La Policía Local o la Guardia Civil pueden acudir a comprobar el ruido, aunque solo con un sonómetro homologado quedará constancia oficial del nivel exacto de cara a una posible denuncia.

¿Se pueden hacer obras un sábado?

Depende del ayuntamiento. Muchos permiten trabajar con un horario reducido los sábados y prohíben las obras los domingos y festivos, así que conviene comprobar la ordenanza municipal antes de empezar.

¿Puedo denunciar a un vecino aunque no llegue a superar los decibelios permitidos?

Sí. El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal permite actuar contra actividades molestas para los vecinos aunque no se haya medido con un sonómetro, siempre que la molestia se pueda probar por otros medios.

Artículos relacionados