Diferencias entre Discapacidad e Incapacidad

Aunque la discapacidad y la incapacidad son dos términos que en el día a día se pueden utilizar de forma indistinta, lo cierto es que se trata de un error, ya que ambos son conceptos que se refieren a realidades distintas. Te explicamos cuáles son las diferencias entre la discapacidad y la incapacidad, para que sepas en qué casos corresponde aludir a cada una de estas situaciones.

Relacionado: Cómo cobrar la pensión por discapacidad

¿Cuáles son las diferencias entre discapacidad e incapacidad?

La incapacidad es un concepto que se utiliza en el ámbito laboral, y que se refiere al caso en el que un trabajador no cuenta con la capacidad necesaria para desarrollar un trabajo. En cambio la discapacidad es un término más extenso, que hace alusión no solo a la capacidad de la persona en el plano laboral, sino en su vida personal.

Partiendo de esa diferencia de base entre incapacidad y discapacidad, ambos conceptos se distinguen también por su forma de medirlos. Así pues, la incapacidad se expresa en grados, puede ser temporal o permanente (y dentro de esta última, parcial, total, absoluta o gran invalidez). Pero el nivel de discapacidad que presenta un individuo se establece a través de un porcentaje.

Discapacidad: ¿qué debes saber?

Una discapacidad es una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, que se prevé que sea permanente y que dificulta la participación normal de una persona en la sociedad en las mismas condiciones que el resto de las personas.

¿Quién puede ser valorado con discapacidad?

Todas aquellas personas que reúnan los requisitos establecidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) pueden solicitar que se le reconozca su grado de discapacidad. A diferencia de lo que ocurre con la incapacidad, este no es un derecho que se circunscriba solo a las personas que tienen un trabajo remunerado.

Tipos de discapacidad

Según las capacidades a las que afecte, la discapacidad puede ser física, intelectual, mental o sensorial. Por otra parte, la discapacidad se expresa a través de porcentajes, según la afectación y el alcance de la misma.

Los criterios que se aplican para establecer el nivel de discapacidad están fijados en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

Cómo se reconoce la discapacidad

El IMSERSO o bien el órgano correspondiente de la comunidad autónoma (si esta tiene transferidas estas competencias) emite el certificado de discapacidad. Cuando se impugna la valoración llevada a cabo por cualquiera de estos organismos, el juez competente dicta sentencia, y esta tendrá el reconocimiento de la discapacidad que en su caso corresponda al trabajador.

Incapacidad: ¿qué debes saber?

Una incapacidad es aquella situación en la que un trabajador está impedido para desarrollar su actividad laboral, y recibe o ha recibido asistencia sanitaria de la Seguridad Social. La incapacidad puede deberse a una enfermedad o a un accidente.

¿Quién puede ser valorado con incapacidad?

Todos los trabajadores inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social, o en alguno de los regímenes especiales de la misma, y que cumplen los requisitos previstos, pueden ser declarados en situación de incapacidad. Este reconocimiento da derecho a una prestación económica.

Tipos de incapacidad

Por un una parte, la incapacidad se puede deber a una enfermedad, sea común o laboral, o bien a un accidente, que también puede producirse dentro o fuera del trabajo.

Y por otro lado, según el tiempo que el trabajador se encuentre limitado para desarrollar su labor profesional, la incapacidad puede ser:

Incapacidad temporal

Cuando se reconoce la incapacidad temporal a un trabajador, este no puede trabajar, y debe estar recibiendo asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social. Si la baja se debe a una enfermedad común, debe haber cotizado al menos 180 días durante los 5 años anteriores para tener una prestación.

A partir del día 4 y hasta el día 20 de la baja, el trabajador cobrará el 60% de su base de cotización habitual. A partir del día 20, cobrará el 75% de la misma.

Incapacidad permanente

El INSS declara la incapacidad permanente cuando estima que el impedimento por el cual el trabajador no puede desarrollar su trabajo le afecta de manera definitiva.

Existen a su vez cuatro grados de incapacidad permanente:

  • Incapacidad permanente parcial: corresponde declararla cuando el trabajador tiene reducido en un 33% su rendimiento normal en el trabajo, pero puede realizar la tareas fundamentales del mismo. Al trabajador le corresponde el cobro de una indemnización.
  • Incapacidad permanente total: se declara si el trabajador no puede continuar con su trabajo habitual, o con las tareas fundamentales que debería realizar en el mismo. En este caso corresponde una pensión o una indemnización para comenzar una actividad.
  • Incapacidad permanente absoluta: es la que se declara cuando el trabajador no puede realizar ningún tipo de actividad laboral, correspondiéndole una pensión por ello.
  • Gran invalidez: será declarada en aquellos casos en los que el trabajador no solo no puede dedicarse a oficio alguno, sino que necesita ser asistido por otra personas para las actividades cotidianas básicas como comer, desplazarse, vestirse, etc. Se recibe una prestación y un complemento para pagar a la persona que se dedica a la asistencia de la persona declarada en gran invalidez.

Cómo se reconoce la incapacidad

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de reconocer la incapacidad de los trabajadores, y la prestación económica que en cada caso corresponda.

María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.