Si has solicitado que te concedan la nacionalidad española, es posible que al consultar tu expediente, te lo hayas encontrado como pendiente de respuesta de informes preceptivos solicitados. Y en ese caso, probablemente te preguntes qué significado tiene esta fase. Si quieres información al respecto, a continuación vamos a explicarte todo lo que necesitas saber.
¿Qué son los informes preceptivos al pedir la nacionalidad?
Cuando una persona pide la nacionalidad española, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGRN), dependiente del Ministerio de Justicia, solicita unos documentos que acreditan que se cumplen con los requisitos establecidos.
Es decir, la DGRN debe comprobar que no existe causa alguna para denegar la nacionalidad española. Y para ello, tiene que solicitar diversa información a distintos organismos, como son la Seguridad Social, el Ministerio del Interior, la Dirección General de la Policía, etc.
Y a su vez, estas instituciones tienen que aportar aquella información que resulte necesaria para dictar una resolución concediendo la nacionalidad española, o bien denegándola en caso de que existe alguna causa para ello.
Pues bien, a partir de toda la información recabada se generan unos documentos que son los informes preceptivos.
¿Qué datos y documentos verifican en el informe preceptivo?
Entre la información que se comprueba a través de los informes preceptivos se encuentra la siguiente:
- Antecedentes penales y policiales. Si se ha sufrido alguna detención, habrá que comprobar de qué tipo es. También es necesario saber si se cuenta con antecedentes penales, para después ver si es posible cancelarlos o no.
- Si existe alguna causa para denegar la concesión de la nacionalidad española por razones de seguridad nacional. Por ejemplo, se comprobaría si se guarda alguna clase de relación con una banda terrorista.
- Con qué tipo de tarjeta de residencia se ha estado residiendo en España.
- Cuánto tiempo se lleva viviendo en España. Para optar a la nacionalidad española por la vía de la residencia es necesario llevar 10 años en este país. Hay algunos casos concretos en los que el plazo se reduce: por ejemplo, a un año en caso de haberse casado con un español.
- Ausencias. Se comprobará igualmente si se ha estado fuera de España más tiempo del permitido. Para conseguir la nacionalidad española, no se puede estar más de 6 meses fuera si se va a pedir la ciudadanía por llevar residiendo 10 años en España, ni 3 meses en los otros casos en los que el plazo es más corto.
Estos son algunos de los principales datos que se miran, si bien se pueden hacer otras comprobaciones.
¿Qué es la fase pendiente de respuesta del informe preceptivo?
Cuando se inicia el proceso de solicitud de la nacionalidad española, se abre un expediente que pasa por distintas fases, y que se puede consultar. Y una de las fases en las que se puede encontrar el proceso es la de pendiente de respuesta de informes preceptivos solicitados.
Si el solicitante no sabe qué significa esto, puede inquietarse. Sin embargo no hay motivo para ello, ya que esta es la fase por la que aparece el expediente desde que la DGRN solicita los datos de los que hablábamos antes a los demás organismos, hasta que la información es clasificada en los informes preceptivos y enviada al DGRN.
Así pues, todos los expedientes de nacionalidad pasan por la fase de respuesta del informe preceptivo, y no hay razón alguna para alarmarse. Siempre que se sepa que se cumplen los requisitos establecidos para optar a la nacionalidad española, se puede esperar que el expediente pase a la siguiente fase de manera exitosa y no haya problema alguno.
¿Cuánto tarda la fase pendiente de respuesta?
El tiempo que dura esta fase depende de distintas cuestiones. Pero generalizando un poco, lo normal es que el expediente esté pendiente de informes preceptivos no más de 4 meses. Y al menos estaría así un mes.
Lo cierto es que la fase de pendiente de informes preceptivos es de las más duraderas por las que pasa el expediente. Pero su duración concreta irá en función del volumen de expedientes que se maneje en esos momentos, principalmente.
No obstante, también podemos decir que los expedientes de personas que proceden de países iberoamericanos suelen ir más rápido.
¿Se puede hacer algo para agilizar esta fase?
Muchas personas que solicitan la nacionalidad española, y se encuentran su expediente en pendiente de informes preceptivos, se preguntan si pueden hacer algo para que el proceso sea más ágil y llegue antes a la siguiente fase.
Bien, pues lo cierto es que no, no se puede hacer nada, tan solo consultar el expediente de extranjería cada cierto tiempo y esperar a que el DGRN reciba los informes preceptivos y el expediente siga avanzando. Una cuestión distinta es que en función del resultado de los informes que se reciban en esta fase, haya que llevar a cabo algún tipo de acción.
Pero eso sería posteriormente. En la fase de pendiente de informes preceptivos, no se puede hacer nada más que esperar a que llegue la información y el expediente cambie de fase solo.
¿Qué ocurre cuando finaliza la fase pendiente de respuesta?
Cuando se recibe toda la información requerida a los distintos organismos que vimos antes, el expediente tiene que cambiar de fase. Y a partir de aquí, hay dos opciones:
- Que aparezca como expediente completo de informes, lo cual significa que se han recibido todos los documentos solicitados.
- Que la información entre en fase de estudio, lo que quiere decir que se analizarán todos los datos recibidos. Esto es lo que suele suceder en la mayor parte de los expedientes.
Ahora bien, existe la posibilidad de que llegado este punto, el solicitante tenga que dar algún paso. Si por ejemplo cuenta con una condena penal, el Ministerio de Justicia hará un requerimiento para instar a que se cancelen los antecedentes penales. Y si esto no fuera posible, la concesión de la nacionalidad sería denegada.