Comprar un piso, abrir una cuenta en un banco español, aceptar una herencia o firmar un contrato: cualquiera de esas cosas exige un NIE, y quien no lo tiene se queda parado hasta que la Policía se lo asigna. El trámite se llama asignación de NIE a instancia del interesado, se pide con el formulario EX-15 en una comisaría o en un consulado, cuesta 9,84 euros de tasa y la ley obliga a resolverlo en cinco días. Esto es lo que hay que llevar y dónde.
Un número, no un permiso
El Número de Identidad de Extranjero es un identificador personal, único y para toda la vida que la Dirección General de la Policía asigna a cualquier extranjero que se relacione con España. Lo regula el artículo 205 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024). Empieza por una letra, sigue con siete cifras y termina con otra letra, y es el número que aparece después en todos los documentos de esa persona, desde la tarjeta de residencia hasta la declaración de la renta.
Tener NIE no da derecho a residir ni a trabajar en España. Es solo el número. La tarjeta física que acredita una residencia legal es otra cosa, la TIE, y el certificado de registro de los ciudadanos de la Unión Europea, el llamado NIE verde, también. Las diferencias están explicadas en TIE y NIE, cuál necesita cada uno y en NIE normal, verde y blanco.
Quién tiene que pedirlo y quién lo recibe solo
Quien inicia un trámite de residencia o de estancia, o a quien la Administración le abre un expediente de extranjería, recibe el NIE de oficio, sin pedirlo, dentro de ese mismo procedimiento. La solicitud a instancia del interesado es para el resto: personas que no van a residir en España pero necesitan el número por intereses económicos, profesionales o sociales. Los casos típicos:
- Comprar o vender una vivienda, un terreno o un coche en España.
- Abrir una cuenta bancaria, pedir una hipoteca o invertir.
- Constituir una sociedad o ser administrador de una empresa española.
- Aceptar una herencia o una donación, o pagar impuestos aquí.
- Matricularse en un centro de estudios o firmar un contrato de suministro.
El Reglamento pone dos condiciones para concederlo por esta vía: no encontrarse en España en situación irregular y explicar el motivo por el que se pide. Una solicitud sin motivo, o con un motivo genérico, se deniega.
Ciudadanos de la UE que se quedan: si vas a vivir en España más de tres meses, lo que te toca no es este trámite sino el certificado de registro de ciudadano de la Unión, que ya incluye el NIE. Está explicado en cómo solicitar el CUE o NIE verde.
Documentos: el EX-15 y la prueba del motivo
La carpeta que hay que presentar es corta, y lo que más solicitudes tumba es el último punto, la justificación:
- Formulario EX-15, por duplicado, relleno y firmado. Se descarga de la web del Ministerio de Inclusión. En el apartado de datos del documento se deja el campo del NIE en blanco (todavía no existe) y se marca la casilla de asignación de NIE.
- Pasaporte en vigor, original y copia completa. Los ciudadanos de la Unión pueden presentar el documento de identidad de su país.
- Documento que acredite el motivo: un contrato de arras o de compraventa, una carta del banco, el contrato de trabajo o la oferta, la escritura de constitución de la sociedad, la documentación de la herencia. Cuanto más concreto, mejor.
- Justificante de la tasa 790 código 012, con el concepto de asignación de NIE a instancia del interesado. Son 9,84 euros, según la Orden PJC/617/2025, y se paga en un banco o en línea antes de la cita. El paso a paso está en cómo pagar la tasa 790 código 012.
Si el solicitante está en España, el pasaporte tiene que llevar el sello de entrada o, en su defecto, hay que acreditar que la estancia es legal (por ejemplo, el billete y la declaración de entrada). Es la forma de demostrar que no se está en situación irregular.
Dónde se presenta si estás en España
La solicitud se entrega en persona en la Oficina de Extranjería de la provincia o en una comisaría de la Policía Nacional con servicio de extranjería. Siempre con cita previa, que se pide en la sede electrónica de las Administraciones Públicas eligiendo la provincia y el trámite de asignación de NIE. Las citas se agotan rápido en Madrid, Barcelona, Málaga y Alicante: se liberan a primera hora y por tandas, así que hay que insistir varios días.
Se puede acudir por medio de un representante, por ejemplo un abogado o un gestor, siempre que lleve un poder en el que conste de forma expresa la facultad de presentar esta solicitud. Es la salida habitual para quien compra una casa desde fuera y no quiere viajar solo para el NIE.
Desde el extranjero: el consulado
Quien no está en España lo pide en la Oficina Consular española de su país de residencia, que remite la solicitud a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Los documentos son los mismos (EX-15, pasaporte, justificación del motivo y tasa), aunque cada consulado tiene su propio sistema de cita y algunos exigen que la tasa se pague allí en moneda local. El certificado de asignación se recoge en el mismo consulado o llega por correo electrónico, según la oficina.
Cinco días de plazo y un papel blanco
El Reglamento fija un plazo máximo de cinco días desde que la solicitud entra en el registro para resolver y notificar. Si pasan sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio, aunque en la práctica muchas comisarías entregan el número en el acto y otras citan para recogerlo una o dos semanas después. Si te dijeron que volvieras, en cómo saber si el NIE está listo se explica cómo comprobarlo sin ir en balde.
Lo que se recibe es una resolución de asignación de NIE: una hoja en papel, sin foto, con el número y los datos del titular. Es el documento que en la calle se conoce como NIE blanco. No lleva fecha de caducidad, porque el número es permanente, pero muchos bancos y notarías piden que la resolución tenga menos de tres meses. Si la pierdes, no se pide un NIE nuevo: se solicita un duplicado o un certificado con el mismo número.
Preguntas frecuentes
Las dudas que más se repiten al pedir el NIE por primera vez.
¿El NIE caduca?
No. El número es único y permanente. Lo que caduca es la tarjeta o el certificado que lo acredita: la TIE de un residente tiene su fecha de validez, pero el NIE que figura en ella no cambia al renovarla.
¿Puedo trabajar en España solo con el NIE?
No. El NIE es un número de identificación, no una autorización de residencia ni de trabajo. Para trabajar hace falta una autorización de residencia y trabajo, o ser ciudadano de la Unión Europea con el certificado de registro.
¿Qué diferencia hay entre el formulario EX-15 y el EX-17?
El EX-15 sirve para pedir la asignación del NIE y los certificados de residente y no residente. El EX-17 es la solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), que se usa cuando ya se tiene concedida una autorización de residencia.
¿Puedo pedir el NIE por Internet?
La asignación de NIE a instancia del interesado se presenta en persona, en una comisaría, una oficina de extranjería o un consulado, o por medio de un representante con poder. Lo que sí se hace en línea es pedir la cita previa y pagar la tasa.
¿Cuánto cuesta sacar el NIE?
La tasa 790 código 012 por asignación de NIE a instancia del interesado cuesta 9,84 euros. Se paga antes de la cita, en un banco con el impreso o por Internet, y el justificante se entrega con la solicitud.






