¿Se puede pedir una incapacidad sin estar trabajando?

Según la ley española, es posible solicitar una incapacidad sin estar trabajando. La incapacidad se refiere a la situación en la cual una persona se encuentra sin condiciones para realizar sus actividades laborales, debido a una situación médica o de salud. Puede ser temporal o permanente, y no está vinculada necesariamente a la situación laboral actual del individuo.

Existen diferentes tipos de incapacidades que pueden ser solicitadas, como la incapacidad laboral temporal (ILT) o la incapacidad permanente (IP).

En el caso de la ILT, se solicita por una persona que haya dejado de trabajar recientemente debido a una enfermedad o lesión que le impida desempeñar sus labores habituales. En cuanto a la IP, se concede cuando una persona presenta una discapacidad que le impide trabajar de forma permanente.

¿Cuándo se puede solicitar la incapacidad sin estar trabajando?

En España, se puede solicitar la incapacidad sin estar trabajando en determinadas circunstancias, a estos supuestos se le conoce como situación “asimilada al alta”. Uno de los requisitos más importantes es no haberse jubilado. Dichas situaciones podrían ser:

  • Estar desempleado: tanto si se está inscrito como demandante de empleo y se renueva la demanda periódicamente, como si se está cobrando la prestación por desempleo.
  • Estar de baja médica: tanto en el caso de trabajadores por cuenta ajena como de trabajadores autónomos.
  • Período de cierre patronal o huelga: durante el tiempo en que la empresa se encuentra cerrada o en caso de estar participando en una huelga.
  • Trabajadores fijos discontinuos no llamados para la nueva temporada: si se es un trabajador con contrato fijo discontinuo y no se ha sido convocado para comenzar una nueva temporada.
  • Vacaciones retribuidas no disfrutadas: cuando se tienen vacaciones pendientes de disfrutar y no se han podido tomar por alguna razón.
  • Retorno de trabajador emigrante: si un trabajador regresa de trabajar en el extranjero y no está percibiendo una prestación por desempleo en ese país.
  • Enviado al extranjero por la empresa: cuando una empresa envía a un trabajador a laborar en el extranjero y este regresa.
  • Cese de actividad de autónomos: en el plazo de los 90 días siguientes al cese de actividad de un trabajador autónomo.
  • Excedencias forzosas o voluntarias por cuidado de hijos o familiares: en ciertos supuestos de excedencias, ya sean forzosas o voluntarias, por motivo de cuidado de hijos o familiares.

Es importante tener en cuenta que estos supuestos asimilados al alta pueden variar y es fundamental consultar la normativa vigente y ponerse en contacto con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Se trata de obtener información precisa y actualizada sobre los requisitos y procedimientos específicos en cada caso.

¿Qué significa estar en situación de asimilada al alta?

Estar en situación de asimilada al alta significa que, a pesar de no estar trabajando en la práctica en un empleo remunerado, se considera que la persona se encuentra en una situación equiparada al alta en la Seguridad Social. Es decir, se le otorga un estatus similar al de una persona que está en activo y cotizando a través de un empleo.

Cuando una persona se encuentra en una situación asimilada al alta, se le permite acceder a ciertos beneficios y derechos, como la posibilidad de solicitar prestaciones por incapacidad permanente, entre otros.

Estas situaciones asimiladas al alta se establecen para ofrecer protección a personas que, por diversas circunstancias, no se encuentran trabajando activamente pero aún necesitan acceder a los beneficios del sistema de seguridad social.

¿Qué pasa si no estoy en paro, ni jubilado, ni trabajando?

Si no se está en situación de desempleo, jubilación ni trabajando activamente, y no se encuentra en ninguna de las situaciones asimiladas al alta mencionadas previamente, es posible que no se cumpla con los requisitos para solicitar la incapacidad en España.

También hay que saber que se puede estar en una situación sin estar de alta en la Seguridad Social en España, y el acceso a la incapacidad permanente se ve considerablemente limitado. En este escenario, se aplican las siguientes consideraciones en relación a los grados de incapacidad:

  • Incapacidad Permanente Parcial o Total: sin estar dado de alta, no es posible ser beneficiario de una incapacidad permanente parcial ni de una incapacidad total por enfermedad común o accidente no laboral. Únicamente en casos excepcionales y muy específicos un juez podría dictaminar lo contrario.
  • Incapacidad Absoluta o Gran Invalidez: en el caso de encontrarse en una situación de «no alta», solo se podría acceder a una incapacidad absoluta o gran invalidez (también por enfermedad común o accidente no laboral) si se pueden acreditar al menos 15 años de cotización, tres de los cuales deben haber sido dentro de los últimos diez años. Además, se deben cumplir los demás requisitos técnicos y médicos establecidos.

Es importante tener en cuenta que esta información está sujeta a cambios y puede variar según la legislación vigente y las circunstancias individuales de cada caso.

Ante una situación de «no alta» y la necesidad de información específica sobre la incapacidad permanente, se recomienda consultar a un profesional especializado, como un abogado o asesor legal, quien podrá ofrecer asesoramiento personalizado en base a la situación y los requisitos legales actuales.

Paco María García

Es licenciado en Derecho, abogado, tiene máster en empresas, inversiones y finanzas. Además, es técnico especializado en Marketing, redactor jurídico y escritor. Lleva diez años colaborando con todo tipo de proyectos en Internet, tanto en la redacción como en la edición, revisión y optimización de textos, lanzamiento de páginas Webs, diarios y revistas digitales, campañas de marketing y publicidad, entre otros. Redes sociales: Linkedin.