Saltar al contenido

Error de tipo y error de prohibición: definición, diferencias y ejemplos

PorMaría Gil

Publicado el Actualizado el

Penal, delitos y denuncias

Un cazador que dispara a una persona pensando que es un animal no comete el mismo delito, ante la ley, que alguien que sabe perfectamente lo que hace pero cree (equivocadamente) que está permitido. El primer caso es un error de tipo, y el segundo, un error de prohibición: dos figuras del Código Penal que pueden dejar al autor sin responsabilidad penal o reducirle la pena, según lo que de verdad desconociera.

Diferencia entre el error de tipo y el de prohibición

La diferencia principal entre ambos casos radica en que, en el error de tipo, el sujeto actúa sin conocimiento de lo que realmente está pasando, es decir, comete un delito o un acto ilegal pensando que estaba haciendo otra cosa diferente y que era legal, mientras que, en el error de prohibición, el sujeto es consciente de lo que está haciendo, pero piensa que es legal.

¿Qué es el error de tipo?

El error de tipo está regulado en el artículo 14.1 del Código Penal. Se da cuando el autor obra sin saber los elementos del tipo objetivo, ya sea sobre los hechos constitutivos de la infracción o sobre las circunstancias agravantes.

Por tanto, el error de tipo excluye el dolo al haber desconocimiento sobre alguno de los hechos que integran el delito. Dicho de otra manera más simple, se considerará error de tipo si el sujeto obra sin saber lo que está haciendo. Lo que excluye es la tipicidad dolosa: si el error era evitable, la conducta puede seguir castigándose como imprudente.

Ejemplo de error de tipo: un cazador dispara a una persona pensando que era un animal.

Error de tipo invencible y vencible

El error de tipo invencible es aquel que, atendiendo a las circunstancias personales y del hecho, no se podría haber evitado. Conlleva la exclusión de la responsabilidad penal por el delito doloso. Por el contrario, si el error sobre los elementos del tipo hubiera sido vencible (es decir, si se hubiera podido evitar), la infracción sería castigada como imprudente, siempre que el Código Penal contemple esa modalidad imprudente para ese delito en concreto.

Ejemplo

Si seguimos con el ejemplo del cazador, sería un error de tipo invencible si el cazador tiene apenas dieciocho años y poca experiencia (es un principiante), de forma que se puede entender que no haya sabido diferenciar a un animal de una persona en determinadas circunstancias (si estaba oscuro o si arbustos, plantas o árboles le impedían la buena visibilidad). Por el contrario, sería vencible si el cazador suele llevar a cabo esta práctica de manera habitual y cuenta con años de experiencia.

¿Qué es el error de prohibición?

El error de prohibición está regulado en el artículo 14.3 del Código Penal. Se da cuando el autor obra pensando que lo que está haciendo es legal, cuando en verdad, dicho acto está regulado en el Código Penal con su pena correspondiente. A diferencia del error de tipo, aquí el sujeto sabe perfectamente qué hechos está realizando: lo que le falta es la conciencia de que esos hechos están prohibidos. Por eso el error de prohibición no afecta a la tipicidad, sino a la culpabilidad: al reproche personal que se le puede hacer al autor por lo que hizo.

Error de prohibición directo e indirecto

  • En el error de prohibición directo, el sujeto desconoce la prohibición y actúa pensando que lo que está haciendo es legal. Un ejemplo de este caso sería una persona extranjera que masca coca pensando que en España es legal porque en su cultura lo es, pero en realidad aquí no está permitido.
  • En el error de prohibición indirecto, el sujeto actúa sabiendo que nuestro ordenamiento prohíbe esa conducta, pero piensa que por unas circunstancias determinadas puede realizarla. Un caso muy típico de este error es el de un supuesto de legítima defensa: un sujeto quiere matar a otro, sabiendo que está prohibido, pero cree erróneamente que se dan los requisitos para actuar en legítima defensa.

Error de prohibición vencible e invencible

  • El error de prohibición invencible se da cuando el sujeto no podría haber salvado su error de ningún modo, ni aun actuando con la diligencia debida. Excluye por completo la culpabilidad, así que se queda exento de responsabilidad criminal.
  • El error de prohibición vencible se da cuando se podría haber prestado la debida diligencia y el error se podría haber evitado, por ejemplo, informándose antes de actuar. Como consecuencia, no se excluye la responsabilidad, sino que se reduce la pena en uno o dos grados.

Ejemplo

El caso de una persona extranjera que llega a España y lleva o enseña un arma que en su país es legal. Podría pensar que aquí también está permitido, pero en realidad podría haber podido informarse antes, de modo que no actuó con la diligencia adecuada para enterarse: sería un error de prohibición vencible. Si esa misma persona ha viajado antes a otros países con normas similares a las españolas, el error sería aún más difícil de sostener, hasta el punto de que podría no calificarse como error de prohibición.

Para determinar si un caso es vencible o no, dependerá plenamente de las circunstancias de cada caso.

Otras preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre el error de tipo y el error de prohibición.

¿Qué elemento del delito excluye cada tipo de error?

El error de tipo excluye la tipicidad dolosa (no hay dolo porque el autor desconocía un hecho del delito). El error de prohibición excluye o atenúa la culpabilidad, porque el autor sabía lo que hacía pero no era consciente de que estaba prohibido.

¿Se puede alegar el error de prohibición ante cualquier delito?

Sí, en principio se puede alegar ante cualquier delito, pero los tribunales lo aplican con mucha cautela: la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento como regla general, así que hay que acreditar que ese desconocimiento era razonable dadas las circunstancias concretas del autor.

¿Quién tiene que demostrar el error de tipo o de prohibición?

Corresponde a la defensa alegarlo y aportar indicios razonables de que existió el error, aunque después es el tribunal quien valora, con toda la prueba practicada, si resulta creíble y si era vencible o invencible.

Artículos relacionados