Permiso de paternidad: cómo funciona, duración, requisitos, cuánto se cobra y más preguntas frecuentes

Si acabas de ser padre o te toca en breves, puedes disfrutar del nuevo permiso de paternidad, también conocido como baja por paternidad, que te corresponde como trabajador. Hace tan solo unos años, los padres recibían un permiso de paternidad inferior al de las madres. Sin embargo, desde abril de 2019, una nueva ley explicaba que el proceso de paternidad iría aumentando de manera progresiva en los próximos años.

En el presente artículo, hablaremos sobre el nuevo permiso de paternidad tanto para los trabajadores del Régimen General, como para los autónomos y funcionarios.

Relacionado: Todo sobre la baja por maternidad

¿Qué es el permiso de paternidad?

El permiso de paternidad se pude definir como un subsidio o ayuda por nacimiento de un hijo/a, que se disfruta mediante días libres cesando la actividad y cobrando el sueldo actual (generalmente el 100% de la base reguladora). Corresponde a todo trabajador que reuna los requisitos de los que hablaremos más abajo. Según haya nacido antes o después del 2020, corresponderás más o menos semanas, según establece la ley.

Pueden disfrutar este beneficio todos los trabajadores por cuenta ajena, funcionarios o autónomos.

¿Cuánto se cobra durante la baja paternal?

La retribución de la baja por paternidad se calcula según la nómina del trabajador, ya que siempre se cobrará el 100% de la base reguladora del sueldo. Es la Seguridad Social quien se encarga de realizar el pago del salario, y no la empresa. La retribución que recibirá el trabajador será solamente su sueldo, por tanto, no se incluyen dietas, cheques de restaurante o plus de transporte.

Duración del permiso por paternidad

El 1 de abril de 2019, el permiso de paternidad aumentó a ocho semanas. No obstante, desde el pasado 1 de enero de 2020, el permiso de paternidad ha aumentado a doce semanas. Sin embargo, se espera que, a partir del 2021, el permiso vuelva a aumentar a dieciséis semanas. El objetivo de estos aumentos en el permiso de paternidad es llegar a equiparar los permisos de paternidad y de maternidad, con una retribución del 100% para cada progenitor.

Se trata de un permiso intransferible, esto significa que, si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre y perderá la oportunidad de recibir las semanas restantes de prestación. Sin embargo, las madres sí que podrán ceder cuatro de sus 16 semanas al otro progenitor. Esta equiparación de permisos convertirá a España en el país más avanzado en lo que a prestaciones por paternidad se refiere. No es más que otra medida para favorecer la corresponsabilidad y la igualdad entre hombres y mujeres en el mercado laboral.

Permiso de paternidad de ocho semanas

Si el bebé nace en 2019, el permiso de paternidad durará ocho semanas. Las cuatro primeras semanas serán obligatorias, desde la fecha de parto o desde la decisión administrativa, en caso de adopción o acogimiento. Las cuatro semanas restantes se pueden disfrutar de forma ininterrumpida de forma anterior o sucesiva al descanso de la madre.

Permiso de paternidad de doce semanas

Entró en vigor el pasado 1 de enero de 2020. Si el nacimiento del bebé es anterior a esta fecha, el permiso de paternidad será de ocho semanas y no de doce, independientemente de la fecha en la que se solicite la baja de paternidad. Las cuatro primeras semanas de baja paternal son obligatorias y se comienzan a disfrutar inmediatamente después del parto. Las ocho semanas restantes pueden disfrutarse de forma consecutiva a las cuatro anteriores o en cualquier otro momento, pero durante el primer año de vida del bebé.

Permiso de paternidad de dieciséis semanas

Si el bebé nace de 2021 en adelante, el permiso de paternidad será de dieciséis semanas. Las seis primeras semanas serán obligatorias, desde la fecha de parto o desde la decisión administrativa, en caso de adopción o acogimiento. Las semanas restantes se pueden disfrutar de forma ininterrumpida de forma anterior o sucesiva al descanso de la madre.

Adopción o acogimiento, ¿hay permiso por partenidad?

, en los casos de adopción o acogimiento, cada progenitor dispondrá de un período de suspensión de ocho semanas obligatorios e ininterrumpidas, inmediatamente después de la resolución judicial. Después, podrán disfrutar de otras 20 semanas voluntarias e ininterrumpidas dentro de los doce meses siguientes a la resolución judicial. Cada progenitor podrá disfrutar de manera individual de un máximo de diez semanas, de las 20 semanas totales. Las semanas restantes se las puede ceder a otro progenitor.

¿Cuándo se puede solicitar el permiso de paternidad?

Antiguamente, existía el permiso de nacimiento, que duraba dos días y los pagaba la empresa. Con el nuevo Decreto Ley, ese permiso se elimina y se sustituye por el permiso de paternidad, que lo paga la Seguridad Social y se disfruta desde el mismo día del nacimiento. No se suma al permiso de nacimiento como ocurría antes de la entrada en vigor del nuevo Decreto Ley.

Otra opción o alternativa para disfrutar de la baja por paternidad es pactar con la empresa una jornada reducida, es decir, trabajar a media jornada y disfrutar del permiso durante las tardes, durante un período más largo de tiempo.

El permiso de paternidad en caso de hospitalización del bebé

El Decreto Ley recoge una ampliación del permiso de paternidad si el bebé tiene que permanecer hospitalizado en el hospital tras el nacimiento. Este incremento podría ser de hasta 13 semanas adicionales en caso de hospitalización. Tan solo se puede disfrutar de estas semanas adicionales por hospitalización cuando el neonato se encuentra hospitalizado un mínimo de siete días.

Requisitos para disfrutar del permiso de paternidad

El permiso de paternidad es un derecho del trabajador que podrá disfrutar cualquier empleado por cuenta ajena, funcionarios o autónomos. Sin embargo, para ello, habrá dos requisitos indispensables que habrá que cumplir:

  1. Estar dados de alta en la Seguridad Social.
  2. Haber cotizado un mínimo de 180 días durante los últimos siete años desde el comienzo del permiso, o en su defecto, al menos 360 días a lo largo de toda la vida laboral.

Para los autónomos hay más requisitos, de los cuáles hablaremos más abajo.

¿Cómo solicitar el permiso de paternidad?

En primer lugar, es necesario que la empresa en la que el padre trabaja haga un certificado de baja, por lo tanto, el primer paso es avisar en la empresa. Éste certificado tendrá que especificar el sueldo de la última nómina para que así la Seguridad Social pueda calcular la retribución que le corresponde al trabajador.

En el momento que el bebé nazca, el padre tiene que acudir a cualquier oficina de la Seguridad Social y rellenar el modelo solicitud prestación de paternidad. Además, también tendrá que presentar la documentación que se enumera a continuación:

  • El certificado de nacimiento del bebé.
  • La fotocopia del DNI junto al documento original.
  • El certificado de la empresa.
  • La última nómina.
  • El libro de familia (tanto el original como la copia) o el certificado literal de nacimiento.
  • El número de cuenta en el que se quiere recibir la retribución.
Insistimos en que, aunque la tramitación de la baja paternal se haga en fechas posteriores al 1 de enero de 2020, si el bebé nació antes de esa fecha, al padre no le corresponderán doce semanas, sino ocho. Dicho de otra manera, lo importante es la fecha de nacimiento del bebé y no cuándo se haga la tramitación.

El permiso de paternidad para los autónomos

En el 2020, al igual que el resto de trabajadores, los autónomos y trabajadores por cuenta ajena podrán disfrutar de un permiso de paternidad de 12 semanas. A partir del 2021, el permiso será de dieciséis semanas. A diferencia del resto de trabajadores, los autónomos tendrán que cumplir una serie de requisitos especiales para recibir el permiso de paternidad para autónomos:

  • Estar dado de alta y cotizado en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o RETA en el momento en que se solicita la baja por paternidad.
  • Haber cotizado un mínimo de 180 días en los siete años anteriores a la solicitud del permiso de paternidad, o un mínimo de 360 días durante la vida laboral.
  • No tener deudas con las cuotas de autónomos. Si tienes deudas pendientes, cuentas con un plazo de 20 días para saldarlas.
  • Estar dado de alta en Hacienda.
  • Comunicar el nacimiento, adopción o acogimiento del bebé en la Seguridad Social en plazo máximo de 15 días desde que se produzca.

En el momento en que la solicitud del permiso de paternidad para un autónomo se acepta, uno de los beneficios que recibirá el padre autónomo será una bonificación al 100% de la cuota de autónomos. Durante la duración de la baja paternal, no tendrás que pagar nada (siempre y cuando el descanso paternal disfrutado sea de un mínimo de cuatro semanas).

El autónomo cobrará por el permiso de paternidad lo mismo que en caso de baja por incapacidad temporal por contingencias comunes, es decir, el 100% de la base de cotización. Finalmente, la baja de paternidad quedará exenta de retención de IRPF.

Preguntas frecuentes

Explicación de algunas de las dudas más frecuentes que suelen aparecer en estos temas.

¿Es obligatorio disfrutar del permiso de paternidad?

Es un derecho del trabajador, pero no es del todo obligatorio, aunque sí recomendable. Con el nuevo Decreto Ley es obligatorio disfrutar de las cuatro primeras semanas, de las ocho o doce semanas totales, es decir, mientras dure el 2020; o de las seis primeras semanas, de las dieciséis semanas totales, es decir, a partir del 2021. Esto dependerá de la fecha de nacimiento del bebé.

¿Corresponden más días de permiso de paternidad en caso de parto múltiple?

En la actualidad, cuando el parto ha sido múltiple y/o a partir del segundo hijo, al padre le corresponden dos semanas más de permiso de paternidad. Así sucesivamente, según el número de niños que la madre haya dado a luz.

¿Es distinto el permiso de paternidad para familias numerosos o con hijos discapacitados?

No, el permiso de paternidad tiene las mismas condiciones para aquellos padres de familias numerosas o que tengan a su cargo hijos con discapacidad. También será igual la duración y el cálculo de la retribución de la baja paternal.

¿Existe reserva del puesto de trabajo tras este permiso?

Sí, el trabajador tendrá derecho a la reincorporación al puesto de trabajo, manteniendo las mismas condiciones que tenía, salvo previo acuerdo con la empresa (por ejemplo, si se acuerda una reducción de la jornada) o lo estipulado en el contrato.

¿Hay limitaciones en la edad del hijo o hija adoptado?

Sí. Para poder tener el derecho a la presentación se exige que el adoptado o acogido sea menor de seis años. Sin embargo, también pueden generar derechos a esta prestación los mayores de seis años, pero menores de 18 con discapacidad o que, por circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, acreditadas por los servicios sociales competentes. Se considera que el adoptado o acogido está afectado por discapacidad cuando se acredita un grado igual o superior al 33 %.

¿Los funcionarios tienen los mismos beneficios de esta prestación?

Sí, se trata de una prestación que afecta por igual a todos los trabajadores (Régimen General, funcionarios y autónomos). Todos ellos tienen los mismos derechos, pero no los mismos requisitos, ya que los autónomos tienen ciertas diferencias explicadas en el apartado anterior correspondiente.

¿El permiso de paternidad deja al padre exento de IRPF?

El Ministerio de Hacienda anunció que los padres que cogieron el permiso de paternidad desde el año 2014 hasta el 2017 podrán reclamar la devolución de lo tributado en el IRPF durante la baja paternal.

¿Cómo reclamar el IRPF de paternidad? Se puede hacer vía telemática o presentando un impreso de solicitud.

  • Si se opta por la vía telemática, se puede hacer a través de la Agencia Tributaria. Es un proceso más sencillo, pero es necesario tener la Cl@ve PIN, el certificado electrónico u obtener un número de referencia de tu declaración de la renta. Para conseguir el número de referencia, habrá que introducir en la página web el DNI, la fecha de validez y la casilla 450 de la declaración del IRPF del 2017. Una vez podemos acceder al formulario online, habrá que indicar los años en los que se cobró la prestación y facilitar el número de cuenta corriente en el que queremos que nos hagan el ingreso. En este caso, se recomienda imprimir el justificante de la presentación en PDF, por si acaso.
  • Si decidimos hacerlo de manera física, en el impreso físico tendrás que indicar en las casillas, los años en los que has recibido la prestación por parte de la Seguridad Social e indicar el número de cuenta corriente en el que deseas que se realice el reintegro del IRPF. Este formulario se tiene que presentar en cualquiera de las oficinas de registro de la Agencia Tributaria.
María Gil

Es licenciada en Derecho en 2014 y tiene el Máster en Abogacía desde 2016. Por otra parte, trabaja desde 2015 redactando artículos en medios digitales y jurídicos. Dudaslegislativas le ha brindado la oportunidad de compaginar su vocación jurídica con la pasión por el mundo de Internet. Redes sociales: Twitter y Linkedin.