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¿Quién paga el vado en un alquiler?

PorRubén Angulo

Publicado el Actualizado el

Derecho Civil

Ante el ayuntamiento, el vado siempre se cobra al propietario, diga lo que diga el contrato de alquiler. Lo que sí puede cambiar por contrato es quién paga esa factura en la práctica, entre propietario e inquilino, pero eso es un acuerdo privado que no vincula a la administración.

Son dos planos distintos y conviene no mezclarlos: quién debe la tasa frente al ayuntamiento, y quién la paga de verdad según lo pactado entre las partes.

Frente al ayuntamiento, el obligado es siempre el propietario

El artículo 23.2.d) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que, en la tasa por entrada de vehículos, el propietario de la finca actúa como sustituto del contribuyente. En la práctica, el recibo del vado sale siempre a nombre del dueño del inmueble, tenga o no alquilada la vivienda, y el inquilino no tiene ninguna responsabilidad directa frente a Hacienda municipal por mucho que use el garaje a diario.

Si el ayuntamiento reclama un impago del vado, se dirige al propietario, no al inquilino, aunque el contrato diga otra cosa.

Entre propietario e inquilino sí se puede repartir, pero con requisitos

El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos permite que el inquilino asuma tasas como la del vado, pero exige que el pacto conste por escrito y que fije la cuantía anual en el momento de firmar el contrato. No basta una cláusula genérica del tipo "el inquilino pagará las tasas municipales": si no se concreta el importe, ese pacto no es válido y el gasto vuelve a recaer en el propietario también en la práctica.

Lo habitual es que el propietario siga pagando el recibo al ayuntamiento y luego lo repercuta al inquilino, en vez de que el inquilino gestione el pago directamente: así el titular del vado no pierde el control del trámite frente a la administración.

Si el contrato no dice nada

Sin un pacto por escrito con la cuantía fijada, el coste del vado lo asume el propietario, igual que ante el ayuntamiento. Conviene revisarlo antes de firmar: si vas a alquilar una vivienda con garaje y vado, pregunta directamente quién lo ha venido pagando hasta ahora.

Y si el problema es al revés, alguien aparcando delante de ese vado que ya pagas, en cómo actuar contra un coche mal aparcado en tu entrada tienes la diferencia real entre tener vado señalizado y no tenerlo.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre el pago del vado en un alquiler.

¿Es obligatorio reflejar en el contrato quién paga el vado?

No es obligatorio, pero si quieres que lo pague el inquilino tienes que pactarlo por escrito y fijar la cuantía anual en el momento de firmar. Sin eso, el gasto sigue siendo del propietario.

¿Qué pasa si el contrato no menciona nada sobre el vado?

El propietario asume el coste, igual que ante el ayuntamiento, que nunca deja de considerarlo el obligado al pago.

¿Puede el inquilino negarse a pagar el vado si el contrato lo pactó correctamente?

No sin incumplir el contrato. Si el pacto por escrito fija la cuantía anual, el inquilino está obligado a asumirlo frente al propietario, aunque frente al ayuntamiento el recibo siga a nombre de este último.

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