Letra de cambio: qué es, ejemplos y cómo se utiliza

Los conceptos de «letra de cambio» y «pagaré» se suele confundir muy a menudo. Por ello, vamos a centrarnos en explicar la letra de cambio, dado que es la más importante por su carácter oficial, y qué es lo que la distingue del pagaré.

¿Qué es la letra de cambio?

La letra de cambio es un documento mercantil que sirve para realizar una transacción comercial. A través de este documento, el beneficiario ordena al deudor pagar una cantidad de dinero determinada, en un plazo de tiempo establecido.

Es posible hacer muchos movimientos con la letra de cambio, como el endoso el protesto o el aval.

¿Qué es un endoso de una letra de cambio?

El endoso es cuando el beneficiario le transmite el título a una tercera persona, quien se convierte en el legítimo beneficiario de esta, es decir, quien posee la letra es el endosante y se la transmite a un endosatario, aunque normalmente, suele hacerse a un banco o a una entidad financiera.

No existe el endoso parcial, sino completo. Para que la operación sea válida, es imprescindible la firma del endosante.

El objetivo de endosar una letra de cambio es obtener un adelanto del pago o un descuento. Cabe recordar que la letra de cambio debe tener el nombre de un titular concreto, de lo contrario se endosaría «al portador» y la podrá portar cualquier persona que la presente.

El nuevo beneficiario (el endosatario) podrá volver a endosar el documento a otra tercera persona y así sucesivamente, ya que la letra de cambio permite hacer tantos endosos como sean necesarios sin límite de participantes, a no ser que la letra de cambio tenga una cláusula de «no endosable», y por tanto, no haya ninguna manera posible de transmitirla.

¿Qué es un protesto en una letra de cambio?

El protesto es un acto notarial que se da cuando la letra no se cobra, aunque haya llegado su fecha de vencimiento. Esta es la forma de acreditar que una letra de pago no se ha pagado.

¿Cuándo se puede presentar el prostesto?

Se tiene que realizar durante los tres siguientes días hábiles después de la fecha de vencimiento de la letra de cambio. También se puede sustituir por una declaración firmada por la entidad bancaria donde se domicilió el pago.

¿Cuándo no es efectivo el protesto?

En la propia letra de cambio, tiene que aparecer una cláusula con una aclaración que indique el protesto notarial o con gastos. Si en dicha cláusula aparece escrito «sin protesto notarial», «sin gastos» o algo similar, no se podrá realizar el protesto.

El notario es quien se encarga de levantar un acta para comunicar al deudor que se ha protestado una letra de cambio. A partir de ese momento, el deudor dispone de dos días hábiles para pagar dicha letra de cambio ante notario.

  • Sí se abona: cuando la abone, se entregará al beneficiario para que formule las alegaciones que sean convenientes.
  • No no se abona: si el deudor no paga después de esos dos días, el notario tendrá que devolverle al beneficiario la letra de cambio, el acta de protesto y las manifestaciones del librado, si es que las ha realizado para que el beneficiario pueda hacer las acciones legales que considere oportunas contra el librado.

¿Cómo funciona el aval en una letra de cambio?

El aval funciona como una garantía de pago en una letra de cambio. Puede ser total (lo que significa que asegura la totalidad de la letra de cambio) o parcial (asegura solamente una parte de la letra de cambio).

Lo puede presentar tanto uno de los firmantes de la letra como un tercero. La operación debe especificarse en la propia letra o en el apartado de cláusulas, pero nunca en un documento separado.

Se expresa mediante las palabras «por aval» o algo similar y lo tiene que firmar un avalista, que tiene la misma responsabilidad que el avalado en caso de que no se pague la letra de cambio.

¿Quién interviene en una letra de cambio?

  • El librador, que es la persona que se encarga de emitir la letra. Se trata de una persona física o jurídica que acredita la deuda y que establece la obligatoriedad de pago sobre el deudor.
  • El librado, que es el deudor, es decir, la persona que tiene la obligación de pagar la deuda antes de la fecha de vencimiento. En principio, éste debería aceptar la orden de pago.
  • El tomador, es decir, el beneficiario de la deuda, quien recibirá el dinero. Puede coincidir con el librador o no. Si es que sí, tendrán que aparecer más participantes (los que se mencionan a continuación).
  • En endosatario es la persona que recibe la letra y, por tanto, el nuevo tomador o beneficiario. Se puede tratar de una persona física o jurídica, pero lo más normal es que sea una entidad financiera.
  • El avalista es quien se encarga de garantizar que el librado realizará el pago. Si se da el caso en que el avalista tenga que hacer frente al pago porque el librado no lo ha hecho, a pesar de haberlo aceptado, podrá tomar acciones legales por la vía judicial contra el librado.

Diferencias entre letra de cambio y pagaré

Primero hay que enteder qué es un pagaré:

Un pagaré es un título de crédito donde el emisor se compromete a pagar una cantidad de dinero a otra persona (el beneficiario) antes de una fecha concreta. Se trata de un documento privado que en realidad se puede utilizar como instrumento público.

Gracias a su carácter de título de crédito, el beneficiario puede exigirle al emisor que se cumpla la orden de pagarlo en los términos que se recogen en dicho título. En ocasiones, es posible que también intervenga un avalista, es decir, una persona que garantiza que se hará el pago, sin embargo, esa figura ya no es tan común.

Por tanto, ¿dónde está la diferencia?

  • La diferencia está sobre todo en las personas que intervienen. En un pagaré como ya hemos dicho, intervienen dos personas (emisor y beneficiario) y puede que un avalista, pero no siempre. En la letra de cambio intervienen mínimo tres personas: el librador (quien emite la letra), el librado (el deudor) y el tomador (el beneficiario de la deuda).
  • En el pagaré, el deudor y el emisor son la misma persona, mientras que en la letra de cambio no.
  • También es verdad que la letra de cambio es un documento más oficial, en el sentido que es timbrado por el estado. Por tanto, pagar una deuda en una letra de cambio es una obligación, mientras que en el pagaré es una promesa.
  • En la letra de cambio no se admiten intereses, pero en el pagaré sí.
  • El diseño de los dos documentos es diferente.

Sin embargo, las funciones de ambos documentos son las mismas: ambos son unos medios de pagos.

¿Cómo se rellena una letra de cambio?

Es importante recordar que la letra de cambio se tiene que rellenar correctamente porque, de no ser así, se puede anular la validez de dicho documento. Estos son todos los datos que tienen que aparecer en una letra de cambio:

  • Las palabras «Letra de cambio» tiene que aparecer claramente escritas en el documento.
  • La fecha y el lugar de emisión de la letra de cambio.
  • Tiene que aparecer el importe exacto.
  • La fecha de vencimiento.
  • El domicilio del pago.
  • Los nombres completos del tomador y del librado.
  • El domicilio del librado.
  • Aceptación y fecha de aceptación del librado.
  • Firmas del librado y del librador.

También es importante que las letras de cambio aparezcan en papel timbrado, como hemos mencionado anteriormente. De lo contrario, no serán oficiales y, por tanto, el documento no tendrá validez.

Ejemplos de letra de cambio

Algunos ejemplos de letras de cambio en papel timbrado:

Ejemplo 1 de Letra de Cambio
Ejemplo 1 de Letra de Cambio
Ejemplo 2 Letra de cambio
Ejemplo 2 Letra de cambio
Rubén Angulo

Redactor y creador de DudasLegislativas, especializado en temas civiles, laborales, ayudas públicas, derecho penal y trámites administrativos. Además, escribo sobre oposiciones, temarios, convocatorias y bolsas públicas.