Modelo EX19 en PDF
¿Tienes que solicitar la tarjeta de residencia para familiar? El Modelo EX19 es el formulario que se debe presentar para solicitar la tarjeta de residencia para los familiares de ciudadano español, de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no tengan la nacionalidad de uno de esos estados y cumplan los requisitos exigidos. Estos familiares tienen derecho a residir en España de forma permanente, presentando el modelo EX19 para ello. Puedes descargarlo en PDF para rellenar e imprimir.
¿Existe una tasa para presentar el modelo EX19?
No, no es necesario pagar una tasa para presentar el modelo EX19.
Documentación necesaria para presentar el EX19
En primer lugar hay que saber que hay que presentar el modelo oficial EX19 por duplicado, cumplimentado y firmado por el familiar que es ciudadano de la Unión Europea. Los demás documentos que se deben presentar son los siguientes:
- Pasaporte en vigor.
- Tres fotografías de carné recientes.
Estos son los documentos que hay que aportar en todos los casos. Por lo demás, los documentos a presentar dependen de las circunstancias del caso (documentos que acrediten la relación con el familiar, contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, certificado de defunción del familiar de la Unión Europea, etc.).
Requisitos para la solicitud de la tarjeta de residencia familiar usando el modelo EX19
Para solicitar la tarjeta de residencia familiar a través del modelo EX19 hay que acreditar encontrarse en alguno de los supuestos siguientes:
- Ser miembro de la familia y haber vivido en España legalmente durante al menos 5 años, manteniendo el vínculo familiar que generó el derecho a la residencia inicial, y que el ciudadano de la Unión, español o de otro Estado del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza reúna alguno de los requisitos siguientes:
- Ser trabajador por cuenta ajena o propia en España y haberlo sido.
- Tener para sí y para los miembros de la familia recursos económicos suficientes y un seguro de enfermedad público o privado.
- Ser estudiante y haberlo sido, y haber estado matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa competente para cursar estudios o formación profesional, tener un seguro de enfermedad público o privado contratado en España o en otro país que dé cobertura completa en España, así como presentar declaración responsable de que se cuenta con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de la familia.
- Haber vivido en España como miembro de la familia de un ciudadano de la Unión Europea que haya sido trabajador (sea por cuenta propia o ajena) y haya obtenido el derecho a residencia permanente antes de la finalización del periodo de residencia de 5 años.
- Haber mantenido el derecho de residencia en el régimen de ciudadanos de la Unión Europea a título personal por alguna de las siguientes razones:
- Por haber fallecido el ciudadano de la Unión, si el familiar había residido en España como miembro de la familia, antes de que falleciera el titular del derecho.
- Por nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada, si se acredita alguno de los siguientes supuestos:
- Una duración de al menos 3 años del matrimonio o la pareja registrada, de los cuales al menos uno haya transcurrido en España.
- Tener otorgada la custodia de los hijos del ciudadano de la Unión.
- Existir circunstancias especialmente difíciles, como haber sido víctima de violencia de género durante el matrimonio o mientras se ha sido pareja registrada, o haber estado sometido a trata de seres humanos por el cónyuge o la pareja durante el matrimonio o mientras la pareja estuvo registrada.
- Por acreditar que se encuentra vigente una resolución judicial o mutuo acuerdo entre las partes por el que se tiene derecho de visita del familiar al hijo menor que reside en España.
En este caso, el miembro de la familia debe cumplir adicionalmente una de las siguientes condiciones:
- Ser y haber sido trabajador en España, por cuenta ajena o propia.
- Tener y haber tenido recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de la familia, y un seguro de enfermedad público o privado contratado en España o en otro país, que dé cobertura en España equivalente a la que da el Sistema Nacional de Salud.
- Ser y haber sido estudiante y encontrarse matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para realizar estudioso formación profesional, disponer de un seguro de enfermedad público o privado contratado en España o en otro país que dé cobertura completa en España y garantizar que se tienen recursos económicos para sí y para los miembros de la familia.
- Vivir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión que fallece durante su vida activa, antes de adquirir el derecho a residencia permanente, si se da alguna de las siguientes circunstancias:
- Que el ciudadano de la Unión hubiese residido de manera continuada, la fecha del fallecimiento, dos años al menos.
- Que el fallecimiento haya sido por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Que el cónyuge del ciudadano de la Unión fuese ciudadano español y hubiese perdido la nacionalidad española por el matrimonio con el fallecido.