Cómo saber cuántos puntos del carnet tengo y cuántos me quedan

El sistema de puntos en el carnet de conducir, se reguló hace relativamente poco. Es por eso que posiblemente, no conozcamos muy bien cómo funciona, sobre todo si nos sacamos el carnet antes de la fecha en que entró en vigor esta medida. En el siguiente artículo vamos a explicarlo de una manera muy sencilla y breve para conocer sus aspectos básicos.

Los puntos del carnet de conducir fue una medida que tomó la Dirección General de Tráfico (DGT) y que aparece recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la Ley 17/2005, de 19 de julio, para controlar la circulación y la seguridad de los ciudadanos, tanto de conductores como viandantes.

El objetivo de la medida fue dotar de cierta importancia al cumplimiento de las normas viales, mejorar los hábitos de circulación y poder apartar del volante a aquellas personas que no se merezcan conducir por haber cometido alguna infracción, ya sea una falta grave, muy grave o por acumulación de faltas.

Cuántos puntos tengo y cuál es el máximo

En el momento en que nos sacamos el carnet obtenemos ocho puntos. Si después de tres años, no hemos cometido ninguna infracción se nos añaden dos puntos. En total llevaríamos diez puntos. Si pasados otros tres años, tampoco hemos cometido ninguna otra infracción, nos darán otro punto y así hasta doce puntos. Por último, para alcanzar los 15 puntos (el máximo) hay que estar en total seis años libres de infracciones y comportamientos que resten puntos.

No obstante, en vez de sumar, también nos pueden restar puntos. La cantidad de puntos que nos pueden restar depende de las infracciones que cometamos. Perder demasiados puntos podría suponer la pérdida del carnet de conducir.

¿Puedo recuperar los puntos de mi carnet? Sí, la ley establece que se pueden recuperar lo puntos del carnet de conducir, tanto parcialmente (hasta 6 puntos por curso), como recuperación total por pérdida de vigencia (si nos retiran el permiso entero).

Cómo saber los puntos del carnet de conducir que me quedan

El sistema de consultas de puntos de la DGT únicamente es accesible para los conductores que estén inscritos en el Registro de Conductores e Infractores de la DGT,  siendo obligatorio que tengan el permiso de conducir en vigor.

Actualmente hay dos formas de consultar los puntos del carnet. Por Internet o presencialmente (en este caso será necesario solicitar previa por internet o llamando al 060).

Consultar puntos por internet. Para poder saber cuántos puntos tengo o si he perdido alguno, tenemos que consultarlo a través de la página web oficial de la DGT (consultar puntos dgt). Una vez dentro, en el  apartado «Acceso al servicio» nos darán tres opciones:

  1. Utilizar una Cl@ve como mecanismo de identificación.
  2. Con un certificado digital o DNI electrónico.
  3. Con un usuario y una contraseña (debes solicitarlo).

Si no pudieras acceder al sistema por cualquier motivo, llama al 060 para más información, te ayudarán tanto si es para información de cómo hacerlo, como para pagar una multa o cualquier otro trámite.

¿Quién puede revisar los puntos del carnet?

Tanto el propio conductor como la persona autorizada en su nombre. Para designar a una persona como autorizada, se puede hacer de dos formas:

  • Personarse en el lugar con el DNI original y un documento firmado por el interesado que acredite y autorice a realizar una solicitud. Debe poner si es de carácter gratuito. Aquí tenéis un modelo de autorización de la dgt.
  • La segunda forma un poco más complicada, es designar al representante mediante el Registro de apoderamiento de la dgt.

¿Consultar los puntos es gratis?

Sí, es gratis tanto de forma presencial como por internet.

Motivos por los que puedo perder puntos del carnet de conducir

Aquí te dejamos la tabla de infracciones con las sanciones de la DGT. Algunas de las más comunes por las que se puede perder puntos son:

2 puntos

  • Parar o estacionar en carriles destinados al transporte público.
  • Conducir sin alumbrado cuando sea obligatorio.
  • Parar o estacionar en curvas, túneles, pasos a desnivel, intersecciones, u otros sitios donde perjudique a otros vehículos.

3 puntos

  • Conducir sin tener abrochado el cinturón de seguridad u otras medidas de seguridad que fueran necesarias, según el caso. (Sanción de 200€).
  • El uso del teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo electrónico que reduzca la atención del conductor. (Sanción de 200€).
  • Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. (Sanción de 200€).

4 puntos

  • No respetar las señales de los agentes de tráfico. (Sanción de 200€).
  • No mantener la distancia de seguridad.
  • Conducir en una autovía o autopista en marcha atrás. (Sanción de 200€).
  • Adelantar poniendo en peligro la seguridad de los ciclistas u otros vehículos y entorpeciéndolos. (Sanción de 200€).
  • Dificultar al conductor que va a adelantar o impedir dicho adelantamiento.
  • Conducir un vehículo sin el permiso o licencia que se lo permita. (Sanción de 500€).
  • Arrojar a la vía pública o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. (Sanción de 200€).
  • No parar ante la señal de STOP o de ceda el paso y ante los semáforo en rojo. (Sanción de 200€).
  • Conducir bajo el efecto del alcohol mayor a 0,25 mg/l y menor a 0,50 mg/l. (Sanción de 500€).

6 puntos

  • Conducir bajo el efecto del alcohol mayor a 0,50 mg/l. (Sanción de 1000€).
  • Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes. (Sanción de 1000€).
  • Negarse a realizar las pruebas de detección de alcohol, drogas o sustancias similares. (Sanción de 1000€).
  • Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o conducir vehículos no autorizados. (Sanción de 500€).
  • Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de los sistemas de detección de radar. (Sanción de 6000€).
  • Alterar el uso normal del tacógrafo o del limitador de velocidad. (Sanción de 500 €).

¿Circular sin seguro o sin ITV es motivo de retirada de puntos?

Actualmente la ley no contempla que circular sin la inspección técnica de vehículos o sin el seguro en vigor sea motivo para la retirada de puntos del carnet de conducir. Lo que si tenemos que tener claro es que nos pueden multar por llevar la itv caducada o conducir sin seguro obligatorio.

Retirada de puntos por exceso de velocidad

Si sobre pasamos la velocidad permitida para circular también nos pueden hacer pagar y nos restarán puntos, pero dependiendo de cuánto nos pasemos nos restarán una cantidad de puntos determinada y tendremos que pagar una cantidad en concreto.

tabla exceso velocidad retirada puntos carnet

Rubén Angulo

Redactor y creador de DudasLegislativas, especializado en temas civiles, laborales, ayudas públicas, derecho penal y trámites administrativos. Además, escribo sobre oposiciones, temarios, convocatorias y bolsas públicas.