La inspección técnica de vehículos (ITV) es uno de los mecanismos de control de vehículos que se aplica en España. Principalmente funciona para controlar que todos los vehículos se encuentran en las mejores condiciones para circular.
Dependiendo del vehículo que se trate existen unos períodos, plazos y frecuencias para pasarla. Y para aquellos que nunca han pasado la ITV, por tratarse de un vehículo nuevo podéis ver a continuación la información necesaria. ¿Sabes cuándo pasar la ITV de tu vehículo?
Cómo saber la fecha límite para pasar la ITV
Si queremos saber la fecha límite de validez de la revisión de la ITV podemos comprobar el reverso de la tarjeta ITV, el informe de la última inspección realizada en la pegatina. Recuerda pedir cita previa y pasar la ITV antes de que venza el plazo,
En el caso de que venza el plazo, el titular queda expuesto a una multa por circular sin ITV, que puede llevar, además, a la inmovilización si así lo consideran los agentes de la autoridad.
Frecuencias y plazos de inspecciones
Los plazos y periodicidad varían según el tipo de vehículo. La ley que regula la inspección técnica de vehículos es el RD 2042/94 de 14 de octubre (ITV), y recoge todos los plazos:
1. ITV Coches (vehículos de transporte de personas hasta nueve plazas), autocaravanas y vehículos vivienda:
- Exento: hasta los cuatro primeros años.
- Bienal: de cuatro años a diez.
- Anual: más de diez años.
2. ITV Motos, vehículos de tres ruedas, cuatriciclos (quads), ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros:
- Exento: hasta los cuatro primeros años.
- Bienal: más de cuatro años.
3. Ciclomotores (2 ruedas):
- Exento: hasta los tres primeros años.
- Bienal: más de tres años.
4. Ambulancias y vehículos de servicio público de transporte de personas de hasta 9 plazas:
- Anual: hasta los cinco años.
- Semestral: más de cinco años.
5. Vehículos de servicio de alquiler y de autoescuelas (aquí se incluyen los de transporte de personas de hasta 9 plazas y los del segundo y tercer grupo de antes):
- Bienal: hasta los dos años.
- Anual: de dos a cinco años.
- Semestral: más de cinco años.
6. Vehículos dedicados al transporte de personas de más de diez plazas (aquí se incluyen los transportes escolares y de menores):
- Anual: hasta los cinco años.
- Semestral: más de cinco años.
7. Vehículos de transporte (igual o menos de 3500 kg):
- Exento: hasta los dos primeros años.
- Bienal: de dos a seis años.
- Anual: de seis a diez años.
- Semestral: más de diez años.
8. Vehículos de transporte (más de 3500 kg):
- Anual: Hasta los diez años.
- Semestral: Más de diez años.
9. Caravanas (remolcadas de más de 750kg):
- Exento: hasta los seis primeros años.
- Bienal: más de seis años.
10. Tractores agrícolas y relacionados con agricultura:
- Exento: hasta los ocho primeros años.
- Bienal: de ocho a dieciséis años.
- Anual: más de dieciséis años.
11. Vehículos destinados a obras y servicios (se excluyen de estos los que no alcancen los 25km/h):
- Exento: hasta los cuatro primeros años.
- Bienal: de cuatro a diez años.
- Anual: Más de diez años.
Si los plazos para pasar la ITV que buscas no están en la lista anterior puedes buscar en la propia ley de la ITV.
¿Debería pasar la ITV después de un accidente?
En algunos accidentes de tráfico el vehículo queda en malas condiciones para continuar la circulación. Esto conlleva que, o el propio perjudicado o el agente encargado del tráfico, consideren que es recomendable pasar una nueva inspección después de la reparación del vehículo, antes de ponerlo en circulación por las vías públicas.
El agente puede proponer la nueva revisión, retirando el permiso de circulación para remitirlo a Jefatura provincial de tráfico.
¿Se puede llevar un vehículo a pasar la ITV antes de que caduque?
Sí, hay diversas razones por las que el titular decida pasar una nueva ITV por propia voluntad. Las pruebas de la inspección son las mismas que en una revisión normal. Este tipo de revisión extraordinaria de la ITV se suelen utilizar cuando el vehículo ha sido modificado.