¿Qué espejos retrovisores son obligatorios para circular? Obligatorios, opcionales y multa

Todos los vehículos españoles están obligados a llevar los correspondientes retrovisores obligatorios que se establece la ley, el número variará segúnla categoría y tipo de vehículo. Es un elemento fundamental que forma parte de las condiciones técnicas que están obligados a poseer todos los vehículos para poder circular por las vías.

La normativa es clara, el reglamento general de vehículo (RD 2822/1988) en su art. 11 establece la obligatoriedad de tenerlos instalados y remite al anexo 1 y 3 del mismo reglamento dónde recoge el número, medidas y toda la información necesaria acerca de los retrovisores obligatorios.

Retrovisores obligatorios según el vehículo

Dependiendo del tipo de vehículo que se trate deberá llevar un número de retrovisores obligatorios. Es uno de los requisitos indispensables para pasar la itv correctamente.

Turismos y transportes de personas

En los vehículos destinados al transporte de personas de hasta 9 plazas (incluida la del conductor) será obligatorio en estos vehículos el retrovisor izquierdo y el central, y el derecho opcional. Si se da el caso de que el central queda inhabilitado por alguna circunstancia será obligatorio el retrovisor derecho.

Ciclomotor, quads y vehículos 3 ruedas

  • Ciclomotores es obligatorio eL retrovisor izquierdo.
  • En los ciclomotores y vehículos de 3 ruedas, cuatriciclos y quads (con carrocería que cubra al conductor) será obligatorio el retrovisor izquierdo y el central. Y si no tiene carrocería que cubra al conductor sólo el izquierdo obligatorio y el derecho opcional.

Motos y motocicletas

  • Motocicletas con velocidad máxima igual o menor a 100km/h, sólo es obligatorio el retrovisor izquierdo.
  • Motocicletas de más de 100km/h el retrovisor izquierdo y derecho.

Autobuses y transportes de personas (más de 9 pasajeros)

Tanto para los vehículos destinados al trasporte de personas de menos de 5 toneladas, como los de más de 5 toneladas y que puedan llevar más 9 pasajeros (incluida la plaza del conductor), por ejemplo los autobuses y autocares, deben llevar el retrovisor izquierdo y derecho obligatorio, y será opcional el retrovisor gran angular y el de proximidad.

Camiones y transportes de mercancías

  • Los transportes de mercancías de más de 3,5 toneladas pero menos de 7,5 toneladas será obligatorio el izquierdo y el derecho y opcionales todos los demás.Los vehículos que estén destinados al transporte de mercancías que no superen la masa máxima de 3,5 toneladas deberán estar provistos de un retrovisor interior e izquierdo obligatorio, será opcional el derecho.
  • Los transportes de mercancías de más de 7,5 toneladas será obligatorio el izquierdo, derecho y el retrovisor gran angular y el de proximidad. El central es opcional.

Tractores, maquinaria agrícola y otros vehículos de trabajo

Os dejamos la tabla con todos los retrovisores obligatorios y opcionales de los vehículos de campo y de trabajo, dicha tabla viene en el Anexo con todos los vehículos de este tipo:

Como se puede comprobar en todos los casos sólo es obligatorio el retrovisor izquierdo.

espejos retrovisores obligatorios tractor y maquinaria agrícola

Sanción y multa por conducir sin los retrovisores obligatorios

En el caso de que en el vehículo falte alguno de los retrovisores obligatorios, los agentes encargados del tráfico interpondrán una denuncia con multa de 200€ (con posibilidad del 50% de descuento si se paga antes de 20 días naturales), por circular careciendo del reglamentario número de espejos retrovisores.

Además los agentes pueden inmovilizar el vehículo debido a que presenta deficiencias que suponen un peligro para la seguridad vial (artículo 104 Ley de Seguridad Vial).

La infracción y sanción está recogida en el codificado de infracciones de tráfico, apartado 11.2.5A del reglamento general de vehículos.

Rubén Angulo

Redactor y creador de DudasLegislativas, especializado en temas civiles, laborales, ayudas públicas, derecho penal y trámites administrativos. Además, escribo sobre oposiciones, temarios, convocatorias y bolsas públicas.