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Impuesto sobre la renta: cuándo se paga de verdad y qué pasa si no lo pagas a tiempo

PorRubén Angulo

Publicado el

Administración, trámites y reclamaciones

Si trabajas por cuenta ajena y nunca has hecho un ingreso a Hacienda, es normal que te preguntes cuándo se paga el impuesto sobre la renta, o si de verdad lo pagas. Es una duda muy frecuente, sobre todo entre quienes acaban de empezar a trabajar o les ha salido a pagar la declaración por primera vez.

La respuesta depende de cómo ganes el dinero: con una nómina, con una pensión o como autónomo. Te explicamos en qué momentos sale de tu bolsillo, cuánto se paga, cómo se puede pagar en dos plazos sin intereses y qué pasa si no lo pagas a tiempo.

Cuándo se paga el impuesto sobre la renta

El impuesto sobre la renta se paga a lo largo del año, a cuenta, y se ajusta una vez al año con la declaración de la renta, que se presenta en primavera del año siguiente. Si lo que te retuvieron durante el año fue menos de lo que te toca, pagas la diferencia al presentar la declaración. Si fue más, Hacienda te devuelve el exceso.

El impuesto se calcula por años naturales. El artículo 12 de la Ley 35/2006 del IRPF fija que el período impositivo es el año natural y que el impuesto se devenga el 31 de diciembre. Por eso la renta de 2025 se declaró en la primavera de 2026 y la de 2026 se declarará en la de 2027.

Los pagos a cuenta llegan por tres vías, según el artículo 99 de la misma ley: retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados. Para la mayoría de la gente, que cobra una nómina o una pensión, el pago real se hace cada mes, en la retención.

Si cobras una nómina o una pensión

Pagas cada mes, sin hacer nada, porque tu empresa o la Seguridad Social te descuentan la retención antes de ingresarte el sueldo. Luego, en la declaración, se hace la cuenta final.

Si eres autónomo

Pagas cada trimestre. El artículo 111 del Reglamento del IRPF fija los plazos: del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero para el cuarto. En estimación directa se ingresa el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos lo pagado en los trimestres anteriores. Los profesionales a los que sus clientes ya retienen al menos el 70 % de sus ingresos no tienen que hacer estos pagos.

Fechas de la última campaña: la declaración de la renta de 2025 se pudo presentar por internet desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026, y quien quiso domiciliar el pago tuvo hasta el 25 de junio. Las fechas cambian un poco cada año y las publica la Agencia Tributaria antes de abrir la campaña.

Qué es el IRPF y a quién se le cobra

El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) grava lo que ganas en un año, sea cual sea su origen. La ley lo define como un tributo personal, directo y progresivo: cuanto más ganas, mayor es el porcentaje que pagas por la parte más alta de tus ingresos.

Entra en la cuenta la totalidad de tus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales: el sueldo, la pensión, el alquiler de un piso, los intereses de una cuenta, lo que ganas al vender acciones o una vivienda. El artículo 2 de la Ley del IRPF añade que da igual dónde se haya obtenido la renta y dónde resida quien te paga.

Lo pagan las personas que tienen su residencia habitual en España. Según el artículo 9 de la ley, eres residente si pasas más de 183 días del año en territorio español o si aquí tienes el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos. También se presume que lo eres si viven en España tu cónyuge no separado y tus hijos menores que dependen de ti.

El IRPF está cedido en parte a las comunidades autónomas, así que una parte de lo que pagas va al Estado y otra a tu comunidad, que puede fijar su propia escala y sus deducciones. Es uno de los distintos impuestos que se pagan en España, y el que más gente paga directamente.

Retenciones en la nómina: el pago mes a mes

Tu empresa está obligada a quedarse con una parte de tu sueldo y a ingresarla en Hacienda en tu nombre. Esa parte es la retención, y el artículo 99 de la ley la considera un pago a cuenta del impuesto: es dinero que ya has pagado.

El porcentaje no es igual para todos. El artículo 101 de la Ley del IRPF dice que se calcula según tu sueldo previsto para el año y tus circunstancias personales y familiares: hijos, discapacidad o pensiones que pagas a tu excónyuge. Por eso dos compañeros con el mismo sueldo pueden tener retenciones distintas.

Si tu situación cambia a mitad de año (tienes un hijo, cambias de contrato, te suben el sueldo), la empresa recalcula el porcentaje. Puedes pedir que te retengan más de lo que sale por la fórmula, pero no menos.

Al acabar el año, la empresa te tiene que dar el certificado de retenciones de tu empresa, con lo que cobraste y lo que te retuvieron. Esos son los datos que luego aparecen en el borrador de la renta.

La declaración de la renta: plazo y pago en uno o dos plazos

La declaración sirve para cerrar la cuenta del año. El artículo 97 de la Ley del IRPF obliga a quien la presenta a calcular lo que debe e ingresarlo al presentarla, en el plazo que fija cada año el Ministerio de Hacienda.

Si te sale a devolver, no pagas nada y Hacienda te ingresa la diferencia. Lo que tarda depende de tu declaración, y lo tienes explicado en cuándo te devuelve Hacienda lo retenido.

Quién no tiene que presentarla

No todo el mundo está obligado a declarar. Según el artículo 96 de la ley, no tiene que hacerlo quien solo cobra rendimientos del trabajo hasta 22.000 euros al año de un solo pagador. El límite baja a 15.876 euros si tienes más de un pagador y el segundo y los demás te pagaron más de 1.500 euros en total. Los autónomos dados de alta en algún momento del año tienen que declarar siempre.

Pagar en dos plazos sin intereses

Si te sale a pagar, puedes dividir el pago en dos partes sin intereses ni recargos. El artículo 62 del Reglamento del IRPF permite pagar el 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante más tarde, en la fecha que fija la orden de cada campaña (en las últimas, a primeros de noviembre).

Hay dos condiciones: presentar la declaración dentro de plazo e ingresar el 60 % en ese mismo plazo. Si no pagas la primera parte a tiempo, Hacienda pasa a reclamarte el importe entero por la vía de apremio. Este fraccionamiento no sirve para las declaraciones complementarias.

Para pagar puedes domiciliar el cargo en tu cuenta (hasta unos días antes del final de la campaña), pagar con tarjeta o en el banco con el número de referencia que te da la Agencia Tributaria. Si no puedes pagar ni siquiera así, se puede pedir un aplazamiento con intereses.

Cuánto se paga: tramos y cálculo del impuesto

No hay un porcentaje único: se paga por tramos, y cada tramo de tu base tributa a un tipo distinto. Al primer tramo se le aplica el tipo más bajo y solo la parte que supera cada umbral paga el tipo siguiente, así que pasar a un tramo superior nunca hace que cobres menos.

La escala estatal del artículo 63 de la Ley del IRPF va del 9,5 % para los primeros 12.450 euros al 24,5 % a partir de 300.000 euros. Cada comunidad aplica además su propia escala autonómica. La escala que la ley usa para las retenciones de la nómina, que suma las dos partes, va del 19 % al 47 %.

El cálculo, a grandes rasgos, sigue estos pasos:

  1. Se suman tus ingresos del año y se restan los gastos que la ley permite, como las cotizaciones a la Seguridad Social.
  2. Se aplican las reducciones, como las aportaciones a planes de pensiones, y sale la base liquidable.
  3. A esa base se le aplican las escalas estatal y autonómica, descontando el mínimo personal y familiar, que es la parte de la renta que no tributa.
  4. Se restan las deducciones y, al final, lo que ya pagaste en retenciones y pagos a cuenta.

Las cifras exactas de cada escala y los tramos de cada comunidad los tienes en los tramos del IRPF.

Si no pagas el impuesto sobre la renta: recargos y sanciones

Dejar sin pagar el impuesto sobre la renta sale más caro cuanto más tiempo pasa y cuanto más tarde se da cuenta uno. Lo que te cobra Hacienda depende sobre todo de si lo arreglas tú antes de que te lo reclamen.

Si presentas la declaración tarde por tu cuenta

Si presentas la declaración fuera de plazo antes de que Hacienda te diga nada, no hay sanción, solo un recargo. El artículo 27 de la Ley General Tributaria lo fija en un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso. Pasados 12 meses, el recargo es del 15 % y además se cobran intereses de demora desde ese momento.

Ejemplo

Te olvidas de presentar la renta y te sale a pagar 600 euros. La presentas por tu cuenta a principios de octubre, con tres meses completos de retraso desde el 30 de junio. El recargo es del 1 % más un 3 %, un 4 % en total: pagas 600 euros más 24 euros de recargo, sin sanción.

Si presentas la declaración pero no pagas

Si la presentas a tiempo pero no ingresas lo que te sale, la deuda pasa a período ejecutivo y se le suman los recargos del artículo 28 de la Ley General Tributaria: un 5 % si pagas antes de recibir la providencia de apremio, un 10 % si pagas después pero dentro del plazo que te da, y un 20 % más intereses si sigues sin pagar. A partir de ahí, Hacienda puede embargarte la cuenta o el sueldo.

Si no declaras y te lo descubre Hacienda

Es el caso más caro. Además de la cuota y los intereses de demora, el artículo 191 de la Ley General Tributaria lo considera infracción. Es leve, con una multa del 50 % de lo que dejaste de pagar, si la cantidad no pasa de 3.000 euros o no hubo ocultación. Si supera esa cifra y hubo ocultación, es grave, del 50 % al 100 %. Con medios fraudulentos, muy grave, del 100 % al 150 %.

La multa se rebaja un 30 % si aceptas la propuesta de Hacienda y otro 40 % si la pagas en plazo sin recurrir, según el artículo 188 de la misma ley.

Cuánto tiempo tiene Hacienda: el derecho a reclamarte el impuesto prescribe a los cuatro años, que empiezan a contar desde el día siguiente al final del plazo de la declaración. La renta de 2025, cuyo plazo acabó el 30 de junio de 2026, puede revisarse hasta el 30 de junio de 2030, salvo que antes se interrumpa la prescripción.

Preguntas frecuentes

Estas son otras dudas que se repiten sobre el impuesto sobre la renta.

¿Para qué sirve el impuesto sobre la renta?

Es una de las principales fuentes de ingresos del Estado y de las comunidades autónomas, que comparten lo que se recauda. Con él se financian servicios públicos como la sanidad, la educación o las pensiones, y al ser progresivo paga más quien más gana.

¿Pagan impuesto sobre la renta los no residentes en España?

No pagan el IRPF, que solo afecta a los residentes. Si obtienen rentas en España, como el alquiler de un piso, tributan por ellas en un impuesto distinto, el impuesto sobre la renta de no residentes.

¿Cómo se declara el impuesto sobre la renta?

Se presenta cada año con el modelo 100, casi siempre por internet con el programa Renta WEB de la Agencia Tributaria, partiendo del borrador con los datos que ya tiene Hacienda. También se puede pedir cita para hacerla por teléfono o en una oficina.

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