Saltar al contenido

¿Cuándo devuelve Hacienda todo lo retenido?

PorRubén Angulo

Publicado el Actualizado el

Administración, trámites y reclamaciones

Si al hacer la renta has visto que el resultado a devolver coincide con lo que te quitaron en las nóminas, o al revés, que te devuelven solo una parte, es normal que te preguntes cuándo te devuelve Hacienda todo lo retenido. Es una duda muy frecuente entre quienes cobran poco, han trabajado solo unos meses o han cambiado de empresa durante el año.

Que te devuelvan todo, una parte o nada depende de lo que te sale a pagar de IRPF una vez aplicadas las reducciones y los mínimos de la Ley 35/2006 del IRPF. Te explicamos en qué casos se recupera la retención entera, por qué a veces te devuelven más de lo retenido, qué plazo tiene Hacienda para pagarte y qué pasa si no presentaste la declaración.

La retención es un adelanto, no el impuesto

Lo que tu empresa te descuenta cada mes como IRPF es un pago a cuenta: un adelanto del impuesto que tendrás que pagar ese año, calculado con una previsión de lo que vas a cobrar. El impuesto de verdad se calcula en la declaración de la renta del año siguiente, con todos tus ingresos, tu situación familiar y tus deducciones.

Al final de la declaración, la ley resta lo ya adelantado (retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados) de lo que te toca pagar, la llamada cuota líquida. Lo que queda es la cuota diferencial (artículo 79 de la Ley del IRPF):

  • Si la cuota líquida es cero, te devuelven todo lo retenido.
  • Si es positiva pero menor que lo retenido, te devuelven la diferencia.
  • Si es mayor que lo retenido, te sale a pagar lo que falta.

Eso es lo que quiere decir que la renta salga "a devolver": adelantaste más de lo que te tocaba pagar y Hacienda te debe la diferencia. "A ingresar" es lo contrario, te falta por pagar. Las retenciones, por tanto, no se devuelven siempre, solo en la parte que sobra.

Las cantidades que te han retenido durante el año las tienes en el certificado de ingresos y retenciones que te da la empresa y en tus datos fiscales de la renta.

Cuándo te devuelven todo lo retenido

Hacienda devuelve la retención entera cuando, hechas las cuentas, no tienes que pagar nada de IRPF. El caso más habitual es no llegar al mínimo a partir del cual se paga, pero hay otros:

  • Sueldos bajos. Quien gana poco con nómina tiene una reducción especial en el artículo 20 de la Ley del IRPF: con un rendimiento neto del trabajo de hasta 14.852 euros al año se restan 7.302 euros. Sumada al mínimo personal de 5.550 euros, hace que en muchos casos no salga nada que pagar, y lo retenido vuelve entero.
  • Haber trabajado solo una parte del año. La empresa calcula la retención como si fueras a cobrar ese sueldo todo el año. Si luego te quedas en paro o empiezas en septiembre, has adelantado de más y el total anual puede quedar por debajo de lo que tributa.
  • Deducciones que dejan la cuota a cero. Las del Estado y las de tu comunidad autónoma (alquiler, donativos, hijos, obras de eficiencia energética de la vivienda) rebajan lo que pagas. Si se comen toda la cuota, te devuelven todo lo retenido, pero no más: la cuota líquida no puede ser negativa.
  • Retenciones de cuentas y depósitos. A los intereses del banco se les retiene un 19 %. Si tus ingresos totales son bajos, esa retención también se puede recuperar al declarar.

Puede devolverte más de lo que te retuvo

Hay dos grupos de deducciones que funcionan distinto: se restan después de las retenciones y sí pueden dejar el resultado por debajo de cero. Son la deducción por maternidad, de hasta 1.200 euros por hijo menor de tres años (artículo 81), y las de familia numerosa o por descendientes o ascendientes con discapacidad a cargo (artículo 81 bis). El artículo 103 de la Ley del IRPF las suma a las retenciones a la hora de calcular la devolución.

Por eso una madre con un bebé que apenas ha tenido retenciones puede recibir hasta 1.200 euros. Si ya cobraste esas deducciones por adelantado cada mes, en la declaración solo se regulariza la diferencia. Los requisitos de la de familia numerosa los tienes en las ventajas de ser familia numerosa.

Por qué Hacienda no te devuelve todo lo retenido

Si te devuelven solo una parte, no es un error: significa que tu cuota líquida no es cero y que lo retenido de más es solo la diferencia. Las causas más habituales:

  • Cobras algo más. La reducción del artículo 20 baja poco a poco desde los 14.852 euros de rendimiento neto y desaparece a los 19.747,5 euros. Por eso alguien que gana 17.000 euros brutos puede recuperar todo lo retenido y alguien que gana 19.000 tener que pagar algo, aunque la diferencia de sueldo sea pequeña.
  • Has tenido dos pagadores. Cada empresa retiene como si fuera tu único sueldo, y el porcentaje se queda corto. Al sumar los dos en la declaración, el tipo sube y la devolución se reduce o sale a pagar.
  • Tienes otros ingresos, como un alquiler, una ganancia por vender acciones o una prestación sin retención suficiente.
  • Tienes deudas con Hacienda. Si hay una deuda en periodo ejecutivo, la Agencia Tributaria compensa de oficio la devolución con ella (artículo 73 de la Ley General Tributaria) y te paga solo lo que sobre. Puedes comprobarlo antes en cómo consultar tus deudas con Hacienda.

Si te retienen poco y no quieres sorpresas, puedes pedir a la empresa un porcentaje mayor. Si ha cambiado tu situación familiar, comunícaselo con el modelo 145 para que lo recalcule. Los tramos y cómo se calcula lo explicamos en las tablas del IRPF.

Seis meses de plazo desde el fin de la campaña

La mayoría de las devoluciones llegan en pocas semanas: en la campaña de la renta de 2025, que fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria empezó a pagar a las 48 horas. Pero el plazo legal es más largo. Según el artículo 103 de la Ley del IRPF, Hacienda tiene seis meses desde el final del plazo de presentación para revisar la declaración y devolver. Para la renta de 2025, eso es hasta el 31 de diciembre de 2026. Si presentaste fuera de plazo, los seis meses cuentan desde el día en que la presentaste.

Pasado ese plazo sin pagarte, por causa que no sea tuya, Hacienda te debe intereses de demora sin que tengas que pedirlos (artículo 31 de la Ley General Tributaria). El tipo es el 4,0625 % anual, el fijado por la última Ley de Presupuestos, que sigue prorrogada. Se cuentan desde el día siguiente al fin del plazo hasta que se ordena el pago.

Puedes ver en qué punto está la tuya en la sede de la Agencia Tributaria, con Cl@ve, certificado digital o el número de referencia de la renta:

Consultar el estado de la devolución en la Agencia Tributaria

Si no hiciste la declaración, lo retenido no vuelve solo

Hacienda no devuelve las retenciones de oficio. Aunque no estés obligado a declarar (si solo tienes un sueldo de un pagador y no pasa de 22.000 euros brutos al año, según el artículo 96 de la Ley del IRPF), si te retuvieron algo tienes que presentar la declaración para recuperarlo. Si no la presentas, ese dinero se queda en Hacienda.

Tienes cuatro años para pedirlo, contados desde el día siguiente al fin de la campaña de ese ejercicio (artículos 66 y 67 de la Ley General Tributaria). En octubre de 2026 todavía puedes presentar la renta de 2022, cuyo plazo acabó el 30 de junio de 2023, y las de los años siguientes. Si no estabas obligado a declarar, presentarla tarde no tiene recargo ni multa. Si estabas obligado y sale a devolver, la presentación tardía sin requerimiento tiene una multa fija de 100 euros (artículo 198 de la Ley General Tributaria).

Ejemplo

Lucía trabajó de marzo a diciembre de 2025 con un contrato de 1.300 euros brutos al mes y le retuvieron 480 euros en total. Con un solo pagador y unos 13.000 euros al año no está obligada a declarar, pero si presenta la renta, su cuota líquida sale a cero gracias a la reducción por rendimientos del trabajo y al mínimo personal, y Hacienda le devuelve los 480 euros. Si no la presenta, los pierde.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre la devolución de las retenciones.

¿Hacienda me devuelve todo lo retenido si gano poco?

Si tu cuota del IRPF sale a cero, sí. Con sueldos bajos es lo habitual, porque la reducción por rendimientos del trabajo y el mínimo personal dejan la base sin impuesto. Pero tienes que presentar la declaración: Hacienda no lo devuelve de oficio.

¿Por qué Hacienda no me devuelve todo lo retenido?

Porque, hechas las cuentas, tienes algo de impuesto que pagar y solo te devuelven lo que adelantaste de más. Pasa cuando tu rendimiento neto del trabajo supera los 14.852 euros, al tener dos pagadores, con otros ingresos o si Hacienda compensa la devolución con una deuda.

¿Hacienda puede devolver más de lo que me han retenido?

Sí, con la deducción por maternidad y las de familia numerosa o discapacidad a cargo. Son las únicas que pueden dejar el resultado por debajo de cero. Las demás deducciones, como las de obras de eficiencia energética, solo rebajan el impuesto hasta cero.

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la renta?

Normalmente unas semanas. El plazo legal es de seis meses desde el fin de la campaña, el 30 de junio, o desde que presentaste si lo hiciste fuera de plazo. A partir de ahí te debe intereses de demora.

¿Qué pasa si Hacienda no me ha devuelto la renta antes del 31 de diciembre?

Si presentaste en plazo, desde el 1 de enero Hacienda te debe intereses de demora sobre lo que tenga pendiente, salvo que el retraso sea por tu culpa, por ejemplo por no contestar a un requerimiento. Mira el estado de la devolución en la sede: si está en comprobación, te pedirán documentos o te mandarán una propuesta de liquidación.

¿Qué pasa si no estoy obligado a declarar y me han retenido?

Que pierdes ese dinero si no presentas la declaración. No estar obligado no impide declarar, y presentarla es la única forma de recuperar lo retenido. Tienes cuatro años desde el fin de cada campaña.

¿Me devuelven las retenciones si tengo deudas con Hacienda?

Solo lo que sobre. Si tienes una deuda en periodo ejecutivo, la Agencia Tributaria la compensa de oficio con la devolución y te paga la diferencia, si la hay.

Artículos relacionados