Delito de Acoso: qué es, tipos y penas

El delito de acoso es un delito genérico que ha introducido el código penal en su última reforma. El bien jurídico contra el que atenta es la libertad de la persona y está regulado dentro del capítulo de las coacciones del título 6 del código penal.

Durante los últimos años y en la actualidad con la tecnología, móviles, redes sociales, etc, se han ido dando más casos de acoso, por ello se introdujo en la última reforma del código penal una figura que proteja a las víctimas de un delito de acoso.

El delito de acoso puede confundirse con el acoso sexual, otro delito totalmente distinto que mezcla el acoso con un delito sexual. El acoso sexual está regulado dentro del título 8, protegiendo el bien jurídico de la libertad e indemnidad sexual.

▪ ¿Qué es el delito de acoso?

Es responsable de un delito de acoso genérico, el que acose a una persona con actos insistentes y reiterados, sin estar legítimamente autorizado, alterando el desarrollo de la persona y su vida cotidiana. Regulado en el artículo 172.ter del código penal.

Para que la conducta se considere acoso debe ejercerse habitualmente unas coacciones físicas y psíquicas, que causen perjuicios a las víctimas.

Penas aplicables

  • Se castiga con pena de prisión de 3 meses a 2 años o pena de multa de 6 a 24 meses.

Tipos de acoso

En el código penal se hace varias referencias al acoso, nosotros lo hemos dividido en 3 tipos:

  • Delito de acoso genérico contra la libertad (una forma de coacción)
  • Delito de acoso sexual contra la libertad sexual (un delito sexual)
  • Delito de acoso en ámbito laboral o mobbing

▪ Actos que se consideran acoso

A veces confundimos el delito de acoso con otros actos que no son calificados como tal, por eso el código penal lista cada una de las acciones que suponen acoso en la víctima, siempre teniendo en cuenta que deben realizarse con habitualidad, de forma reiterada y con actos insistentes:

  • Vigilar, perseguir o buscar cercanía física.
  • El responsable intente establecer contacto a través de cualquier medio de comunicación (o por terceras personas).
  • Uso indebido de datos personales para adquirir productos o contratar servicios, o dando datos personales a terceros para que se pongan en contacto con la víctima.
  • Y en general atentar contra la libertad o patrimonio de la víctima o persona cercana a ella.

El principal agravante del delito de acoso, es que la víctima ofendida sea alguna de las personas a que se refiere el artículo 173.2, cónyuges, descendientes, ascendientes, hermanos, menores e incapaces que convivan con el autor, entre otros.

▪ Características del delito de acoso

El delito de acoso se aplica como delito independiente, sin perjuicio de los delitos que hubieran concurrido durante la realización del mismo, aplicándose en tales casos un concurso real de delitos.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que el acoso es un delito semipúblico, se necesita denuncia de la persona afectada, sin denuncia no se podrá iniciar de oficio.

La denuncia puede presentarse en cualquier comisaría de policía o guardia civil. Y recuerda que: aportar pruebas al caso permitirá demostrar con mayor facilidad el delito. Por ejemplo: capturas de pantalla de conversaciones, registros de llamadas, testigos o similares.

Rubén Angulo

Redactor y creador de DudasLegislativas, especializado en temas civiles, laborales, ayudas públicas, derecho penal y trámites administrativos. Además, escribo sobre oposiciones, temarios, convocatorias y bolsas públicas.