El concurso de delitos es una aplicación especial de las penas que dicta el juez por la comisión de varios delitos. Se pueden acumular las penas o castigar por separado, dependerá principalmente del tipo de delito cometido.
Durante el proceso de comisión de un delito se pueden dar diferentes circunstancias en las que se cometen varios delitos. Algunos van incluidos dentro del mismo acto, por ejemplo, el homicidio incluye las lesiones, y por lo tanto, al responsable no se le castigará por lesiones sino por homicidio.
Otros delitos son un medio para cometer otro, y otras veces se consuman varios delitos de diferente naturaleza. A continuación vamos a ver cada caso por separado.
En el Código Penal podemos encontrar otras aplicaciones especiales de las penas, como el delito continuado y delito de masa.
Concurso real
El concurso real se aplica en el caso de que, durante la comisión de un delito, se realicen varios actos de carácter ilegal, los cuales deben tratarse de diferentes tipos penales (recogidos en distintos títulos del Código Penal).
En este caso, el juez determinará que se acumulen las penas, siempre que fuera posible por la naturaleza de los mismos.
Cada uno de estos delitos se considera como un tipo penal con su propia pena. A la hora del juicio se unifican formando una única pena que comprende todos los tipos penales.
El concurso real está regulado en el Libro 1 del Código Penal, en su artículo 73, siendo el primero de los tipos de concurso de delitos. Es importante mencionar que la pena final nunca puede superar el triple de la pena del delito más grave.
Ejemplos de concurso real
Dos casos reales para entenderlo mejor:
Ejemplo
Un individuo decide robar a una pareja que va caminando por la calle. En el momento de la comisión se tuerce la situación y el responsable roba a la chica, mata al chico y huye. Hay 2 tipos penales que afectan a dos bienes jurídicos distintos: se da el delito de robo y el de homicidio.
Ejemplo
Un individuo responsable de un delito sexual de violación huye en un vehículo con exceso de velocidad, y durante el trayecto golpea a otro vehículo, provocando lesiones al conductor. En este caso se producen 2 tipos penales con 2 bienes jurídicos diferentes: por una parte un delito de violación y por otro una temeridad manifiesta con resultado lesivo.
Concurso ideal y medial
El concurso ideal tiene su aplicación de 2 formas distintas: la del concurso ideal y la del concurso medial. Los dos van incluidos en el artículo 77 del Código Penal, sin que este haga mención expresa al concurso medial. Ambas figuras son lo que se denomina como concurso de delitos ideal o concurso ideal.
El concurso ideal se da cuando un solo hecho comprende 2 o más delitos. En este caso, únicamente se castigará con el delito más grave en su mitad superior, sin que pueda exceder de la suma de las penas por separado. Si se supera este límite, se aplicará cada infracción penal por separado.
A su vez, el concurso ideal se puede subdividir en:
- Concurso ideal homogéneo: el hecho atenta varias veces contra bienes jurídicos de la misma naturaleza.
- Concurso ideal heterogéneo: el hecho atenta varias veces contra diferentes bienes jurídicos.
El concurso medial se aplica cuando un delito es un medio necesario para la comisión de otro. En este caso el juez castiga únicamente con la pena superior del delito más grave.
Ejemplos de concurso ideal y medial
Cuatro casos reales para entenderlo mejor:
Ejemplo de concurso ideal homogéneo
Una persona explota una bomba en un concierto, muriendo 15 personas. En este caso el autor ha cometido 15 asesinatos.
Ejemplo de concurso ideal heterogéneo
Una persona decide coger un arma y disparar contra todos los locales del barrio. En la trayectoria de las balas mata a una persona y daña todos los escaparates y productos, creando un perjuicio económico. En este caso el autor comete un asesinato y un delito contra el patrimonio.
Ejemplo de concurso medial
Un individuo lesiona a su víctima hasta provocarle la muerte. Se castiga por el delito de asesinato, ya que las lesiones son un medio para llegar a cometer el segundo.
Ejemplo de concurso medial
Se falsifica un documento para cometer una estafa. El juez impondrá la pena del delito de estafa en su mitad superior, al ser la falsificación un medio para poder cometerla.
Diferencia con el concurso aparente de leyes
No hay que confundir el concurso de delitos con el concurso aparente de leyes o de normas (artículo 8 del Código Penal). En el concurso de delitos hay varias infracciones penales de verdad, aunque a veces se castiguen con una sola pena. En el concurso aparente de leyes, en cambio, solo hay un delito: varios artículos del Código Penal parecen aplicables al mismo hecho, pero solo uno de ellos es realmente el que corresponde, y los demás quedan desplazados.
El artículo 8 del Código Penal resuelve cuál de esas normas se aplica siguiendo estos criterios, por este orden:
- Especialidad: el precepto especial se aplica con preferencia sobre el general.
- Subsidiariedad: el precepto subsidiario se aplica solo en defecto del principal, ya sea porque lo declara expresamente o porque se infiera de él.
- Consunción: el precepto penal más amplio absorbe a los que castigan las infracciones consumidas en aquel.
- Alternatividad: en defecto de los criterios anteriores, se aplica el precepto penal más grave.
Preguntas frecuentes
Algunas dudas frecuentes sobre el concurso de delitos.
¿Cuál es la diferencia entre concurso real e ideal?
En el concurso real hay varios actos distintos, cada uno con su propio delito, y las penas se acumulan (hasta el triple de la pena más grave). En el concurso ideal hay un solo hecho que constituye dos o más delitos a la vez, y se castiga solo con la pena del delito más grave en su mitad superior.
¿Qué es el concurso medial?
Es un tipo de concurso ideal que se da cuando un delito es el medio necesario para cometer otro, como falsificar un documento para poder estafar. Se castiga con la pena superior del delito más grave, igual que el concurso ideal.
¿Qué diferencia hay entre concurso de delitos y concurso de leyes?
En el concurso de delitos existen varias infracciones penales reales. En el concurso aparente de leyes solo hay una infracción: varios artículos parecen aplicables al mismo hecho, pero solo uno de ellos se aplica de verdad, según los criterios de especialidad, subsidiariedad, consunción o alternatividad del artículo 8 del Código Penal.







