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¿Se puede aplazar un juicio por viaje?

PorRubén Angulo

Publicado el Actualizado el

Juicios, demandas y recursos

Si te han citado a un juicio y coincide con un viaje que ya tenías pagado, o con uno de trabajo que no puedes mover, lo primero que piensas es si se puede cambiar la fecha. Es una duda muy frecuente, porque los señalamientos llegan con semanas de antelación y no siempre encajan.

La respuesta depende de quién eres en el juicio (parte, testigo o abogado) y de si el viaje puede considerarse un motivo de entidad suficiente. Te explicamos qué dice la ley, cómo se pide el cambio y qué alternativa hay si no te lo conceden.

Un viaje no es por sí solo motivo para aplazar

El artículo 183 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite pedir un nuevo señalamiento cuando a quien tiene que acudir le resulta imposible asistir por "causa de fuerza mayor u otro motivo de análoga entidad". Como ejemplos, la ley cita el nacimiento y cuidado de un hijo, una enfermedad grave, un accidente con hospitalización, la muerte de un familiar cercano o una baja laboral certificada.

Un viaje de vacaciones no aparece en esa lista y normalmente no se considera fuerza mayor, porque se puede mover. Sí puede pesar un viaje que ya estaba contratado antes de recibir la citación, uno de trabajo que no depende de ti o un desplazamiento por una causa familiar grave. La decisión la toma el letrado de la Administración de Justicia, que valora si la causa es atendible y está acreditada.

Cómo se pide el aplazamiento

El aplazamiento se pide por escrito al juzgado, con estos pasos:

  1. En cuanto lo sepas: la ley exige manifestarlo "de inmediato", no la víspera.
  2. Explicar la causa y por qué te impide estar ese día concreto.
  3. Acreditarla con documentos: billetes y reservas con su fecha de compra, un certificado de la empresa o el justificante médico.
  4. Pedir un nuevo señalamiento, o la solución que proceda, en el mismo escrito.

Si tienes abogado, lo presenta él. Si te han citado como testigo, el juzgado oye a las partes en un plazo de tres días y decide si mueve la fecha o te toma declaración en otro momento (artículo 183.5).

Ojo con pedirlo sin motivo real. Si el juzgado entiende que la parte o el abogado han actuado con dilación injustificada o sin fundamento, puede imponer una multa de hasta 600 euros (artículo 183.6).

Si eres parte, testigo o abogado

No pesa igual la ausencia de todos. Si eres parte con abogado y procurador, el juicio puede celebrarse sin ti, salvo que tengas que declarar en el interrogatorio de parte: en ese caso sí se hace un nuevo señalamiento (artículo 183.3). Si vas sin abogado, por ejemplo en un juicio verbal pequeño, también se fija una nueva fecha si la causa se acepta.

Cuando quien no puede ir es el abogado, el artículo 183.2 permite pedir el cambio si la situación es atendible y está acreditada. Y si la imposibilidad surge cuando ya no da tiempo a pedir otra fecha, el artículo 188 prevé la suspensión de la vista ese mismo día.

La alternativa: declarar por videoconferencia

Antes de pedir que se aplace, conviene preguntar por la vía telemática. Desde la reforma de 2023 la ley establece que los actos procesales se celebren preferentemente con presencia telemática (artículo 129 bis), aunque para declarar como parte o testigo sigue haciendo falta, por regla general, estar físicamente. Una de las excepciones es vivir en un municipio distinto del juzgado: entonces se puede intervenir desde un lugar seguro del municipio donde resides.

Si el viaje es dentro de España, pedir declarar por videoconferencia desde otro juzgado puede ser más fácil de conseguir que un cambio de fecha. Lo decide el juez en cada caso.

En un juicio penal o laboral

En un juicio penal no se aplica la LEC sino la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que solo permite suspender el juicio oral por las causas tasadas de su artículo 746, como la falta de un testigo necesario. Si te citan como acusado o como testigo, ir es obligatorio, y un viaje rara vez se acepta como excusa. Lo explicamos en qué hacer si recibes una citación judicial.

En un juicio laboral, el artículo 83 de la Ley de la Jurisdicción Social solo permite suspender el acto de conciliación y juicio a petición de las dos partes o por motivos justificados, y una sola vez, con nueva fecha en los diez días siguientes. Una segunda suspensión es excepcional. Y si el trabajador que ha demandado no se presenta sin justa causa, se le tiene por desistido de la demanda.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta sobre aplazar un juicio.

¿Se puede aplazar un juicio por un viaje?

Solo si el juzgado considera que el viaje es una causa de entidad parecida a la fuerza mayor y lo acreditas. Un viaje de vacaciones que se puede mover no suele aceptarse, uno ya pagado antes de la citación o uno de trabajo inevitable tiene más opciones.

¿Cuántas veces se puede aplazar un juicio?

En la vía civil la ley no fija un número, cada petición se valora por separado. En la laboral, el juicio solo se puede suspender una vez, y una segunda de forma excepcional.

¿Con cuánta antelación hay que pedir el aplazamiento?

En cuanto conozcas la causa. La ley exige comunicarla de inmediato y acreditarla, y pedirlo tarde reduce mucho las posibilidades.

¿Qué pasa si no voy al juicio?

Depende de tu papel. Si eres parte con abogado, el juicio puede seguir sin ti salvo que tengas que declarar. Si eres testigo o te citan para el interrogatorio, no ir sin causa puede acarrear una multa.

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