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Cómo votar al Senado: papeleta sepia, cuántas cruces y quién sale elegido

PorRubén Angulo

Publicado el

Administración, trámites y reclamaciones

Si el 29 de noviembre te dan una papeleta de color sepia con una lista de nombres y una casilla delante de cada uno, es normal que te preguntes cuántas puedes marcar y si tienes que repartirlas entre candidatos del mismo partido. Es una duda muy habitual, porque el Senado se vota de forma distinta al Congreso y mucha gente no lo descubre hasta que tiene el papel en la mano.

La respuesta depende de dónde votes, porque el máximo de cruces va de una a tres según la circunscripción. Te explicamos cuántas puedes poner en cada sitio, cuándo se anula el voto, qué valor tienen las papeletas que los partidos mandan ya marcadas y cómo salen elegidos los senadores.

La papeleta sepia: candidatos con nombre y una casilla cada uno

El Senado se vota con una papeleta propia de color sepia y con un sobre del mismo color. La del Congreso es blanca. Así lo fija el Real Decreto 605/1999, que regula el material de las votaciones.

En la papeleta aparecen los candidatos agrupados por la entidad que los presenta (partido, coalición o agrupación de electores) y delante de cada nombre hay un recuadro. Votas poniendo una cruz en el recuadro de cada candidato elegido. Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), las candidaturas al Senado son individuales a efectos de votación y escrutinio aunque se presenten agrupadas en listas. Por eso se habla de listas abiertas.

El orden de los nombres no es alfabético. Van primero los partidos que más votos sacaron en las últimas elecciones al Senado en esa circunscripción y, detrás, los nuevos, por sorteo. La papeleta lleva además una nota que recuerda el máximo de candidatos que puedes marcar. Los dos suplentes de cada candidato no aparecen en ella.

Cuántas cruces puedes marcar según tu circunscripción

El máximo de cruces lo fija el artículo 166 de la LOREG, y el artículo 96.3 anula el voto de quien lo supera. El número de senadores de cada circunscripción lo marca el artículo 165 y lo repite el Real Decreto 806/2026 que convoca estas elecciones.

CircunscripciónSenadoresCruces máximas
Cada provincia peninsularCuatroTres
Gran Canaria, Mallorca y TenerifeTresDos
Ceuta y Melilla (cada una)DosDos
Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma (cada una)UnoUna

Marcar menos cruces que el máximo es válido. Puedes poner solo una, aunque en tu provincia te dejen tres. Lo que no puedes es pasarte.

Qué pasa si marcas candidatos de partidos distintos

No pasa nada, el voto es válido. La ley limita cuántos candidatos puedes marcar, no de qué partido son. Puedes marcar los tres de la misma candidatura, dos de una y uno de otra, o uno de cada. Como explica el propio Senado, el elector puede votar a candidatos de fuerzas políticas diversas.

Cada cruz es un voto para ese candidato concreto, no para su partido. Esa es la clave de cómo se reparten los escaños, y se ve mejor con números.

Cómo salen elegidos los cuatro más votados

En una provincia con cuatro senadores, ganan los cuatro candidatos que más cruces reciben. No hay reparto proporcional ni se suman los votos por partido. El artículo 166.1.b de la LOREG dice que son proclamados electos los candidatos que obtengan mayor número de votos hasta completar los senadores asignados a la circunscripción.

Ejemplo

En una provincia con cuatro senadores votan 1.000 electores y se presentan tres candidaturas (A, B y C) con tres candidatos cada una. Cuatrocientos marcan los tres de A, 350 marcan los tres de B y 150 los tres de C. Los otros 100 marcan A1, A2 y B1.

El recuento da 500 cruces a A1 y a A2, 450 a B1, 400 a A3, 350 a B2 y a B3, y 150 a cada candidato de C. Salen elegidos A1, A2, B1 y A3: tres de una candidatura y uno de otra, sin que importe cuántos votos suma cada partido en total.

Si un senador elegido directamente fallece, queda incapacitado o renuncia, ocupa el escaño su suplente. Cada candidatura presenta dos, con el orden en que deben asumir la plaza.

Voto en blanco y voto nulo en la papeleta del Senado

En el Senado el elector escribe sobre la papeleta, así que hay más formas de equivocarse que en el Congreso. Una papeleta sin ninguna cruz es voto en blanco y es válido, como un sobre sin papeleta (artículo 96.5). El voto es nulo en estos casos:

  • Marcas más cruces del máximo: más de tres en una provincia, más de dos en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla, y más de una en el resto de las islas (artículo 96.3).
  • Tachas o cambias nombres, alteras el orden o escribes cualquier leyenda o expresión en la papeleta (artículo 96.2).
  • Usas una papeleta que no es del modelo oficial (artículo 96.1).

Si quieres ver cómo cuenta cada tipo de voto en el resultado, tienes cómo computan el voto en blanco y el nulo explicado con ejemplos.

Las papeletas que llegan por correo ya marcadas son válidas

Muchos partidos mandan sobres y papeletas por buzón, y las del Senado a veces llegan con las cruces de sus candidatos ya impresas. Es legal. La Junta Electoral Central acordó en 1986 (Acuerdo 131/1986) que las papeletas del Senado impresas por las candidaturas pueden llevar impresa la marca del voto, y que valen para votar con ellas, pero que no pueden ofrecerse en las mesas el día de la votación. La Instrucción 1/2021 de la misma Junta ampara además el reparto de sobres y papeletas sin nombre y apellidos del destinatario.

Si usas una de esas papeletas, la metes tal cual en el sobre sepia. No le añadas nada. Con tres cruces ya impresas, una cuarta anula el voto, y tachar un nombre o escribir encima también. Si prefieres elegir tú a los candidatos, en la mesa te darán las papeletas sin marcar.

Si vas a votar por correo, los plazos y los pasos están en cómo se vota por correo. El sobre del Senado sigue las mismas reglas que el que se echa en la urna.

Congreso y Senado: dos sistemas en la misma jornada

El mismo día votas dos papeletas con reglas distintas. En el Congreso eliges una lista cerrada y los escaños se reparten con la ley D’Hondt, tal como establece el artículo 163 de la LOREG. En el Senado eliges personas y ganan las más votadas.

AspectoCongresoSenado
PapeletaBlancaSepia
Qué eligesUna lista cerrada de partidoCandidatos concretos
Cómo votasMetes la papeleta sin tocarlaCruz en el recuadro de cada candidato
RepartoD’Hondt, con un mínimo del 3% de los votos válidosLos más votados hasta cubrir los escaños

Con la misma intención de voto, las dos cámaras pueden quedar repartidas de forma distinta. En el Congreso cuenta el total de cada lista y en el Senado, cada candidato por separado.

Los senadores que no se votan: los designan los parlamentos autonómicos

Una parte del Senado no sale de las urnas. Según el artículo 69.5 de la Constitución, cada comunidad autónoma designa un senador y otro más por cada millón de habitantes. Lo hace su Asamblea Legislativa, de acuerdo con su Estatuto, y asegurando la representación proporcional. El número concreto se calcula con el censo de población de derecho vigente en las últimas elecciones generales al Senado (artículo 165.4 de la LOREG).

En la legislatura que ahora termina, el Senado tiene 266 miembros, 208 elegidos en las urnas y 58 designados. Los designados no se votan el 29 de noviembre.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre cómo se vota al Senado.

¿Cuántas cruces se pueden marcar en la papeleta del Senado?

En una provincia puedes marcar hasta tres candidatos. En Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla, hasta dos, y en el resto de las islas, uno solo. Si marcas más de las permitidas, el voto es nulo.

¿Se puede votar a senadores de partidos distintos?

Sí. La ley limita cuántos candidatos puedes marcar, no de qué partido son. Cada cruz va al candidato elegido, y salen senadores los más votados hasta completar los escaños de la circunscripción.

¿Cuántos senadores se eligen por provincia?

Cuatro. Las excepciones son tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife, dos en Ceuta y en Melilla y uno en cada una de las demás islas, incluidas Ibiza y Formentera, que este año eligen su senador por separado.

¿Es válida una papeleta del Senado que ya viene marcada?

Sí, si la han impreso las candidaturas y no pasas del máximo de cruces. La Junta Electoral Central acordó en 1986 que valen para votar, aunque no pueden ofrecerse en las mesas el día de la votación. Si añades cruces de más o tachas algún nombre, el voto es nulo.

¿Qué pasa si dejo la papeleta del Senado sin marcar?

Es un voto en blanco, que es válido. No afecta a lo que votes en el Congreso, porque cada cámara tiene su propio sobre y su propia papeleta.

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