El sistema electoral y los votos en España es un tema bastante complejo. Podríamos decir, que la gran mayoría de los ciudadanos españoles no tienen ni la menor idea de cómo funciona realmente y lo que conlleva realizar acciones como el voto en blanco, el voto nulo o abstenerse a votar.
En el siguiente artículo vamos a intentar explicarlo todo de la manera más sencilla posible para que entiendas la diferencia entre voto blanco, nulo y abstención.
¿Qué es el voto en blanco?
Echar un voto blanco en las urnas realmente significa entregar el sobre vacío o entregar la papeleta para los candidatos del Senado sin marcar.
Según la Ley Electoral actual, es un voto válido y, por tanto, no se adjudican a ninguna lista, pero se suma al total de votos. Esto hace que el porcentaje mínimo (3%) aumente y como consecuencia, perjudique a los partidos más pequeños (la Ley d’Hondt).
Se considera que un voto en blanco es una muestra de descontento hacia la clase política, pero de acuerdo con el sistema electoral.
¿Qué es el voto nulo?
Se considera voto nulo entregar un sobre no oficial o que sí que lo sea pero que la papeleta este manipulada con fines distintos (tachada, pintada, subrayada…) o algún otro contenido (mensajes, fotografías, propaganda…). También se considera voto nulo si el sobre contiene más de una papeleta.
Sin embargo, si ponen dos papeletas de la misma candidatura, se computará como un solo voto válido. En el Senado, aparte de todo esto, también se considerará voto nulo si se señalan en la papeleta más nombres de los que tocan por circunscripción.
A diferencia del voto nulo, no cuenta con el reparto de escaños y, por tanto, ni beneficia ni perjudica a nadie.
En algunos casos, el voto nulo es consecuencia de un error no intencionado, no obstante, en la gran mayoría de casos, se trata de un acto consciente de aquellos ciudadanos descontentos con el sistema electoral y con la situación política, de ahí que se conozca a este voto como «voto gamberro».
¿Qué es la abstención (no votar)?
Como bien indica su nombre, la abstención es no emitir ningún voto, es decir, no votar ni presencialmente ni por correo. Dicho de otra manera, la abstención se da cuando el votante decide no ejercer su derecho al voto.
Al igual que el voto nulo, este tampoco suma (no puede sumar si no hay papeleta) ni afecta a los resultados. A diferencia de los dos casos anteriores, no se puede saber por qué una persona no ha podido ir a votar ni su significado. Puede haber sido por enfermedad, indiferencia, descontento, etc.
¿Cómo se vota en España?
Todas las personas que estamos inscritas en el Censo Electoral y que, por tanto, cumplimos con los requisitos para poder votar, recibiremos una carta con la Sección y la Mesa Electoral. En caso de no recibir la carta con dicha información, también se puede consultar por internet.
Cuando tengamos claro a quien vamos a votar, introduciremos la papeleta dentro del sobre y lo cerraremos bien. El día de las elecciones nos presentaremos en la Sección y en la Mesa Electoral correspondientes para poder entregarla de manera individual (de uno en uno). Si el día de las elecciones no podemos acudir a votar, la solución es votar por correo (tanto para residentes en españa como españoles en el extranjero.
Para ello, tendremos también que presentar nuestro DNI, pasaporte o permiso de conducir. Si se trata de personas extranjeras, además, también tendrán que presentar la tarjeta de residencia. Podemos esperar hasta el último momento para introducir las papeletas dentro de los sobres, e incluso, hacerlo dentro de una cabina (para respetar la confidencialidad). Recordad que hay horas del día con aglomeración de gente, recomendamos acudir durante las últimas horas de la tarde.
Cada Mesa Electoral está compuesta por vocales, interventores y un presidente. Una vez lleguemos a nuestra mesa, el presidente les dirá a los vocales o a los interventores el nombre del elector y estos se encargarán de comprobar que aparece en las listas del Censo Electoral. El presidente será quien le dé el permiso al elector para introducir el sobre dentro de la urna. Como es evidente, nadie puede votar más de una vez en las mismas elecciones.
Si fuera necesario, el elector puede solicitar un justificante acreditativo por haber ejercido su derecho a voto en la Mesa Electoral en cuanto haya votado o en la Junta Electoral de Zona correspondiente.