Si el 29 de noviembre vas a estar de viaje, trabajando o simplemente fuera de tu localidad, es normal que te preguntes cómo votar en las elecciones generales sin pasar por tu colegio electoral. Es una de las dudas que más se repiten en cada convocatoria, y este año el plazo ya está abierto.
El voto por correo se pide en cualquier oficina de Correos o por internet, y tiene tres fechas que no se pueden pasar. Te explicamos cómo solicitar el voto por correo, qué te llega a casa, cómo enviarlo y qué pasa si cambias de planes.
Las fechas del voto por correo para el 29 de noviembre
La ley electoral fija los plazos contando desde el día de la convocatoria, que fue el 6 de octubre. Para estas elecciones quedan así:
- Del 6 de octubre al 19 de noviembre: plazo para solicitar el voto por correo.
- Del 9 al 23 de noviembre: la Oficina del Censo Electoral envía a casa las papeletas y los sobres.
- Hasta el 25 de noviembre: último día para llevar el voto a Correos.
Lo más prudente es pedirlo cuanto antes. Si lo solicitas en los últimos días del plazo, la documentación puede llegarte muy justa para devolverla a tiempo.
Quién puede votar por correo
Cualquier persona inscrita en el censo electoral que prevea que el día de la votación no va a estar en su localidad o que no puede ir a votar en persona, según el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. No hace falta justificar el motivo: basta con pedirlo dentro del plazo.
Si vives en el extranjero y estás inscrito en el censo de residentes ausentes, el procedimiento es otro: no hay que pedir nada. La documentación llega sola, la envía la Oficina del Censo Electoral entre el 24 y el 30 de octubre, y se vota en la urna del consulado o por correo desde allí. Quien obtuvo la nacionalidad por la ley de nietos debe saber que el Tribunal Supremo suspendió de forma cautelar en septiembre el efecto electoral de esas inscripciones, salvo para los hijos y nietos de exiliados que lo acrediten.
Cómo solicitar el voto por correo en Correos
La forma más habitual es ir a cualquier oficina de Correos, no hace falta que sea la de tu barrio. Allí te dan el impreso de solicitud, lo rellenas y lo firmas delante del empleado.
- Tienes que ir en persona: nadie puede pedirlo por ti salvo en caso de enfermedad, como se explica más abajo.
- Lleva el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir originales. No se admite una fotocopia, y el empleado comprobará que la firma coincide. Para no esperar, puedes pedir cita previa en la app o en la web de Correos.
- En el impreso indicas dónde quieres recibir la documentación: tu domicilio u otra dirección donde vayas a estar.
- La solicitud es gratuita.
Correos manda la solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en un plazo de tres días, y es la Oficina del Censo la que te envía después todo lo necesario.
Solicitar el voto por correo por internet
Si tienes certificado electrónico o DNI electrónico, puedes hacer la solicitud sin ir a la oficina, en la web de Correos o en la sede electrónica del INE, del que depende la Oficina del Censo Electoral. La firma electrónica sustituye a la firma delante del empleado.
El plazo es el mismo que en la oficina, hasta el 19 de noviembre. Lo que cambia es solo la forma de presentar la solicitud: la documentación te llega igual, por correo certificado. Para firmar por internet necesitas tener instalado AutoFirma, y esta vía es para los electores que viven en España.
Lo que te llega a casa y cómo se recibe
Entre el 9 y el 23 de noviembre recibirás por correo certificado un paquete con:
- Las papeletas de todos los partidos que se presentan en tu provincia al Congreso y la papeleta del Senado.
- Los sobres de votación: blanco para el Congreso y sepia para el Senado.
- El certificado de inscripción en el censo.
- Un sobre más grande con la dirección de tu mesa electoral ya impresa.
- Una hoja con las instrucciones.
El cartero te la tiene que entregar a ti en persona, después de identificarte. Si no estás en casa, te deja un aviso y tienes que ir tú, o tu representante autorizado si estás enfermo, a recogerla a la oficina de Correos que te indiquen.
Cómo enviar el voto, paso a paso
Con la documentación en la mano, votar es cuestión de cinco minutos:
- Elige la papeleta del Congreso y métela en el sobre blanco. Si quieres votar en blanco, deja el sobre vacío.
- Marca en la papeleta del Senado hasta tres candidatos (dos o uno en algunas islas, y dos en Ceuta y Melilla) y métela en el sobre sepia.
- Cierra los dos sobres de votación.
- Mete los dos sobres y el certificado del censo en el sobre grande con la dirección de la mesa.
- Llévalo a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado como muy tarde el 25 de noviembre. No hace falta sello: el envío es gratuito.
Si olvidas meter el certificado del censo en el sobre grande, la mesa no puede comprobar que el voto es tuyo. Revisa también la papeleta antes de cerrar el sobre: los motivos por los que un voto acaba anulado los tienes en la diferencia entre voto en blanco, nulo y abstención.
Correos guarda todos los votos y los lleva a cada mesa a las nueve de la mañana del día de las elecciones. Los que llegan durante el día se siguen entregando hasta las ocho de la tarde.
Si estás enfermo: solicitarlo por medio de otra persona
Cuando una enfermedad o una discapacidad te impide ir a Correos, otra persona puede hacer la solicitud en tu nombre. Para eso hacen falta dos documentos:
- Un certificado médico oficial que acredite la enfermedad o la incapacidad. Es gratuito.
- Un poder notarial a favor de esa persona, o consular si estás fuera, hecho solo para ti. Un mismo poder no puede incluir a varios electores, y una misma persona no puede representar a más de uno.
La Junta Electoral revisa cada caso.
Una vez pedido, ya no puedes votar en persona
Cuando la Oficina del Censo acepta tu solicitud, anota en el censo que vas a votar por correo, precisamente para que no puedas votar también en la mesa. Si cambias de planes y el 29 de noviembre estás en tu localidad, la vía para votar sigue siendo enviar el voto por correo dentro del plazo.
Pensarlo bien antes de pedirlo evita quedarse sin votar: quien solicita el voto por correo y luego no lo envía no puede presentarse en el colegio con su DNI como el resto de electores.
Preguntas frecuentes
Las dudas que más se repiten sobre el voto por correo en las elecciones generales.
¿Hasta cuándo se puede pedir el voto por correo para el 29 de noviembre?
Hasta el 19 de noviembre, el décimo día antes de la votación. Se puede pedir desde el 6 de octubre, el día en que se publicó la convocatoria.
¿Cuál es el último día para enviar el voto por correo?
El 25 de noviembre. El voto se entrega en una oficina de Correos por correo certificado y el envío es gratuito.
¿Puedo pedir el voto por correo con el pasaporte o una fotocopia del DNI?
Con el pasaporte sí, y también con el carnet de conducir, siempre el documento original. Correos admite el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir originales, nunca una fotocopia. Por internet, la identificación se hace con el certificado electrónico o el DNI electrónico.
Si voto por correo, ¿me libro de la mesa electoral?
No. Si te toca ser miembro de una mesa electoral, tienes que acudir igual. Haber pedido el voto por correo no es una de las excusas que admite la Junta Electoral.
¿Puedo votar en persona si ya he pedido el voto por correo?
No. Al aceptar la solicitud, la Oficina del Censo Electoral lo anota en el censo para que no puedas votar también en la mesa. Tu forma de votar pasa a ser el correo.







