Si eres una persona ciega o con discapacidad visual, o tienes en casa a alguien que lo es, es normal que te preguntes cómo se vota sin ver la papeleta y si hace falta que alguien te acompañe a la cabina. Es una duda muy habitual cuando se convocan elecciones generales, como las del 29 de noviembre.
La respuesta depende de la ayuda que prefieras. Puedes ir con una persona de confianza, como recoge el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), o usar el voto accesible con documentación en braille, que regula el Real Decreto 1612/2007 y hay que pedir antes de una fecha. Te explicamos quién puede pedirlo, cómo y hasta cuándo, qué contiene el kit y qué más hay en el colegio electoral.
Dos formas de votar sin ver la papeleta
El artículo 87 de la LOREG recoge las dos vías y ninguna excluye a la otra.
La primera es la persona de confianza. Los electores que no sepan leer o que, por discapacidad, estén impedidos para elegir la papeleta, colocarla dentro del sobre y entregarla al presidente de la mesa, pueden servirse de alguien de su confianza para esas operaciones. No hay trámite previo, se usa el mismo día de la votación.
La segunda es el procedimiento de voto accesible. El apartado 2 encargó al Gobierno regular un sistema para personas ciegas o con discapacidad visual que garantice el secreto del voto y que se aplique siempre en las elecciones al Congreso y al Senado. Lo desarrolló el Real Decreto 1612/2007, y su uso es voluntario: quien lo pida puede seguir yendo con una persona de confianza si prefiere.
Quién puede pedir el voto accesible en braille
No vale para cualquier discapacidad visual, porque el kit está pensado para quien lee braille. Según el decreto y Infoelectoral, hay tres condiciones.
- Estar inscrito en el censo electoral.
- Conocer el sistema braille de lectoescritura.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento o estar afiliado a la ONCE.
Cambio que aún no afecta: el Real Decreto 707/2026 elimina el requisito del 33 por ciento o de la ONCE, pero entra en vigor el 2 de enero de 2027. Para el 29 de noviembre se aplica la redacción de siempre.
Cómo se solicita y hasta cuándo
La petición se hace antes de las elecciones y por teléfono. Infoelectoral indica que se solicita llamando al teléfono gratuito del Ministerio del Interior 900 150 000.
Hay que dar nombre y apellidos, domicilio, número de DNI y un teléfono de contacto, y declarar que sabes leer braille y que cumples el requisito del 33 por ciento o de la ONCE. El Ministerio puede pedirte que verifiques esos datos en cualquier momento. Después recibes una confirmación de que han registrado tu solicitud, que es lo que te habilita para recoger el kit en tu mesa.
El plazo, según el artículo 3 del decreto, empieza el día de la convocatoria y llega hasta el vigésimo séptimo día posterior, ambos incluidos. Con la convocatoria publicada el 6 de octubre, el último día es el lunes 2 de noviembre. Es un cálculo nuestro a partir de la norma, así que si llamas en los últimos días confirma la fecha en Infoelectoral.
Ejemplo
Marta es afiliada a la ONCE y lee braille. Llama al 900 150 000 a mediados de octubre, da sus datos y recibe la confirmación. El 29 de noviembre dice en su mesa que ha solicitado el kit accesible, da su DNI y los miembros de la mesa se lo entregan.
El kit del día 29: qué trae y cómo se usa
El kit lleva papeletas y sobres idénticos a los que usa todo el mundo, más documentación en braille y en tinta para identificar cada cosa sin ayuda. El día de las elecciones te identificas ante el presidente o los vocales, les dices que lo has pedido y das tu DNI. Tienen un listado con los DNI de quienes lo han solicitado.
Te entregan el kit y te indican el espacio habilitado del local para manejarlo, lo más cerca posible de tu mesa y con privacidad. También puedes llevártelo fuera y volver más tarde a votar. Como se votan dos cámaras, trae un sobre grande para cada una, rotulado en braille y en tinta.
- Congreso: dentro hay un sobre por candidatura, con su nombre en braille y en tinta y su papeleta. Eliges el sobre, sacas la papeleta y la metes en el sobre de votación.
- Senado: trae una plantilla con ventanas troqueladas donde marcas con una X tu opción, con la papeleta dentro, y una guía en braille con los candidatos en el mismo orden. Sacas la papeleta marcada y la metes en el sobre del Senado.
Con los sobres cerrados vas a la mesa, enseñas tu documento de identidad y los depositas tú mismo en las urnas. Interior recomienda llevarte después el kit y el material sobrante para asegurar el secreto.
Qué más hay en el colegio electoral
El kit en braille es la ayuda más específica, pero no la única que prevé la normativa para quien vota con una discapacidad.
Los ayuntamientos proponen locales accesibles para las mesas, y si no hay ninguno, la Junta Electoral adopta las medidas para que los disponibles lo sean ese día. Quien vea un local que incumple esos requisitos puede reclamar, según Infoelectoral. Además, los miembros de la mesa deben velar por que los electores con discapacidad voten con la mayor autonomía posible, con los ajustes razonables necesarios (Real Decreto 422/2011).
Si no puedes ir al colegio, existe el voto por correo. Si una enfermedad o discapacidad te impide incluso pedirlo en persona, otra persona puede hacerlo por ti con un poder notarial gratuito y un certificado médico oficial. Y si te toca formar parte de una mesa y necesitas intérprete de lengua de signos o bucle magnético, se piden por escrito a la Junta Electoral de Zona en siete días desde la notificación, como explicamos en la guía de la mesa electoral y sus excusas.
Desde 2018 ninguna discapacidad quita el voto
Hasta 2018 la ley permitía que un juez retirara el derecho de sufragio a algunas personas por su discapacidad. Ya no es así.
La Ley Orgánica 2/2018 suprimió esos supuestos y reescribió el artículo 3.2 de la LOREG: toda persona puede ejercer su derecho de sufragio activo, de forma consciente, libre y voluntaria, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera. Quienes habían perdido el derecho por una resolución judicial lo recuperaron por ministerio de la ley. Los requisitos generales los tienes en quién puede votar en España.
Preguntas frecuentes
Las dudas más repetidas de quienes piden el voto accesible o van a votar con ayuda.
¿Cómo votan las personas ciegas en España?
Pueden elegir entre dos vías. Una es votar con ayuda de una persona de confianza, que les ayuda a elegir la papeleta, meterla en el sobre y entregarla en la mesa. La otra es el voto accesible, un kit con documentación en braille que se pide antes y se recoge en la mesa el día de la votación.
¿Quién puede pedir el voto accesible con braille?
Las personas con discapacidad visual inscritas en el censo que sepan leer braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento o estén afiliadas a la ONCE. Para las elecciones del 29 de noviembre rige este requisito, porque el cambio que lo elimina entra en vigor el 2 de enero de 2027.
¿Hasta cuándo se puede pedir el kit para las elecciones del 29 de noviembre?
El plazo va desde el día de la convocatoria hasta 27 días después, ambos incluidos. Como la convocatoria se publicó el 6 de octubre, el último día es el lunes 2 de noviembre.
¿Puedo votar con ayuda de otra persona si no sé braille?
Sí. El artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General permite que quien no sepa leer o no pueda elegir la papeleta, meterla en el sobre y entregarla por una discapacidad se sirva de una persona de su confianza. No hace falta pedirlo antes.
¿Se puede pedir el kit accesible y también votar por correo?
No, son incompatibles. El kit en braille se entrega en la mesa electoral y está pensado para el voto presencial. Si solicitas el voto por correo ya no puedes votar en persona en la mesa.







