Si tienes estrabismo, o lo tiene tu hijo, y el oftalmólogo habla de operar, lo normal es preguntarse si la sanidad pública cubre la cirugía o si hay que ir a la privada. Es una duda muy común en adultos, porque circula la idea de que en los mayores la operación es solo estética y no la paga la Seguridad Social.
La respuesta está en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, que deja fuera solo lo que tiene una finalidad puramente estética. Te explicamos cuándo se opera en la pública, qué pasa con la lista de espera y qué alternativas hay a la cirugía.
La Seguridad Social cubre la operación de estrabismo
El estrabismo es una alteración de la alineación de los ojos, y como tal es una enfermedad. La cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (Real Decreto 1030/2006) incluye el diagnóstico y el tratamiento médico y quirúrgico de las enfermedades oculares, así que la cirugía de estrabismo está cubierta cuando la indica el especialista.
Lo único que excluye la norma son "los procedimientos diagnósticos y terapéuticos con finalidad estética, que no guarden relación con accidente, enfermedad o malformación congénita". Como el estrabismo es en sí una enfermedad, la operación no se considera estética aunque mejore el aspecto.
En niños y en adultos
En los niños, la detección del estrabismo forma parte de las revisiones del pediatra en atención primaria, y el tratamiento empieza casi siempre con gafas o con parches para evitar el ojo vago. Si con eso no se corrige la desviación, se opera, y la cirugía infantil es un procedimiento habitual en los hospitales públicos.
En los adultos también se opera en la pública. Las razones más frecuentes son la visión doble (diplopía), las desviaciones que aparecen tras un accidente o una enfermedad, como un problema de tiroides, y los estrabismos de la infancia que no se corrigieron. Que el paciente quiera además mejorar su aspecto no convierte la operación en estética, siempre que haya una indicación médica.
Cómo se llega a la operación
El camino es el de cualquier cirugía programada en la sanidad pública:
- Pedir cita con el médico de familia o el pediatra, que deriva al oftalmólogo.
- El oftalmólogo del hospital valora el tipo de estrabismo y decide el tratamiento.
- Si indica cirugía, te incluye en la lista de espera quirúrgica y te hacen las pruebas de preoperatorio.
- La operación suele ser ambulatoria: entras y sales el mismo día.
Qué pasa con la lista de espera
El tiempo de espera depende de cada comunidad autónoma y de cada hospital. La garantía estatal de un máximo de 180 días del Real Decreto 1039/2011 solo cubre cinco cirugías concretas, como las cataratas o las prótesis de cadera y rodilla, y el estrabismo no está entre ellas.
Algunas comunidades sí tienen sus propios plazos máximos garantizados para más intervenciones y permiten derivar al paciente a otro centro si se superan. Conviene preguntar en el servicio de atención al paciente del hospital cuál es el plazo en tu comunidad y si puedes pedir que te operen en otro hospital.
Alternativas a la cirugía
No todos los estrabismos se operan. Según el caso, el oftalmólogo puede recetar gafas o prismas, ejercicios de ortóptica o inyecciones de toxina botulínica en el músculo del ojo, que en algunos estrabismos corrigen la desviación sin cirugía. Si el especialista no indica tratamiento, la sanidad pública no lo cubre aunque el paciente lo quiera.
Preguntas frecuentes
Las dudas más habituales sobre operarse de estrabismo en la pública.
¿La Seguridad Social cubre la operación de estrabismo en adultos?
Sí, cuando la indica el oftalmólogo. El estrabismo es una enfermedad y la cartera del Sistema Nacional de Salud solo excluye los tratamientos con finalidad puramente estética.
¿Cuánto se tarda en operar de estrabismo por la Seguridad Social?
Depende de la comunidad y del hospital. La garantía estatal de 180 días no incluye el estrabismo, aunque algunas comunidades tienen sus propios plazos máximos.
¿La operación de estrabismo es estética?
No, mientras haya una indicación médica. Que además mejore el aspecto no cambia que se trate una enfermedad.
¿Puedo elegir el hospital donde me operan?
Depende de la comunidad autónoma. Algunas permiten elegir hospital o derivar a otro centro si se supera el plazo garantizado.







