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Contrato de relevo: requisitos, duración y cómo funciona

PorRubén Angulo

Publicado el

Trabajo, contratos y despidos

Para jubilarse a tiempo parcial antes de la edad ordinaria, la empresa tiene que contratar a otra persona que cubra la parte de jornada que se deja libre. Ese segundo contrato es el contrato de relevo, y desde 2025 tiene que ser indefinido y a jornada completa en todos los casos.

Qué es el contrato de relevo

Es el contrato que permite a un trabajador acceder a la jubilación parcial anticipada, reduciendo su jornada antes de la edad ordinaria de jubilación, a cambio de que la empresa contrate simultáneamente a otra persona (el relevista) para cubrir esa parte de la jornada. Sin el contrato de relevo, no hay jubilación parcial anticipada posible.

Requisitos del trabajador que se jubila parcialmente

Para acceder a esta jubilación parcial hace falta:

  • Edad: hasta 3 años menos que la edad ordinaria de jubilación que le corresponda.
  • Jornada completa previa en la empresa.
  • Antigüedad: al menos 6 años inmediatamente anteriores en la misma empresa.
  • Cotización: 33 años cotizados, 25 años si tiene una discapacidad igual o superior al 33%, o 30 años si le corresponde la disposición transitoria aplicable.

Requisitos del relevista

El relevista tiene que estar desempleado en el momento de la contratación, o tener ya con esa misma empresa un contrato de duración determinada. No hace falta que ocupe exactamente el mismo puesto que el trabajador que se jubila, pero sí que su contratación esté ligada a esa jubilación parcial.

Duración y jornada desde la reforma de 2025

El Real Decreto-ley 11/2024 cambió las reglas a partir de abril de 2025: en todos los casos de jubilación parcial anticipada, el contrato de relevo tiene que ser indefinido y a jornada completa, y mantenerse al menos durante los dos años siguientes a que se extinga la jubilación parcial del trabajador relevado. Antes de esta reforma, la duración variaba según el porcentaje de reducción de jornada que se hubiera pactado.

Caso aparte: las Administraciones públicas. Exigir un contrato indefinido a jornada completa resulta inviable cuando la plaza solo se puede cubrir superando un proceso selectivo de igualdad, mérito y capacidad, así que el sector público tiene un tratamiento distinto en la práctica.

Qué pasa si la empresa no cumple

Si el contrato de relevo se extingue antes de tiempo y la empresa no lo sustituye por otro en los mismos términos, está obligada a celebrar un nuevo contrato de relevo en esas mismas condiciones. Si no lo hace, puede tener que reintegrar la pensión de jubilación parcial que el trabajador relevado ha estado cobrando.

El sueldo del relevista y la pensión, compatibles

El salario del relevista es compatible con la pensión de jubilación parcial que cobra el trabajador relevado, porque son dos relaciones laborales y dos prestaciones distintas. La relación laboral del trabajador relevado se extingue cuando este accede a la jubilación total.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten sobre el contrato de relevo.

¿El relevista tiene que ocupar el mismo puesto que el trabajador que se jubila?

No necesariamente. Puede ser el mismo puesto o uno distinto, siempre que la contratación esté ligada a esa jubilación parcial concreta.

¿Cuánto tiene que durar el contrato de relevo desde 2025?

Tiene que ser indefinido y a jornada completa, y mantenerse al menos durante los dos años siguientes a la extinción de la jubilación parcial del trabajador relevado, en todos los casos desde la reforma del Real Decreto-ley 11/2024.

¿Qué pasa si la empresa despide al relevista antes de tiempo?

La empresa está obligada a celebrar un nuevo contrato de relevo en los mismos términos. Si no lo hace, puede tener que reintegrar la pensión de jubilación parcial que ha estado cobrando el trabajador relevado.

¿Puede ser relevista alguien que ya trabaja en la empresa con un contrato temporal?

Sí. El relevista puede estar desempleado en el momento de la contratación o tener ya con esa misma empresa un contrato de duración determinada.

¿Se puede cobrar la pensión de jubilación parcial y el sueldo del relevista a la vez?

Sí, son dos relaciones laborales y dos prestaciones distintas y compatibles entre sí: el sueldo del relevista y la pensión parcial del trabajador relevado.

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