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Mercadona despide a un gerente con 17 años en la empresa por una frase a su coordinadora

PorRubén Angulo

Publicado el

Derecho Laboral

Mercadona despidió a un gerente de uno de sus supermercados por una frase que soltó discutiendo con su coordinadora sobre el reparto de turnos. El TSJ de Castilla-La Mancha acaba de confirmar que esa frase no era motivo de despido: la empresa tendrá que readmitirlo o pagarle 61.316,68 euros, a su elección. La sentencia, dictada el 13 de febrero de 2026, ratifica el fallo que ya había dictado el Juzgado de lo Social de Toledo.

Diecisiete años en la empresa y un cuadrante de turnos

En el supermercado de Mercadona en Villacañas (Toledo), el puesto del trabajador era el de Gerente B, puesto que ocupaba desde el 8 de mayo de 2007, diecisiete años antes de la discusión que le costó el empleo. Su sueldo por día era de 96,07 euros, pagas extraordinarias incluidas.

El origen fue el 17 de octubre de 2024, una tarde cualquiera de trabajo. La coordinadora estaba formando a otros dos empleados cuando le preguntó cómo iba la planificación de la jornada siguiente. Al revisarla, notó que a uno de los compañeros le sobraba hueco y al otro no le llegaba el tiempo, así que le encargó ajustar el cuadrante.

Una frase en mitad de la discusión

Ahí empezó todo. El gerente respondió preguntando si no se estaba valorando bien su trabajo y, según los hechos probados de la sentencia, soltó una expresión que meses después decidiría el juicio.

"No valía para tomar por el culo"

Palabras del gerente sobre la valoración de su coordinadora, recogidas en los hechos probados de la sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha

Una de las trabajadoras presentes dijo que ella no había oído a la coordinadora decir eso. La discusión siguió y los dos acabaron en el muelle de carga del supermercado. La sentencia da por hecho que el gerente se acercó a la coordinadora, pero no logra determinar la distancia exacta ni qué palabras usó en ese momento: tampoco queda acreditada la versión de Mercadona sobre cómo fue ese acercamiento.

Indisciplina, ofensas y transgresión de la buena fe

El 28 de octubre de 2024, once días después de la discusión, Mercadona formalizó el despido por la vía disciplinaria. La carta de despido citaba varias causas: indisciplina, ofensas verbales hacia un superior y una transgresión de la buena fe contractual, apoyada además en preceptos del convenio colectivo sobre faltas muy graves.

Para la empresa, aquella frase era un ataque directo a la coordinadora.

Toledo ya había fallado: despido improcedente

El trabajador no se conformó y demandó a Mercadona. El Juzgado de lo Social número dos de Toledo descartó la nulidad del despido, y en su sentencia del 7 de agosto de 2025 lo calificó de improcedente. La consecuencia era la misma que ahora confirma el TSJ: Mercadona debía elegir entre readmitir al gerente con los salarios dejados de percibir o pagarle la indemnización.

Para el TSJ, una queja no es un insulto

Mercadona recurrió esa sentencia ante el TSJ de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, y perdió también ahí. La Sala de lo Social da por probado que el gerente usó expresiones soeces, pero traza una distinción que cambia todo el caso: no las dijo como insulto dirigido a su coordinadora, sino como una queja porque no le gustó cómo se valoraba lo que hacía.

Pesa además, según la Sala, que ya hubiera cierta tensión previa entre ambos y que Mercadona no lograra acreditar otros extremos en los que apoyaba la gravedad de la conducta. Con esos mimbres, la Sala considera excesivo convertir lo ocurrido en un despido.

El recurso se desestima entero, y las costas también las paga Mercadona: 600 euros más para el abogado de la otra parte.

61.316 euros o la vuelta al puesto

La cifra que ahora debe afrontar Mercadona, 61.316,68 euros, equivale a cerca de 21 meses de sueldo del gerente, calculados sobre su salario diario. Sale de aplicar la fórmula legal de indemnización por despido improcedente a sus diecisiete años de antigüedad, la misma cuenta que se le haría a cualquier empleado indefinido en su misma situación.

La otra opción, la readmisión, obliga además a pagarle los salarios que ha dejado de cobrar desde el despido.

La empresa elige entre las dos, no el trabajador.

Si te despiden y crees que no toca

Si te despiden y crees que la empresa se ha pasado, el plazo para reclamar corre desde el primer día. Lo primero es distinguir qué tipo de despido es: un despido improcedente, como el de este gerente, da derecho a la indemnización o a la readmisión, mientras que un despido nulo obliga siempre a la readmisión y a pagar los salarios de todo el tiempo perdido.

Si te pasa a ti

Tienes 20 días hábiles desde que recibes la carta de despido para reclamar. El primer paso es la papeleta de conciliación ante el SMAC (o el servicio equivalente de tu comunidad autónoma). Si no hay acuerdo, o la empresa no se presenta, el siguiente paso es la demanda ante el Juzgado de lo Social, como hizo este gerente.

Si el juez o el tribunal te dan la razón, como aquí, la empresa es quien elige entre pagarte o recuperar tu puesto, salvo que sea nulo. Antes de firmar nada ni de dejar pasar el plazo, conviene tener claro cómo se defiende un despido improcedente y en qué se diferencia de un despido nulo, y si Mercadona sigue recurriendo, hasta dónde puede llegar un recurso de suplicación.

Mercadona todavía puede recurrir en casación ante el Supremo para unificar doctrina, en los diez días siguientes a la notificación. Hasta entonces, la última palabra sigue siendo la misma que dijo primero un juzgado de Toledo y ahora repite un tribunal en Albacete: aquella frase en el muelle no merecía un despido.

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