Modelo de protocolo de acoso laboral y sexual
Toda empresa, sin importar su tamaño, tiene que negociar un protocolo contra el acoso laboral y sexual con la representación de los trabajadores. Aquí tienes el modelo oficial del Instituto de las Mujeres, con las definiciones, el procedimiento de denuncia y el formulario ya incluidos, en Word y PDF.
Qué es el protocolo de acoso laboral y por qué es obligatorio
El protocolo de acoso laboral y sexual es el documento con el que una empresa define qué conductas considera acoso, qué vías tiene un trabajador para denunciarlas y cómo se investiga y resuelve cada caso. El artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, obliga a todas las empresas, sin un mínimo de plantilla, a negociar con la representación de los trabajadores medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
No tener protocolo no es una simple omisión administrativa. Si se produce un caso de acoso laboral y la empresa no puede acreditar que tenía un procedimiento en marcha, la Inspección de Trabajo puede considerarlo un incumplimiento del deber de prevención, con la sanción que corresponda, y la empresa queda en peor posición para defenderse si el caso llega a los tribunales.
Qué tiene que incluir el protocolo
El modelo del Instituto de las Mujeres, que es la referencia que siguen la mayoría de protocolos que se usan en España, se organiza en cuatro bloques.
- Declaración de compromiso: la empresa fija una posición de tolerancia cero ante el acoso, y se compromete a activar el protocolo en cuanto se presente una denuncia.
- Definiciones y medidas preventivas: qué se entiende por acoso sexual (conducta de naturaleza sexual que atenta contra la dignidad y crea un entorno intimidatorio u ofensivo) y por acoso por razón de sexo (conducta basada en el sexo de la persona, sin que tenga que ser de contenido sexual), con ejemplos de cada uno.
- Procedimiento de actuación: cómo se tramita una denuncia, con plazos concretos.
- Formulario de denuncia: el modelo que rellena la persona que denuncia, ya redactado.
Cómo se tramita una denuncia: las tres fases
El procedimiento del modelo oficial se divide en tres fases, cada una con su propio plazo.
- Fase preliminar (hasta 7 días): un intento de resolución informal y voluntaria, cuando la gravedad del caso lo permite.
- Expediente informativo (10 días, ampliables a 3 más): la investigación formal, con audiencia a las dos partes y garantía de confidencialidad.
- Resolución (3 días): la empresa decide si aplica sanciones o archiva el expediente.
Durante la investigación, el protocolo prevé medidas cautelares, como separar a las personas implicadas mientras dura el expediente, y protege la identidad de quien denuncia con un sistema de códigos numéricos en vez de nombres.
Cómo implantarlo en la empresa
El protocolo no se aprueba de forma unilateral. Hay que negociarlo con la representación legal de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal), o directamente con la plantilla si no existe esa representación. Una vez aprobado, tiene que comunicarse a toda la empresa, no basta con tenerlo archivado.
Los pasos habituales son completar los datos de la empresa en el modelo, designar a la persona o personas responsables de instruir el expediente, negociarlo con la representación de los trabajadores, y distribuirlo, por ejemplo en el tablón de anuncios, la intranet o junto con el contrato de trabajo.
Preguntas frecuentes
Las dudas que más se repiten sobre el protocolo de acoso laboral.
¿Es obligatorio el protocolo de acoso laboral en empresas pequeñas?
Sí. El artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007 no fija un mínimo de plantilla: la obligación de negociar medidas de prevención frente al acoso sexual y por razón de sexo afecta a todas las empresas, también a las de un solo trabajador.
¿Quién tiene que negociar el protocolo?
La empresa lo negocia con la representación legal de los trabajadores, comité de empresa o delegados de personal. Si no existe esa representación, se negocia directamente con la plantilla.
¿Qué pasa si una empresa no tiene protocolo y se produce un caso de acoso?
La Inspección de Trabajo puede sancionar el incumplimiento del deber de prevención, y la ausencia de protocolo perjudica a la empresa si el caso acaba en los tribunales, porque no puede acreditar que tenía un procedimiento en marcha.
¿El protocolo cubre también el acoso entre compañeros del mismo nivel?
Sí. El acoso laboral y sexual no depende de la jerarquía: puede darse de un superior a un subordinado, entre compañeros del mismo nivel, o incluso de un subordinado hacia un superior. El protocolo cubre cualquiera de esas situaciones.
¿Hay que registrar el protocolo en algún organismo público?
No existe un registro público obligatorio para el protocolo en sí, a diferencia del plan de igualdad, que si es obligatorio sí se inscribe en el REGCON. El protocolo se conserva en la empresa y se aporta si lo pide la Inspección de Trabajo.