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Quien adelante a un ciclista sin dejar 1,5 metros o sin ir 20 km/h por debajo del límite pierde 6 puntos y paga 200 euros

PorRubén Angulo

Publicado el

Tráfico, multas y carnet

En una carretera convencional limitada a 90 km/h, el margen para pasar a un ciclista ya no lo decide el ojo de cada conductor: desde el 1 de octubre, hay que circular ya a 70 km/h antes de empezar la maniobra, veinte menos que el límite de la vía. Si no se respeta, la sanción suma 200 euros de multa y 6 puntos menos en el carnet.

El cambio lo trae el Real Decreto 518/2026, firmado el 24 de junio de 2026 y publicado dos días después en el BOE, que modifica el Reglamento General de Circulación y que entró en vigor justo el 1 de octubre. La obligación toca a quien conduce por una vía interurbana con un ciclista por delante, tanto si va a adelantarlo como si de momento solo circula detrás.

Antes de llegar junto al ciclista, ya hay que ir veinte más despacio

La norma no deja margen para improvisar sobre la marcha: el conductor tiene que haber reducido la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía antes de empezar a adelantar, y mantenerla durante toda la maniobra. No vale llegar a la altura del ciclista y frenar entonces: la velocidad reducida se alcanza antes, con distancia de sobra, y se conserva hasta que el coche recupera su carril.

En una vía con límite de 90 km/h, eso deja el techo para adelantar en 70 km/h, con la bicicleta todavía lejos del parabrisas. La reforma persigue justo eso: que el coche y la bici no se cruce a velocidades muy distintas en el momento del paso, para que un roce salga más barato en consecuencias.

"la obligación de quien adelanta a un ciclista en vía interurbana de hacerlo, como máximo, a 20 km/h por debajo del límite de velocidad aplicable al tramo por el que circula, además de dejar la separación lateral mínima de 1,5 metros"

Preámbulo del Real Decreto 518/2026 (BOE)

El Real Decreto se engloba en la protección de los usuarios vulnerables de la vía, la etiqueta que da nombre a la reforma entera: pensada para que un coche y una bicicleta no compartan nunca el mismo metro de carretera a velocidades muy distintas.

Metro y medio de margen, y el carril entero si hay más de uno

A la velocidad se suma la separación lateral mínima de 1,5 metros entre el coche y la bicicleta mientras dura el adelantamiento. Cuando la vía tiene más de un carril en el mismo sentido, no basta con desplazarse unos centímetros hacia el carril de al lado: hay que hacer un cambio de carril completo, ocupando el contiguo por entero antes de volver a situarse delante del ciclista.

Las dos exigencias, la velocidad y el metro y medio, tienen que mantenerse desde que empieza la maniobra hasta que el vehículo vuelve a su carril, no solo en el instante en que pasa junto a la bicicleta. Es la misma lógica que rige todo el cambio: nada de improvisar a medio adelantamiento.

Circular detrás sin adelantar pide sus propios cinco metros

Si el coche no llega a adelantar y simplemente circula detrás de la bicicleta por el mismo carril, la distancia mínima que tiene que guardar pasa a ser de 5 metros. Es una exigencia distinta de la del adelantamiento, pensada para el tramo en el que el ciclista todavía va delante y el conductor espera el momento de pasarlo con seguridad.

Si la vía no deja un hueco para completar la maniobra con la velocidad y el metro y medio que exige la norma, la alternativa no es apretar el acelerador y colarse: es mantener esos 5 metros hasta que aparezca un tramo donde sí se puedan cumplir las dos condiciones a la vez. En una carretera de un solo carril por sentido, sin visibilidad para hacer el cambio de carril completo, esos 5 metros son la única opción hasta que el trazado ofrezca un tramo despejado.

200 euros y seis puntos si la maniobra no se cumple

Saltarse cualquiera de estas condiciones (la velocidad, el metro y medio o el cambio de carril completo) se paga con 200 euros de multa y 6 puntos menos en el carnet. La sanción recae sobre quien conduce el vehículo que adelanta, nunca sobre el ciclista.

Si llega la notificación: como cualquier multa de tráfico, admite un pliego de descargo en el plazo que marque el boletín de denuncia, y también la reducción del 50% por pago anticipado si se renuncia a recurrir.

Lo que hasta ahora quedaba al criterio de cada conductor (cuánto frenar, cuánto espacio dejar) lo marca ahora un reglamento con número y artículo propio. No distingue entre carretera comarcal o nacional, ni entre quien ya conducía con cuidado y quien iba al límite: el margen de 20 km/h y el metro y medio son ahora los mismos para cualquier adelantamiento a un ciclista en vía interurbana.

Adelantar a un ciclista sin haber bajado antes a los 70 km/h del ejemplo deja de ser un estilo de conducción y pasa a ser, directamente, una infracción grave.

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